Los retos de la JEP para implementar sanciones a los responsables del conflicto

Tres años y medio después de entrar en funcionamiento el Tribunal de Paz, se prevé que este año se implementen las primeras sanciones a los máximos responsables del conflicto armado en Colombia en los casos de secuestro y “falsos positivos”, en medio de un escenario electoral complejo para el país. ¿Cuáles son sus principales desafíos para la implementación?

Redacción Colombia +20
18 de enero de 2022 - 03:01 p. m.
Los Casos 01 y 03, de secuestro y los mal llamados "falsos positivos", respectivamente, podrían ser los primeros en sancionar a los responsables de estos delitos en el marco del conflicto armado.
Los Casos 01 y 03, de secuestro y los mal llamados "falsos positivos", respectivamente, podrían ser los primeros en sancionar a los responsables de estos delitos en el marco del conflicto armado.
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Uno de los retos más importantes de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) este años, sin duda, será imponer las primeras sanciones a los máximos responsables del conflicto armado en el país. Para quienes reconozcan y aporten verdad plena, las sanciones no serían privativas de la libertad sino que tendrían como finalidad restaurar el daño causado con las comunidades directamente afectadas, a través de unos trabajos, obras y actividades con contenido reparador que deberán cumplir en los territorios que afectaron. Sin embargo, quienes decidan no aceptar los delitos que se les imputan ni aportar verdad sobre lo que conozcan del conflicto, podrían llegar a recibir condenas de hasta 20 años en prisión.

El tema está sobre la agenda, sobre todo, porque este 2022 es el año en el que se implementarán las sanciones contra los exguerrilleros de las Farc que aceptaron su responsabilidad en el Caso 01 (Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad), más conocido como secuestro, cometidos entre 1993 y 2002, y contra los miembros de la Fuerza Pública que rinden cuentas en el Caso 03 (Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado), más conocido como “falsos positivos” en el que habrían sido asesinadas, al menos, 6.402 personas a manos de integrantes del Ejército (entre 2002 y 2008). Estos dos son los casos más avanzados que lleva la Jurisdicción Especial para la Paz, a tres años y medio de su inicio.

Juan Carlos Ospina, abogado de la Comisión Colombiana de Juristas, explicó que los avances en ambos casos son suficientes para que el Tribunal comience a mostrar resultados este año, teniendo en cuenta que hace un año, el 28 de enero de 2021, la JEP hizo la primera imputación a los exguerrilleros del antiguo secretariado por su responsabilidad en el caso de secuestro. “Lo que esperamos es que en las próximas semanas se puedan cerrar las imputaciones que se hicieron en el caso de secuestro y que se convoquen las audiencias de reconocimiento, para luego determinar las sanciones de los responsables que acepten los crímenes”.

En el caso de que algún excombatiente de las Farc decida no aceptar los delitos por los que se le acusa y no aporta ninguna otra verdad para esclarecer cómo se dio el secuestro en el marco del conflicto armado, su caso podría ser llevado a la Unidad de Investigación y Acusación (Fiscalía de la JEP) para que se lleve a cabo un juicio ordinario con penas privativas de la libertad.

(Lea también: ¿Qué hizo el Sistema Integral para la Paz en 2021?)

El abogado de la Comisión Colombiana de Juristas, sobre este caso, aclaró que aunque haya máximos responsables de las exFarc aspirando al Congreso en las elecciones del 13 de marzo, en caso de que la JEP determine imponer sanciones propias, es decir, por reconocer total verdad y responsabilidad sobre los crímenes, no se alteraría su participación política. “En el Acuerdo de Paz quedó claro que el ejercicio político de los responsables de crímenes, que reconocieran verdad y responsabilidad, debía continuar, como una garantía del proceso. Es decir que en caso de que candidaturas al Senado como las de Carlos Antonio Lozada o Pablo Catatumbo, por el Partido Comunes, no se verían afectadas en si reconocen plenamente sus crímenes.”

Por otro lado, en el Caso 03, de “falsos positivos”, el panorama es más complejo, ya que por la dimensión de este delito, la JEP priorizó seis subregiones del país donde más se presentaron casos de ejecuciones extrajudiciales (Antioquia, la Costa Caribe, Norte de Santander, Huila, Casanare y Meta son las primeras zonas de la fase de investigación).

Este ha sido quizás el caso más difícil de desenredar porque el grado de reconocimiento de responsabilidades por parte de militares ha sido muy bajo. En julio de este año, la JEP imputó a 15 miembros del Ejército que pertenecieron al Batallón de Artillería La Popa (Cesar). En ese mismo mes, también se dieron las imputaciones de otros 10 militares y un civil por al menos 120 casos ocurridos en el Catatumbo (Norte de Santander).

El 11 de diciembre, 21 exmilitares reconocieron su responsabilidad en el crimen. Algunos pidieron perdón por lo sucedido, como fue el caso del general (r) Paulino Coronado, excomandante de la Brigada 30 (en Norte de Santander). Sobre este caso, Sebastián Escobar, del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo que representa a víctimas de crímenes de Estado, señaló que “las decisiones más importantes han sido para rangos intermedios, por no decir solo rangos bajos de esa cadena de mando; sin embargo, es relevante destacar que la JEP logró determinar las áreas geográficas y unidades militares donde se concentraron los casos, algo que no había pasado en la justicia ordinaria por la alta impunidad que había de este delito”.

Es decir, que las primeras sanciones en el Caso 03 podrían llegar para los responsables de estas dos subregiones. Sin embargo, como explicó Ospina, aunque los aportes a la verdad han sido menores que en el caso de secuestro, “la confianza de la ciudadanía no puede solo estar puesta en quienes asumieron responsabilidad y recibirán sanciones propias, sino también en el trabajo de la UIA para atribuir responsabilidad y condenar a estas personas que no reconocieron los delitos”.

Otra de las preocupaciones es la definición y diferenciación de los conceptos de “reparador” y “restaurador”, claves para determinar las sanciones que se impondrán. En el libro Reflexión informada para la Jurisdicción Especial para la Paz, Dejusticia explicó que “en la fase de negociación del acuerdo en La Habana, no se echó mano de una conceptualización o distinción técnica de ambos conceptos, sino que se tenía como referente la reparación según está definida en la Ley 1448 de 2011. Ahora bien, también es importante que la JEP defina con anterioridad cuál es el daño que se quiere restaurar o reparar”.

Otra de las recomendaciones que dieron a la JEP es articular el escenario de las sanciones propias con las ofertas instituciones de los municipios que hacen parte de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) con los PIRC (Planes Integrales de Reparación Colectiva) de la Unidad de Víctimas, con el fin de minimizar los riesgos de que las sanciones que involucren, por ejemplo, obras civiles, no beneficien a las víctimas del conflicto.

El riesgo por el recrudecimiento del conflicto

Alejandro Jiménez, encargado del área de justicia transicional de Dejusticia, explicó que una de las preocupaciones más latentes son las condiciones de seguridad en las que se podrían dar estas sanciones, que se desarrollarían en diferentes territorios del país, muchos de ellos afectados fuertemente por el conflicto armado actual. Zonas como el Catatumbo, el Bajo Cauca Antioqueño, Chocó, el norte del Cauca, entre otras regiones en las que las Farc o la Fuerza Pública podrían haber tenido responsabilidades en la guerra, han vuelto a ser escenarios de confrontación y zozobra por el control de otros grupos armados. “Las garantías de seguridad se deben dar en dos vías: para proteger a las comunidades que serán reparadas y para proteger a los comparecientes que deberán cumplir con las sanciones”.

Aunque todavía no hay avances significativos ni pronunciamientos de la JEP en este sentido, Jiménez planteó la necesidad de que la JEP establezca esas garantías, con la finalidad de que estas obras reparadoras no terminen siendo un detonante de otras formas de violencia. “Sabemos que son los victimarios los que van a estar expuestos en zonas que son de mucho riesgo para otros grupos armados, no es menor que la JEP y el Estado colombiano planteen una estrategia de seguridad en esos casos”.

(Vea: ‘Ojalá Zapateiro haga historia por darle la cara a víctimas de falsos positivos’)

Esto es importante, entre otras cosas, porque la nuez de la justicia transicional es precisamente que las víctimas de estos delitos de lesa humanidad, puedan ser reparadas bajo sus condiciones, más allá de las sanciones económicas o pecuniarias. “Si la centralidad de estos procesos son las víctimas, es importante que se tenga en cuenta cómo se van a llevar a cabo las sanciones para no terminar perjudicándolas en el territorio”, plantea Juan Carlos Ospina, quien también manifestó su preocupación por la situación de derechos humanos que históricamente se presenta en Colombia ad portas de las elecciones al Congreso y a la Presidencia.

Incluso en algunos informes que han entregado las víctimas a la JEP, ya han planteado opciones sobre cómo quisieran ser reparadas por sus victimarios, como el caso de las Mesas Municipales de Víctimas del Medio y Bajo Putumayo, la Mesa Regional de Organizaciones Sociales del Putumayo, Baja Bota Caucana y Cofanía Jardines de Sucumbíos (Meros), que a través de varios informes que entregaron a la Jurisdicción en enero del 2021, propusieron seis proyectos para que los exmilitares involucrados con violaciones a los derechos humanos en su territorio, puedan cumplir en caso de tener que cumplir con sanciones propias.

La primera acción colectiva propuesta por las víctimas para su reparación se trata de la celebración de un acto simbólico de reconocimiento y perdón en el territorio por parte de la Fuerza Pública, en el que sean los exmilitares quienes reconozcan que “las víctimas referidas a lo largo del informe eran civiles trabajadores de nuestros territorios y no guerrilleros de las Farc-Ep”.

Con el fin de dignificar a las víctimas, las organizaciones también piden que se construya un monumento a las personas que fueron asesinadas y que se reconozca que “perdieron su vida por la omisión y colaboración de la Fuerza Pública en el territorio”. Y como tercer punto, que se diseñe e implemente un “programa robusto de atención psicosocial para las víctimas directas e indirectas del accionar de los grupos paramilitares y del Ejército en el territorio, que asista en la recuperación de los daños psicológicos y culturales, tanto individuales como colectivos”.

(Nota relacionada: Los nuevos casos de la JEP para masacres, desplazamiento, desaparición y violencia sexual)

Este año también estaría marcado por la apertura de nuevos macrocasos de la Jurisdicción que, según aseguró Eduardo Cifuentes en un evento de Colombia+20 de El Espectador en marzo del año pasado, serían tres en el primer trimestre de este 2022 (masacres, desplazamiento forzado y desaparición y violencia sexual), para completar un total de diez casos abiertos por patrones o regiones donde más se sintió el conflicto. Este anuncio es importante, entre otras cosas porque aunque los avances de la justicia transicional son notorios, como explicó el jurista Ospina, “es importante dimensionar los asesinatos, las amenazas y las violaciones a los derechos humanos que se han ido presentando contra líderes sociales y comunidades enteras en el último año, que dice mucho de las dificultades de la justicia transicional para llegar a la verdad del conflicto”.

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