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En rueda de prensa, el presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Eduardo Cifuentes, y la magistrada encargada del caso de secuestro, Julieta Lemaitre, se refirieron al escrito de hechos y conductas en el que la JEP acusa a ocho exintegrantes del Secretariado de Farc por el crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y el crimen de guerra de toma de rehenes. En la diligencia, que duró dos horas, el presidente de la JEP explicó las razones por las que la magistratura decidió cambiar el nombre del macrocaso que, hasta ayer, tenía el nombre de “Retención ilegal de personas por parte de las Farc-ep” y que, desde ahora, se llama “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad”.
De acuerdo con los togados, esta decisión respondió a la necesidad de fijar el nombre técnico que recibe este delito a la luz del Derecho Penal Internacional. En este primer escrito, la Sala de Reconocimiento acusó a Rodrigo Londoño Echeverri o Timochenko, Pastor Alape Lascarro, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Julián Gallo Cubillos o Carlos Antonio Lozada, Rodrigo Granda Escobar, Milton de Jesús Toncel Redondo o Joaquín Gómez, Jaime Alberto Parra o Mauricio Jaramillo y Juan Hermilo Cabrera, conocido como Bertulfo Álvarez, quien falleció este 27 de enero antes de que se conociera la decisión judicial.
Sin embargo, la JEP dejó claro que este es apenas el primer documento en el que se detallan las responsabilidades de cada excomandante y que, lo que vendrá ahora será un escrito de hechos y conductas de los mandos medios y ejecutores directos de Farc que tuvieron responsabilidad en secuestros. “En lo que resta del año, la Sala de Reconocimiento emitirá otros autos de determinación de hechos y conductas para cada uno de los bloques de la extinta guerrilla de las Farc-EP, de manera que los antiguos mandos medios y los ejecutores de los hechos puedan también reconocer o rechazar las imputaciones realizadas en lo que les corresponde”, se lee en el comunicado de la Jurisdicción.
Algunos de los exmandos medios que podrían llegar a ser acusados próximamente serían Reinel Guzmán Flórez (Rafael Político), Bernardo Mosquera Machado (el Negro Antonio), Wílmar Antonio Marín Cano (Hugo 22), Marcos Alvis Patiño (Patequeso), Alfonso López Méndez (Efrén Arboleda), Jhoverman Sánchez Arroyave (Rubén Cano o Manteco), Fancy María Orrego Medina (Érika Montero), Sandra Patricia Velásquez Ñáñez (Rosalba), Héctor Julio Villarraga Cristancho (Grillo o Gilberto Arroyave) y Pedro Trujillo Hernández (Alberto Cancharina). En las investigaciones del caso, estos excombatientes están siendo escuchados en versiones voluntarias ante la JEP desde el 25 de noviembre pasado.
(Lea también: JEP llamó a versión voluntaria a mandos medios de Farc por el caso de secuestro)
La magistrada Lemaitre comentó que el papel que han ocupado las víctimas en la identificación de los exmandos medios ha sido fundamental para continuar con el esclarecimiento de responsabilidad. “Empezamos con los que tenían mayor número de identificaciones de las víctimas. Con ellos ha habido un diálogo de víctimas directas sobre preguntas específicas” de sus casos”. Algunas de las inquietudes específicas, según la magistrada, responden a conocer cómo identificaban a las personas “secuestrables”, cómo tomaban la determinación de la retención y a hacer reconocimientos por el sufrimiento de las familias.
La JEP fue enfática en aclarar que vendrán nuevas decisiones judiciales que tendrán explicaciones regionales más detalladas sobre algunos casos emblemáticos de secuestro. “Este es sólo el del Secretariado”, reiteró la togada.
Otro de los puntos sobre los que giró la conversación fue una de las conclusiones de la Sala al determinar que, aunque desde el Secretariado se había emitido una orden de “buen trato” con las personas que permanecieran en cautiverio, esta política se ciñó únicamente “en mantener a los secuestrados con vida, y las consideraciones sobre la dignidad humana quedaban en manos del comandante o guardia de turno”.
Para llegar a esta conclusión, la magistrada aseguró que habían tenido en cuenta los detalles de los relatos de las víctimas y sobrevivientes del secuestro, en los que se daban cuenta de malos tratos y afectaciones a la dignidad humana. También, resaltó que en el cautiverio no hubo un trato diferenciado con las mujeres, niños y niñas que fueron secuestrados; por ello, concluyeron que se cometieron crímenes conexos al secuestro como las torturas, tratos crueles, la desaparición forzada y la violencia sexual.
Al respecto, el presidente de la JEP aseguró que lograron determinar que “lo cometido por los excombatientes de las Farc no fueron errores, sino que son crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad”. Esto, se evidencia en las políticas financieras y de “canje” que se describen en el documento, sobre las modalidades de secuestro cometidas entre 1993 y 2012, lapso en el que priorizó la investigación el ente judicial.
(Vea: La verdad pendiente de las Farc sobre el secuestro)
A pesar de ser un documento judicial, la JEP dedicó varios apartados en el escrito para detallar el sufrimiento que vivieron las familias de las personas que estuvieron en cautiverio. Sobre esto, expresó que el reconocimiento de verdad no debe ser únicamente por los crímenes, sino también por las afectaciones ocasionadas a las víctimas indirectas. “Las víctimas sufrieron por la separación de la familia, de los seres queridos, de los proyectos y rutinas de la vida personal, y por saberse definidos como un objeto para canje. La intimidación constante y el miedo además tuvieron como consecuencia rupturas de los vínculos afectivos y pérdida de confianza en los entornos familiar, comunitario, empresarial y social. Al mismo tiempo, las familias enfrentaron un intenso sufrimiento emocional y moral, que persistió incluso cuando pudieron reencontrarse con sus seres queridos. La Sala de Reconocimiento pudo constatar en los relatos el sufrimiento causado por la falta de contacto con las familias y la incertidumbre que ello generaba, especialmente en los cautiverios de larga duración”, explicaron.
En la labor de contrastar las versiones, la JEP unificó seis bases de datos sobre secuestro. De estas, tres eran de la Fiscalía, una de Fondelibertad, una de País Libre y otra del Centro Nacional de Memoria Histórica. También hubo aportes de organizaciones pequeñas de la sociedad civil, como la Las voces del Secuestro. Algunos datos que surgieron de estas bases de datos arrojaron que entre el 72 % y 81 % de las denuncias por secuestro se registraron antes del año 2000, tiempo en el que o se logró identificar autores individuales.
En el caso 01 de la JEP, uno de los que más víctimas acreditadas tiene hasta ahora, se han registrado 2.456 víctimas formalmente que participan de este proceso judicial. Según los datos entregados por la magistratura, se recibieron y contrastaron 17 informes, 38 versiones individuales y ocho versiones colectivas en las que han participado 257 exguerrilleros de las Farc.
Frente al impacto que esto representa para Colombia, Cifuentes aseguró que “el país tiene que estar dispuesto a conocer la verdad, igualmente a aceptar que decir la verdad es un gesto importante de reconciliación”. Antes de finalizar la rueda de prensa, el presidente de la JEP hizo un llamado para que el país estuviera dispuesto a conocer las verdades que los exFarc tienen por decir sobre este y el resto de delitos por los que se les acusa.
¿Qué sigue en el proceso ahora?
Ahora los exguerrilleros tendrán 30 días hábiles para decidir si aceptan o no, tempranamente, su responsabilidad en estos crímenes que les imputa la JEP. Las víctimas y la Procuraduría también tienen ese tiempo para intervenir. Una vez obtienen respuestas, la Sala hará su resolución de conclusiones, en el que identifican e individualizan las responsabilidades. Ese documento, finalmente, pasa al Tribunal, que será el encargado de sancionarlos.
Si los excombatientes aceptan su responsabilidad sobre el delito de secuestro, entonces, se convierten en merecedores de una sanción propia, que es una restricción de libertad no carcelaria que dura entre 5 y 8 años. Esa información se le envía a la Sección de Reconocimiento del Tribunal de Paz y allá toman la decisión final de cómo será dicha condena.
Quien no acepte los delitos por los que lo acusan, su resolución de conclusiones determinará que debe ir a juicio. Si en ese proceso estas personas reconocen la responsabilidad de manera tardía, podría tener una sanción alternativa, es decir, una pena en la cárcel de entre 5 y 8 años.
Finalmente, quien se declare inocente y sea vencido en juicio por las pruebas que recolecte la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que actúa como Fiscalía de la JEP, deberá pagar entre 8 y 20 años de cárcel.