JEP confirma su rechazo a Maza Márquez y Santofimio por el caso de Galán
El general retirado y exdirector del DAS y el exministro fueron sentenciados por la Corte Suprema de Justicia por el magnicidio del excandidato presidencial Luis Carlos Galán. La Sección de Apelación respaldó la primera decisión tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el argumento de que estas personas ya fueron juzgadas por el alto tribunal y este delito no tiene relación con el conflicto armado.
Colombia en Transición
Por segunda vez, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le cerró sus puertas a Miguel Maza Márquez, general retirado y exdirector del DAS, y al exministro Alberto Santofimio Botero, ambos condenados por el magnicidio del excandidato presidencial Luis Carlos Galán, el 18 de agosto de 1989. La Sección de Apelación dejó en firme la decisión tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con los argumentos de que deben atenerse a sus condenas emitidas por la Corte Suprema de Justicia y que este crimen no tiene relación con el conflicto armado.
(Entienda por qué Maza Márquez sí podría entrar a la JEP, pero responder por asesinatos de la UP)
En una primera instancia, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP argumentó que, según el Acto Legislativo 001 de 2017, los casos que se remitan a esa jurisdicción por parte de no combatientes en los que ya exista una condena de la Corte Suprema de Justicia no son competencia de la justicia especial. Es decir, como Maza Márquez y Santofimio Botero fueron procesados y tienen en su contra un fallo de la Corte Suprema de Justicia, solo ese tribunal puede revisar sus casos y definir si la jurisdicción de paz puede estudiarlos y darles beneficios. Sobre si el delito tiene o no relación con el conflicto armado prefirieron no referirse.
Los solicitantes pidieron una revisión y fue así como llegó hasta la Sección de Apelación, que decidió apoyar las sentencias de la Corte Suprema de Justicia -cosa juzgada- que condenaron a Maza Márquez y Santofimio Botero por considerar que el delito cometido contra el líder político se produjo por razones de narcotráfico y sin ninguna relación con la guerra.
"Frente al delito de concierto para delinquir por el que igualmente fue condenado Maza Márquez, la Sección de Apelación devolvió el proceso a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para que decida sobre su sometimiento, en su condición de ex director del DAS, como compareciente voluntario en este caso. La Sección encontró que habría relación con el conflicto frente al delito de concierto para delinquir en relación con los grupos paramilitares del Magdalena Medio", agregó la JEP.
La familia del político liberal le había pedido a la justicia especial que desestimara la petición de Maza Márquez. En ese momento, la Procuraduría pidió lo mismo y agregó que existió un especial interés de Alberto Santofomio Botero al “aconsejar e insistir” a los capos Pablo Escobar y Gonzalo Rodríguez Gacha que asesinaran a Galán con el fin de satisfacer sus intereses. Y que, con la muerte del dirigente político, Santofimio podría mantener sus relaciones con Escobar, pues el candidato del Nuevo Liberalismo había denunciado los nexos entre la política y el narcotráfico.
A finales del año pasado, la Corte Suprema de Justicia le envió el expediente de Maza Márquez a la JEP. Entre los documentos, y quizás el más importante, estaba la condena que emitió el alto tribunal en su contra en noviembre de 2016, en la que lo sentenció a 30 años de prisión como coautor de los delitos de homicidio con fines terroristas y concierto para delinquir por su participación en la planeación y ejecución del magnicidio de Luis Carlos Galán. Aunque su condena llegó en los últimos días de 2018, la solicitud de Maza Márquez de ingresar a la JEP era más antigua. En febrero de ese año, el general (r) de la Policía y exdirector DAS solicitó formalmente a la jurisdicción de paz que su caso fuese revisado.
(En contexto: Los argumentos de la Procuraduría para pedir a la JEP que no acoja a Maza Márquez)
La solicitud de Alberto Santofimio se conoció el 14 de abril de 2018 y, al igual que Maza Márquez, argumentó que los hechos por los que fue condenado tienen relación con el conflicto armado interno. El exministro fue condenado a 24 años de cárcel por el magnicidio de Galán y por los homicidios del concejal Julio Cesar Peñaloza y el escolta Santiago Cuervo Jiménez.
Por segunda vez, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le cerró sus puertas a Miguel Maza Márquez, general retirado y exdirector del DAS, y al exministro Alberto Santofimio Botero, ambos condenados por el magnicidio del excandidato presidencial Luis Carlos Galán, el 18 de agosto de 1989. La Sección de Apelación dejó en firme la decisión tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con los argumentos de que deben atenerse a sus condenas emitidas por la Corte Suprema de Justicia y que este crimen no tiene relación con el conflicto armado.
(Entienda por qué Maza Márquez sí podría entrar a la JEP, pero responder por asesinatos de la UP)
En una primera instancia, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP argumentó que, según el Acto Legislativo 001 de 2017, los casos que se remitan a esa jurisdicción por parte de no combatientes en los que ya exista una condena de la Corte Suprema de Justicia no son competencia de la justicia especial. Es decir, como Maza Márquez y Santofimio Botero fueron procesados y tienen en su contra un fallo de la Corte Suprema de Justicia, solo ese tribunal puede revisar sus casos y definir si la jurisdicción de paz puede estudiarlos y darles beneficios. Sobre si el delito tiene o no relación con el conflicto armado prefirieron no referirse.
Los solicitantes pidieron una revisión y fue así como llegó hasta la Sección de Apelación, que decidió apoyar las sentencias de la Corte Suprema de Justicia -cosa juzgada- que condenaron a Maza Márquez y Santofimio Botero por considerar que el delito cometido contra el líder político se produjo por razones de narcotráfico y sin ninguna relación con la guerra.
"Frente al delito de concierto para delinquir por el que igualmente fue condenado Maza Márquez, la Sección de Apelación devolvió el proceso a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para que decida sobre su sometimiento, en su condición de ex director del DAS, como compareciente voluntario en este caso. La Sección encontró que habría relación con el conflicto frente al delito de concierto para delinquir en relación con los grupos paramilitares del Magdalena Medio", agregó la JEP.
La familia del político liberal le había pedido a la justicia especial que desestimara la petición de Maza Márquez. En ese momento, la Procuraduría pidió lo mismo y agregó que existió un especial interés de Alberto Santofomio Botero al “aconsejar e insistir” a los capos Pablo Escobar y Gonzalo Rodríguez Gacha que asesinaran a Galán con el fin de satisfacer sus intereses. Y que, con la muerte del dirigente político, Santofimio podría mantener sus relaciones con Escobar, pues el candidato del Nuevo Liberalismo había denunciado los nexos entre la política y el narcotráfico.
A finales del año pasado, la Corte Suprema de Justicia le envió el expediente de Maza Márquez a la JEP. Entre los documentos, y quizás el más importante, estaba la condena que emitió el alto tribunal en su contra en noviembre de 2016, en la que lo sentenció a 30 años de prisión como coautor de los delitos de homicidio con fines terroristas y concierto para delinquir por su participación en la planeación y ejecución del magnicidio de Luis Carlos Galán. Aunque su condena llegó en los últimos días de 2018, la solicitud de Maza Márquez de ingresar a la JEP era más antigua. En febrero de ese año, el general (r) de la Policía y exdirector DAS solicitó formalmente a la jurisdicción de paz que su caso fuese revisado.
(En contexto: Los argumentos de la Procuraduría para pedir a la JEP que no acoja a Maza Márquez)
La solicitud de Alberto Santofimio se conoció el 14 de abril de 2018 y, al igual que Maza Márquez, argumentó que los hechos por los que fue condenado tienen relación con el conflicto armado interno. El exministro fue condenado a 24 años de cárcel por el magnicidio de Galán y por los homicidios del concejal Julio Cesar Peñaloza y el escolta Santiago Cuervo Jiménez.