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                                                                                                                                Según la JEP, estas son las irregularidades de la DEA y la Fiscalía en el caso “Santrich”

                                                                                                                                Desde la utilización de agentes provocadores encubiertos, que no están autorizados en Colombia, hasta la violación a la intimidad del procesado, hacen parte de las razones de la JEP para negar la extradición de “Jesús Santrich”.

                                                                                                                                Laura Dulce Romero @Dulcederomerooo

                                                                                                                                Patricia Linares, presidenta de la JEP; Jesús Bobadilla y Caterina Heyck, magistrados de la Sección de Revisión. / Cristian Garavito
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En el auto de 148 páginas en el que la Sección otorgó a Santrich la garantía de no extradición y ordenó su libertad inmediata se mencionan, a grandes rasgos, tres razones para tomar tal decisión.

                                                                                                                                Actuación ilícita de agentes extranjeros

                                                                                                                                La primera es que existieron graves irregularidades en el procedimiento para recoger pruebas en contra del excombatiente por parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y de la Fiscalía General de la Nación.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lea: Recapturan a Jesús Santrich al salir de La Picota

                                                                                                                                Dicha asistencia es una garantía para que, en medio de las investigaciones, que en ocasiones pueden resultar invasivas, no se afecten derechos fundamentales, como la privación de la libertad, lo cual sucedió con Jesús Santrich. “Es un trámite obligatorio y vinculante cuando cualquier Estado pretenda adelantar diligencias judiciales en territorio extranjero”, explica la sentencia.

                                                                                                                                Sin embargo, la Sección de Revisión asegura que el ente acusador no realizó esta diligencia. Para los magistrados fue preocupante que, ante la ausencia de esta autorización, la respuesta de la directora de relaciones internacionales de la Fiscalía haya sido que “para el caso colombiano dichas personas serían particulares que sostuvieron reuniones con otros particulares” y, por lo tanto, no se requería.

                                                                                                                                Dice la sentencia que “la encargada de suministrar la respuesta no exhibió ánimo de colaboración interinstitucional”, sino que con su contestación demostró que la Fiscalía permitió que agentes extranjeros realizaran una actividad encubierta sin contar con las autorizaciones pertinentes.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Además mencionan en su auto que los agentes de la DEA y la Fiscalía también afectaron el derecho a la inviolabilidad del domicilio del exjefe guerrillero. Cuando la JEP indagó por la autorización de un juez de garantías para ingresar a la casa de Santrich, se dio cuenta de que tampoco se cumplió con este trámite.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Pruebas insuficientes

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Le recomendamos: Nuevas pruebas de la Fiscalía en caso Santrich nunca fueron aportadas a la JEP

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                                                                                                                                La Sección de Revisión le pidió al Departamento de Justicia de los Estados Unidos más pruebas que le ayudaran a corroborar la fecha, pero tampoco hubo repuesta. Aseguraron que “de manera muy respetuosa, debía declinar esa solicitud” porque la petición resultaba “contraria a su práctica en tratados”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Con este escenario, advierte la providencia, las únicas pruebas con las que contó la Sección de Revisión para determinar la fecha del supuesto delito fueron 12 audios de interceptación de comunicaciones que se recaudaron en investigaciones adelantadas por la Fiscalía en contra de Marlon Marín, uno de los involucrados en el caso. Si bien no son audios de Santrich, la Fiscalía argumentó que en ellos alude a supuestas actividades del exjefe guerrillero.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La Sección las evaluó y concluyó que en ellas no se reveló que el exintegrante de la extinta guerrilla de las Farc haya cometido alguna conducta ilícita, pues “no se desprende ninguna conversación relacionada con narcotráfico”. Tampoco se pueden establecer las identidades de los participantes debido a que en las conversaciones no se obtienen datos suficientes.

                                                                                                                                “Las conversaciones de los audios no prueban delito”: JEP

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Asimismo, consideraron que entre los audios existe una fractura temporal, ya que fueron grabados con varios meses de diferencia y no se pueden evaluar en secuencia. Por eso, agregaron, eran tan importantes las evidencias en video que fueron pedidas a Estados Unidos y nunca llegaron.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                JEP llama la atención por “juicios paralelos” en medios de comunicación

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Patricia Linares, presidenta de la JEP; Jesús Bobadilla y Caterina Heyck, magistrados de la Sección de Revisión. / Cristian Garavito
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En el auto de 148 páginas en el que la Sección otorgó a Santrich la garantía de no extradición y ordenó su libertad inmediata se mencionan, a grandes rasgos, tres razones para tomar tal decisión.

                                                                                                                                Actuación ilícita de agentes extranjeros

                                                                                                                                La primera es que existieron graves irregularidades en el procedimiento para recoger pruebas en contra del excombatiente por parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y de la Fiscalía General de la Nación.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lea: Recapturan a Jesús Santrich al salir de La Picota

                                                                                                                                Dicha asistencia es una garantía para que, en medio de las investigaciones, que en ocasiones pueden resultar invasivas, no se afecten derechos fundamentales, como la privación de la libertad, lo cual sucedió con Jesús Santrich. “Es un trámite obligatorio y vinculante cuando cualquier Estado pretenda adelantar diligencias judiciales en territorio extranjero”, explica la sentencia.

                                                                                                                                Sin embargo, la Sección de Revisión asegura que el ente acusador no realizó esta diligencia. Para los magistrados fue preocupante que, ante la ausencia de esta autorización, la respuesta de la directora de relaciones internacionales de la Fiscalía haya sido que “para el caso colombiano dichas personas serían particulares que sostuvieron reuniones con otros particulares” y, por lo tanto, no se requería.

                                                                                                                                Dice la sentencia que “la encargada de suministrar la respuesta no exhibió ánimo de colaboración interinstitucional”, sino que con su contestación demostró que la Fiscalía permitió que agentes extranjeros realizaran una actividad encubierta sin contar con las autorizaciones pertinentes.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Además mencionan en su auto que los agentes de la DEA y la Fiscalía también afectaron el derecho a la inviolabilidad del domicilio del exjefe guerrillero. Cuando la JEP indagó por la autorización de un juez de garantías para ingresar a la casa de Santrich, se dio cuenta de que tampoco se cumplió con este trámite.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Pruebas insuficientes

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Le recomendamos: Nuevas pruebas de la Fiscalía en caso Santrich nunca fueron aportadas a la JEP

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                                                                                                                                La Sección de Revisión le pidió al Departamento de Justicia de los Estados Unidos más pruebas que le ayudaran a corroborar la fecha, pero tampoco hubo repuesta. Aseguraron que “de manera muy respetuosa, debía declinar esa solicitud” porque la petición resultaba “contraria a su práctica en tratados”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Con este escenario, advierte la providencia, las únicas pruebas con las que contó la Sección de Revisión para determinar la fecha del supuesto delito fueron 12 audios de interceptación de comunicaciones que se recaudaron en investigaciones adelantadas por la Fiscalía en contra de Marlon Marín, uno de los involucrados en el caso. Si bien no son audios de Santrich, la Fiscalía argumentó que en ellos alude a supuestas actividades del exjefe guerrillero.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La Sección las evaluó y concluyó que en ellas no se reveló que el exintegrante de la extinta guerrilla de las Farc haya cometido alguna conducta ilícita, pues “no se desprende ninguna conversación relacionada con narcotráfico”. Tampoco se pueden establecer las identidades de los participantes debido a que en las conversaciones no se obtienen datos suficientes.

                                                                                                                                “Las conversaciones de los audios no prueban delito”: JEP

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Asimismo, consideraron que entre los audios existe una fractura temporal, ya que fueron grabados con varios meses de diferencia y no se pueden evaluar en secuencia. Por eso, agregaron, eran tan importantes las evidencias en video que fueron pedidas a Estados Unidos y nunca llegaron.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                JEP llama la atención por “juicios paralelos” en medios de comunicación

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Sección de Revisión le llamó la atención al fiscal Néstor Humberto Martínez por dar lugar a “juicios paralelos”. Para los magistrados, el responsable de la entidad, a través de medios radiales y televisivos, pudo influir en que la sociedad colombiana “se forme preconcepciones de responsabilidad y culpabilidad” en los hechos que la jurisdicción hasta ahora no ha juzgado. Como quien dice: no puede asegurar que Santrich ha cometido un delito de narcotráfico hasta que un juez demuestre lo contrario.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                “Esta Sección advierte la ocurrencia de situaciones externas al trámite de la garantía de no extradición, pero que tocan con la misma y que han generado irregularidades de trascendencia, como las alocuciones y entrevistas exteriorizadas por el representante de la Fiscalía General de la Nación en distintos medios radiales y televisivos, que han podido influir en la población colombiana, haciendo que esta se forme preconcepciones de responsabilidad y culpabilidad de los hechos que la Jurisdicción ha conocido sin que el trámite llegara a su culminación”.

                                                                                                                                Por Laura Dulce Romero @Dulcederomerooo

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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