Miguel Maza Márquez será juzgado por la JEP en el caso de la Unión Patriótica
El exdirector del Departamento Administrativo del Seguridad (DAS) deberá rendir versión voluntaria en el caso 06, el próximo 26 de marzo. Hace un año, esta justicia le había cerrado la puerta por el caso de Luis Carlos Galán, pero le advirtió que con un compromiso de verdad exhaustiva podría entrar para esclarecer el exterminio de este partido.
Miguel Maza Márquez, después de varios intentos, logró por fin entrar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) será juzgado por este tribunal en el caso 06, conocido como Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP). Justo hace un año, la Sección de Apelación le había cerrado la puerta como compareciente en el magnicidio de Luis Carlos Galán, pues el delito no tenía relación con el conflicto armado. Sin embargo, le dejó la posibilidad para que, con un compromiso concreto y detallado en el esclarecimiento, rindiera cuentas por los crímenes contra los integrantes de este partido político.
La decisión se conoció después de que la Sala de Reconocimiento de la JEP llamara a versión voluntaria al general en retiro, quien deberá hacer su primer aporte de verdad el 26 de marzo , de 8:30 a.m. a 5:30 p.m., en Bogotá. De acuerdo con el auto que conoció este diario, “la información presentada hasta este momento así como la verificación del doble rol como agente del Estado y miembro de la Fuerza Pública del señor Maza, le permite a la Sala de Reconocimiento concluir que resulta procedente convocarlo”.
(Puede interesarle: Maza Márquez podría entrar a la JEP a responder por asesinatos contra la UP)
Cabe recordar que a este tribunal deben ir, obligatoriamente, los miembros de la Fuerza Pública y los excombatientes de Farc. Así que la Sala también le pidió que“en un término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la recepción de la presente providencia, comunique a esta Sala si cuenta o no con abogado defensor de confianza”.
Según la JEP, Maza Márquez, en su plan de contribución a la verdad, “prometió, entre otros asuntos, ofrecer información relativa a las deficiencias estructurales y la posible infiltración del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) por organizaciones criminales” , que “sirvió de plataforma no sólo para el magnicidio del Dr. [Galán], sino también para la comisión de auténticos crímenes contra la humanidad, como el genocidio de la UP”.
Maza también deberá hacer referencia de sus vínculos con Jesús Pérez Durán, en su condición de comandante de las autodefensas del Magdalena medio. Una de las piezas centrales tenidas en cuenta por la Sala de Reconocimiento fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Galán, en la que el alto tribunal lo condenó no sólo como coautor de dicho magnicidio sino también como autor del delito de concierto para delinquir agravado “por promover el grupo armado ilegal que conformaron las autodefensas del Magdalena medio”.
Como ha sido probado en la justicia ordinaria, los grupos paramilitares del Magdalena Medio fueron responsables de múltiples asesinatos y masacres en contra de miembros de la Unión Patriótica. Por eso, “tendrá que explicar lo relacionado con el asesinato de varios dirigentes nacionales y regionales de la Unión Patriótica que han sido documentados a través de informes oficiales y no gubernamentales allegados a la Sala de Reconocimiento. Estos crímenes ocurrieron durante su ejercicio como director del DAS, entre 1985 y 1991, en los que se vieron involucrados funcionarios de dicha institución, que era responsable de la seguridad y escolta de las víctimas”, señaló la JEP.
La magistratura también tuvo en cuenta que en la base de datos del Centro Nacional de Memoria Histórica se observa que, de los casos que tienen identificación como presunto responsable a miembros del DAS, “el 71% de éstos se presentaron en el período durante el cual el señor Maza fungió como director de dicha entidad”.
Entre estos los crímenes se encuentran los asesinatos de los candidatos presidenciales Jaime Hernando Pardo Leal (1987) y Bernardo Jaramillo Ossa (1990), así como de los directivos nacionales y regionales, José de Jesús Antequera, Teófilo Forero, Diana Stella Cardona y Gabriel Jaime Santamaría, entre otros.
La información aportada por la Corporación Reiniciar sugiere que “las víctimas habían solicitado la protección del extinto DAS y contaban con esquemas de seguridad que, bien fuera por su ausencia o por omisiones en su reacción al momento de comisión de los hechos, no previnieron los hechos violentos que acabaron con la vida de varios dirigentes”, resaltó la JEP.
En el caso de Jaime Pardo Leal, el 11 de octubre de 1987, el Consejo de Estado consideró que el carácter de “líder de la oposición, presidente de un partido político perseguido y diezmado violentamente” era razón suficiente para que la Policía y los demás órganos de seguridad del Estado ofrecieran, sin requerimiento previo, “la protección adecuada para garantizarle la vida, si no de manera absoluta, al menos en el mayor grado posible”. Sin embargo, la seguridad ofrecida por el DAS fue precaria y ni siquiera se encontraba con él en el momento del asesinato.
Lo mismo ocurrió con Teófilo Forero Castro. El 27 de febrero de 1989, cuando sicarios motorizados interceptaron el vehículo en el cual se transportaban las víctimas sobre la carrera 30 con calle 1ª de Bogotá D.C., Forero estaba sin escoltas, a pesar de que la UP solicitó al DAS la provisión de protección urgente para varios de sus dirigentes.
(Lea también: JEP confirma su rechazo a Maza Márquez y Santofimio por el caso de Galán)
Incluso, José de Jesús Antequera dirigió a Maza una misiva el 1º de febrero de 1988. “En ésta, Antequera denunciaba el aumento de las dificultades y los obstáculos para la prestación del servicio de escoltas del DAS a pesar de los crecientes asesinatos de dirigentes de la UP. En su comunicación, Antequera también señalaba la aparente discriminación contra la UP en la asignación de esquemas de seguridad, pues lo que se observa es que dicho servicio aumenta para otros frentes y movimientos”, contó la JEP.
Tras darse cuenta de los seguimientos que le hacían y de la presencia de dos hombres armados que rondaron su apartamento, denunció un plan para asesinarlo ante el DAS es 21 de julio del mismo año. El 3 de marzo de 1989, Antequera se dirigió al Aeropuerto Internacional Eldorado de Bogotá D.C. rodeado de su esquema de seguridad. Un sicario abrió fuego contra Antequera, impactándolo en múltiples ocasiones e hiriendo a Ernesto Samper Pizano, con quien el dirigente de la UP se encontraba conversando.
En el asesinato de Bernardo Jaramillo Ossa, ocurrido el 22 de marzo de 1990, Maza también tendría responsabilidad, según la JEP. Después de haber sido declarado crimen de lesa humanidad por la Fiscalía, fueron vinculados formalmente a la investigación nueve escoltas del DAS y tres integrantes de la Policía Nacional pertenecientes al esquema de seguridad de Jaramillo.
Además, la Procuraduría vinculó a Alberto Romero, antiguo jefe de inteligencia del DAS. “Al haber ocupado ese cargo, es razonable pensar que Romero mantuvo una relación cercana con Maza. Por consiguiente, la comparecencia de Maza permitiría acceder a información sobre el papel que otras directivas del DAS, y sus respectivos aliados, pudieron haber jugado en la victimización de la UP, dijo el Tribunal de Paz.
Hasta el momento, 109 víctimas individuales se han acreditado en el caso 06 de la JEP, además del Partido político como sujeto colectivo víctima. Todas ellas podrán participar en la versión voluntaria de Maza, siempre y cuando manifiesten su interés en asistir a través de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento.
(Lea más: General Maza Márquez, ¿a responder en la JEP por asesinatos de la UP?)
La JEP abrió el caso 06 el 26 de febrero de 2019. Para priorizarlo, tuvo en cuenta los informes presentados por su Secretaría Ejecutiva, por la Fiscalía General de la Nación, por el Centro Nacional de Memoria Histórica y por la Corporación Reiniciar. Adicionalmente, estudió sentencias de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Hasta ahora, 110 personas se han acogido o están en proceso de acogimiento en la JEP.
Miguel Maza Márquez, después de varios intentos, logró por fin entrar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) será juzgado por este tribunal en el caso 06, conocido como Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP). Justo hace un año, la Sección de Apelación le había cerrado la puerta como compareciente en el magnicidio de Luis Carlos Galán, pues el delito no tenía relación con el conflicto armado. Sin embargo, le dejó la posibilidad para que, con un compromiso concreto y detallado en el esclarecimiento, rindiera cuentas por los crímenes contra los integrantes de este partido político.
La decisión se conoció después de que la Sala de Reconocimiento de la JEP llamara a versión voluntaria al general en retiro, quien deberá hacer su primer aporte de verdad el 26 de marzo , de 8:30 a.m. a 5:30 p.m., en Bogotá. De acuerdo con el auto que conoció este diario, “la información presentada hasta este momento así como la verificación del doble rol como agente del Estado y miembro de la Fuerza Pública del señor Maza, le permite a la Sala de Reconocimiento concluir que resulta procedente convocarlo”.
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Cabe recordar que a este tribunal deben ir, obligatoriamente, los miembros de la Fuerza Pública y los excombatientes de Farc. Así que la Sala también le pidió que“en un término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la recepción de la presente providencia, comunique a esta Sala si cuenta o no con abogado defensor de confianza”.
Según la JEP, Maza Márquez, en su plan de contribución a la verdad, “prometió, entre otros asuntos, ofrecer información relativa a las deficiencias estructurales y la posible infiltración del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) por organizaciones criminales” , que “sirvió de plataforma no sólo para el magnicidio del Dr. [Galán], sino también para la comisión de auténticos crímenes contra la humanidad, como el genocidio de la UP”.
Maza también deberá hacer referencia de sus vínculos con Jesús Pérez Durán, en su condición de comandante de las autodefensas del Magdalena medio. Una de las piezas centrales tenidas en cuenta por la Sala de Reconocimiento fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Galán, en la que el alto tribunal lo condenó no sólo como coautor de dicho magnicidio sino también como autor del delito de concierto para delinquir agravado “por promover el grupo armado ilegal que conformaron las autodefensas del Magdalena medio”.
Como ha sido probado en la justicia ordinaria, los grupos paramilitares del Magdalena Medio fueron responsables de múltiples asesinatos y masacres en contra de miembros de la Unión Patriótica. Por eso, “tendrá que explicar lo relacionado con el asesinato de varios dirigentes nacionales y regionales de la Unión Patriótica que han sido documentados a través de informes oficiales y no gubernamentales allegados a la Sala de Reconocimiento. Estos crímenes ocurrieron durante su ejercicio como director del DAS, entre 1985 y 1991, en los que se vieron involucrados funcionarios de dicha institución, que era responsable de la seguridad y escolta de las víctimas”, señaló la JEP.
La magistratura también tuvo en cuenta que en la base de datos del Centro Nacional de Memoria Histórica se observa que, de los casos que tienen identificación como presunto responsable a miembros del DAS, “el 71% de éstos se presentaron en el período durante el cual el señor Maza fungió como director de dicha entidad”.
Entre estos los crímenes se encuentran los asesinatos de los candidatos presidenciales Jaime Hernando Pardo Leal (1987) y Bernardo Jaramillo Ossa (1990), así como de los directivos nacionales y regionales, José de Jesús Antequera, Teófilo Forero, Diana Stella Cardona y Gabriel Jaime Santamaría, entre otros.
La información aportada por la Corporación Reiniciar sugiere que “las víctimas habían solicitado la protección del extinto DAS y contaban con esquemas de seguridad que, bien fuera por su ausencia o por omisiones en su reacción al momento de comisión de los hechos, no previnieron los hechos violentos que acabaron con la vida de varios dirigentes”, resaltó la JEP.
En el caso de Jaime Pardo Leal, el 11 de octubre de 1987, el Consejo de Estado consideró que el carácter de “líder de la oposición, presidente de un partido político perseguido y diezmado violentamente” era razón suficiente para que la Policía y los demás órganos de seguridad del Estado ofrecieran, sin requerimiento previo, “la protección adecuada para garantizarle la vida, si no de manera absoluta, al menos en el mayor grado posible”. Sin embargo, la seguridad ofrecida por el DAS fue precaria y ni siquiera se encontraba con él en el momento del asesinato.
Lo mismo ocurrió con Teófilo Forero Castro. El 27 de febrero de 1989, cuando sicarios motorizados interceptaron el vehículo en el cual se transportaban las víctimas sobre la carrera 30 con calle 1ª de Bogotá D.C., Forero estaba sin escoltas, a pesar de que la UP solicitó al DAS la provisión de protección urgente para varios de sus dirigentes.
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Incluso, José de Jesús Antequera dirigió a Maza una misiva el 1º de febrero de 1988. “En ésta, Antequera denunciaba el aumento de las dificultades y los obstáculos para la prestación del servicio de escoltas del DAS a pesar de los crecientes asesinatos de dirigentes de la UP. En su comunicación, Antequera también señalaba la aparente discriminación contra la UP en la asignación de esquemas de seguridad, pues lo que se observa es que dicho servicio aumenta para otros frentes y movimientos”, contó la JEP.
Tras darse cuenta de los seguimientos que le hacían y de la presencia de dos hombres armados que rondaron su apartamento, denunció un plan para asesinarlo ante el DAS es 21 de julio del mismo año. El 3 de marzo de 1989, Antequera se dirigió al Aeropuerto Internacional Eldorado de Bogotá D.C. rodeado de su esquema de seguridad. Un sicario abrió fuego contra Antequera, impactándolo en múltiples ocasiones e hiriendo a Ernesto Samper Pizano, con quien el dirigente de la UP se encontraba conversando.
En el asesinato de Bernardo Jaramillo Ossa, ocurrido el 22 de marzo de 1990, Maza también tendría responsabilidad, según la JEP. Después de haber sido declarado crimen de lesa humanidad por la Fiscalía, fueron vinculados formalmente a la investigación nueve escoltas del DAS y tres integrantes de la Policía Nacional pertenecientes al esquema de seguridad de Jaramillo.
Además, la Procuraduría vinculó a Alberto Romero, antiguo jefe de inteligencia del DAS. “Al haber ocupado ese cargo, es razonable pensar que Romero mantuvo una relación cercana con Maza. Por consiguiente, la comparecencia de Maza permitiría acceder a información sobre el papel que otras directivas del DAS, y sus respectivos aliados, pudieron haber jugado en la victimización de la UP, dijo el Tribunal de Paz.
Hasta el momento, 109 víctimas individuales se han acreditado en el caso 06 de la JEP, además del Partido político como sujeto colectivo víctima. Todas ellas podrán participar en la versión voluntaria de Maza, siempre y cuando manifiesten su interés en asistir a través de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento.
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La JEP abrió el caso 06 el 26 de febrero de 2019. Para priorizarlo, tuvo en cuenta los informes presentados por su Secretaría Ejecutiva, por la Fiscalía General de la Nación, por el Centro Nacional de Memoria Histórica y por la Corporación Reiniciar. Adicionalmente, estudió sentencias de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Hasta ahora, 110 personas se han acogido o están en proceso de acogimiento en la JEP.