JEP ordena captura de exmiembros de Farc que se rearmaron
La Sala de Reconocimiento le pidió a la Policía Nacional aprehender a Iván Márquez, el Paisa, Jesús Santrich, Romaña, Zarco Aldinever? y Walter Mendoza. Además adoptó medidas cautelares para proteger los derechos de todas las víctimas dentro del caso 001, conocido como secuestro.
Colombia en Transición
A través del auto 184, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó revocar el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura y de las libertades condicionales de los excomandantes de las Farc que, a través de un video, anunciaron su rearme.
Por un lado, esta jurisdicción decidió ordenar captura inmediata de Iván Luciano Márquez Marín, Henry Castellanos, José Manuel Sierra Sabogal y José Vicente Lesmes, conocidos en la guerra como Iván Márquez, Romaña, Zarco Aldinever y Wálter Mendoza, tras incurrir en la falta más grave, de acuerdo con las normas de la JEP. Según el auto, el video "constituye un hecho notorio de la voluntad de los comparecientes que allí aparecende abandonar los compromisos adquiridos y retornar a la criminalidad alzándose en armas contra el Estado".
(Lea también: Gobierno ofrece $3.000 millones para quien dé información sobre disidencia de “Iván Márquez”)
En el caso de Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich, la Sala revocó también este beneficio y se unió a la orden captura que expidió en días pasados la Corte Suprema de Justicia contra el exjefe guerrillero en otro proceso por presunto un envío de cocaína a Estados Unidos.
Sobre Hernán Darío Velásquez Saldarriaga o el Paisa, la JEP recordó que ya había ordenado su captura y retirado todos los demás beneficios por no haber cumplido los compromisos con esta. Sin embargo, no fue expulsado en ese entonces porque no había pruebas de que hubiera vuelto a delinquir, hasta hoy.
La Sala de Reconocimiento también le ordenó a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional de Colombia, la inscripción de las órdenes de captura de los excomandantes en el Sistema de Información de Antecedentes y Anotaciones (SIAN).
Los magistrados explicaron que, a pesar de que quienes se acogen a esta jurisdicción tienen beneficios, como la libertad condicionada o la suspensión de órdenes de captura, estos no son definitivos, pues “están sujetos a la verificación y supervisión permanente por los órganos que componen el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que se creó después del acuerdo de paz".
Otro punto importante del auto fue la decisión de ordenar medidas cautelares para proteger los derechos de todas las víctimas dentro del caso 001, conocido como secuestro, para evitar que los actores armados vuelvan a atacarlos.
De acuerdo la decisión, lo expresado en el video "representa no solamente un riesgo para la terminación del conflicto y la consolidación de una paz estable y duradera, sino también para los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Por tanto resulta procedente el decreto oficioso de una medida cautelar para garantizar la efectividad de las decisiones y la protección de las víctimas y el real establecimiento de sus derechos”.
Por ahora esta jurisdicción no ha anunciado la expulsión de los excomandantes de las Farc. Patricia Linares, presidenta de la JEP, explicó que ya empezó este trámite, sin embargo, aclaró que todos "los procesos judiciales se atienen a la normativa vigente", que tiene unos tiempos y procesos que los magistrados deben cumplir.
De hecho, en la tarde, esta justicia le envió un oficio a la Fiscalía General de la Nación para que avance con las investigaciones penales de este hecho que es de su competencia, pues ocurrió después de la firma del acuerdo de paz. Asimismo, le solicitó al ente acusador que informe a la Sala de Reconocimiento sobre las investigaciones o noticias criminales por hechos cometidos con posterior al 1° de diciembre 2016 en contra de los seis comparecientes que aparecen en el video, para el proceso de su expulsión.
La magistrada Linares aceptó que se vienen momentos difíciles para seguir cumpliendo con su función. A pesar de esto dijo que "la decisión equivocada de un grupo de personas, que traicionaron sus compromisos con la paz, con Colombia y con el mundo, no puede ser suficiente para truncar un anhelo en el que confluyen las voluntades de todos los colombianos".
(Le sugerimos: "No se construye la paz convocando a un nuevo ciclo de guerra": Comisión de la Verdad)
Cabe recordar que los excomandantes de las Farc Iván Márquez, Jesús Santrich, Romaña, Aldinever y Walter Mendoza ya se les había abierto un incidente de verificación de incumplimiento por dejar sus esquemas de seguridad, no reportar su paradero, ni haber asistido a las diligencias judiciales o entregado informes. Los excomandantes de las Farc hacían parte del grupo de 31 exintegrantes del antiguo secretariado que debía responder por los casos de retenciones ilegales. Sin embargo, se esperaba que también respondieran más adelante por crímenes en otros casos, como el 007 sobre reclutamiento o el 002 sobre los crímenes cometidos en Barbacoas, Tumaco y Ricaurte.
A través del auto 184, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó revocar el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura y de las libertades condicionales de los excomandantes de las Farc que, a través de un video, anunciaron su rearme.
Por un lado, esta jurisdicción decidió ordenar captura inmediata de Iván Luciano Márquez Marín, Henry Castellanos, José Manuel Sierra Sabogal y José Vicente Lesmes, conocidos en la guerra como Iván Márquez, Romaña, Zarco Aldinever y Wálter Mendoza, tras incurrir en la falta más grave, de acuerdo con las normas de la JEP. Según el auto, el video "constituye un hecho notorio de la voluntad de los comparecientes que allí aparecende abandonar los compromisos adquiridos y retornar a la criminalidad alzándose en armas contra el Estado".
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En el caso de Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich, la Sala revocó también este beneficio y se unió a la orden captura que expidió en días pasados la Corte Suprema de Justicia contra el exjefe guerrillero en otro proceso por presunto un envío de cocaína a Estados Unidos.
Sobre Hernán Darío Velásquez Saldarriaga o el Paisa, la JEP recordó que ya había ordenado su captura y retirado todos los demás beneficios por no haber cumplido los compromisos con esta. Sin embargo, no fue expulsado en ese entonces porque no había pruebas de que hubiera vuelto a delinquir, hasta hoy.
La Sala de Reconocimiento también le ordenó a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional de Colombia, la inscripción de las órdenes de captura de los excomandantes en el Sistema de Información de Antecedentes y Anotaciones (SIAN).
Los magistrados explicaron que, a pesar de que quienes se acogen a esta jurisdicción tienen beneficios, como la libertad condicionada o la suspensión de órdenes de captura, estos no son definitivos, pues “están sujetos a la verificación y supervisión permanente por los órganos que componen el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que se creó después del acuerdo de paz".
Otro punto importante del auto fue la decisión de ordenar medidas cautelares para proteger los derechos de todas las víctimas dentro del caso 001, conocido como secuestro, para evitar que los actores armados vuelvan a atacarlos.
De acuerdo la decisión, lo expresado en el video "representa no solamente un riesgo para la terminación del conflicto y la consolidación de una paz estable y duradera, sino también para los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Por tanto resulta procedente el decreto oficioso de una medida cautelar para garantizar la efectividad de las decisiones y la protección de las víctimas y el real establecimiento de sus derechos”.
Por ahora esta jurisdicción no ha anunciado la expulsión de los excomandantes de las Farc. Patricia Linares, presidenta de la JEP, explicó que ya empezó este trámite, sin embargo, aclaró que todos "los procesos judiciales se atienen a la normativa vigente", que tiene unos tiempos y procesos que los magistrados deben cumplir.
De hecho, en la tarde, esta justicia le envió un oficio a la Fiscalía General de la Nación para que avance con las investigaciones penales de este hecho que es de su competencia, pues ocurrió después de la firma del acuerdo de paz. Asimismo, le solicitó al ente acusador que informe a la Sala de Reconocimiento sobre las investigaciones o noticias criminales por hechos cometidos con posterior al 1° de diciembre 2016 en contra de los seis comparecientes que aparecen en el video, para el proceso de su expulsión.
La magistrada Linares aceptó que se vienen momentos difíciles para seguir cumpliendo con su función. A pesar de esto dijo que "la decisión equivocada de un grupo de personas, que traicionaron sus compromisos con la paz, con Colombia y con el mundo, no puede ser suficiente para truncar un anhelo en el que confluyen las voluntades de todos los colombianos".
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Cabe recordar que los excomandantes de las Farc Iván Márquez, Jesús Santrich, Romaña, Aldinever y Walter Mendoza ya se les había abierto un incidente de verificación de incumplimiento por dejar sus esquemas de seguridad, no reportar su paradero, ni haber asistido a las diligencias judiciales o entregado informes. Los excomandantes de las Farc hacían parte del grupo de 31 exintegrantes del antiguo secretariado que debía responder por los casos de retenciones ilegales. Sin embargo, se esperaba que también respondieran más adelante por crímenes en otros casos, como el 007 sobre reclutamiento o el 002 sobre los crímenes cometidos en Barbacoas, Tumaco y Ricaurte.