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El acuerdo de cese al fuego bilateral y temporal que firmaron el Gobierno Nacional y la guerrilla del ELN en La Habana (Cuba), consta -por ahora- de tres documentos que condensan las reglas generales para iniciar su implementación.
Esos documentos son: el Acuerdo No. 10, que contiene el marco general del cese al fuego; el protocolo de Acciones Específicas, que describe las acciones prohibidas para la Fuerza Pública y para el ELN; y el protocolo de Mandato del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, que crea ese organismo cuatripartito (ELN, Gobierno, Misión de Verificación de la ONU e Iglesia Católica) que será el encargado de velar por el cumplimiento del cese.
Faltan, además, ocho protocolos que deben ser acordados por una comisión de la mesa. Para ello, una delegación del Gobierno viajará esta semana a La Habana donde se encontrará con delegados del ELN con el fin de negociar esos protocolos que son importantes para la implementación del cese al fuego, que debe regir a partir del 3 de agosto por 180 días.
Los encargados de negociar esos protocolos de parte del gobierno son el almirante Orlando Romero, quien encabezó el equipo que acordó estos tres documentos base del cese al fuego; Horacio Guerrero y Juan Carlos Ospina, como asesor jurídico. También estará el coronel de la Fuerza Aérea Rodrigo Mezú como miembro del equipo de observadores militares. De parte del ELN estarían Bernardo Téllez, Tomas García Laviana, Gustavo Martínez y Pablo Beltrán.
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Lea aquí los tres documentos:
Uno de los principales logros que el Gobierno ha destacado es que el objetivo del cese es “generar condiciones para que la población civil pueda ejercer sus derechos y libertades, con énfasis en las personas más vulnerables como los liderazgos sociales y ambientales, pueblos étnicos, mujeres, personas defensoras de derechos humanos y los menores de edad”.
En ese sentido, el primer punto del , que estipula las normas por las cuales se regirán tanto la Fuerza Pública como las estructuras del ELN, dice en su primer punto que no podrán realizar acciones prohibidas en el Derecho Internacional Humanitario.
“El DIH es un marco jurídico que, por razones humanitarias, limita los efectos de los conflictos armados, protegiendo a la población civil y a las personas que no participan del conflicto armado. De ahí su importancia”, explica Juan Carlos Ospina, asesor jurídico la delegación del Gobierno en la Mesa de Diálogos.
Y explica por qué no es cierto, como se ha señalado, que el acuerdo de cese al fuego le da carta blanca al ELN para realizar secuestros, extorsiones u otros delitos que afectan a la población civil. “Está claro que esas y otras afectaciones a la población civil, constituyen infracciones al DIH. En el protocolo de acciones específicas, que será sobre el cual realizará observación el Mecanismo de Monitoreo y Verificación, se señala con claridad que el propósito del cese al fuego es “generar condiciones para que la población civil pueda ejercer sus derechos y libertades” (párrafo inicial), lo que conduce necesariamente a evitar cualquier afectación a los mismos”, señala.
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Si se llegare a presentar algún caso de incumplimiento del cese al fuego, incluyendo secuestros u otras acciones contra la población, se previeron dos elementos de procedimiento que están consignados en los dos protocolos que ya se conocen, explica Ospina: “El ELN no puede omitir al Mecanismo de Monitoreo y Verificación la información sobre los hechos (numeral 12 del Protocolo de Acciones Específicas). La situación debe ponerse en conocimiento, lo más pronto posible, al Mecanismo de Monitoreo y Verificación para que este la evalúe, realice seguimiento y recomiende acciones rápidas, por ejemplo, la liberación inmediata (literal k del numeral 2 del Protocolo del Mandato del MMV).
Las desafortunadas declaraciones del jefe de la delegación del ELN, Pablo Beltrán, durante la rueda de prensa del viernes acerca de que el tema de las finanzas de esa organización no se ha tocado, no se incluyó en estos protocolos y, por lo tanto, pueden seguir “cobrando impuestos” son inexactas. Algunos analistas han señalado que existe un dilema entre el cumplimiento del DIH y la necesidad práctica de esta guerrilla de seguir subsistiendo a través de lo que se ha conocido como la “economía de guerra”, es decir, actividades ilegales como la extorsión y la explotación de rentas criminales.
“Es un falso dilema”, señala Ospina. “De acuerdo con el DIH la población civil debe estar protegida contra toda la forma de violencia, es decir, no existe ningún tipo de autorización para afectar a la población civil, sin importar las razones”.
En ese mismo sentido se pronunció el senador Iván Cepeda, miembro de la delegación del Gobierno, durante la presentación de su informe ante la plenaria del Senado: “La delegación del Gobierno Nacional no fue a autorizar al ELN a cometer delito alguno o a cambiar las leyes vigentes, incluyendo las penales. En esa medida, ningún aspecto acordado constituye una autorización para que sigan las afectaciones en contra de la población civil, como son el secuestro y la extorsión”.
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Otro aspecto que ha sido criticado del acuerdo de cese al fuego es el segundo punto del Protocolo de Acciones Específicas, que señala que las partes se comprometen a “no realizar acciones ofensivas entre las Fuerzas Militares, policía y de seguridad y las estructuras del ELN incluidas las acciones de inteligencia.
Para quienes se oponen al acuerdo, el Estado no puede renunciar a realizar operaciones de inteligencia porque sería renunciar a perseguir los delitos que comete esta guerrilla. El asesor jurídico de la delegación de Gobierno aclaró que esa suspensión solo se refiere a la inteligencia para realizar acciones ofensivas, no para las defensivas.
El senador Cepeda lo dijo de otra manera en su informe al Senado: “Ni en el acuerdo firmado el 9 de junio ni en los dos protocolos hay alguna modulación o limitación de la función constitucional y legal de la Fuerza Pública. Es decir, no está escrito precisamente porque este aspecto no fue objeto de negociación. La Fuerza Pública seguirá cumpliendo con sus funciones antes y durante el cese al fuego. Así lo ha ratificado comandante de las Fuerzas Militares, general Herder Fernán Giraldo Bonilla con órdenes explícitas a las tropas”.
Otras acciones que están prohibidas en el cese al fuego
En desarrollo del cese al fuego bilateral y temporal, la Fuerza Pública y el ELN se comprometen a evadir y evitar el contacto armado con alguna unidad de las partes. “Si llegare a suceder, debe suspenderse el contacto o la acción ofensiva de manera inmediata”.
Las partes también se comprometen a no obstaculizar las labores del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, ni omitir información a que deba ser transmitida por los canales de comunicación para evitar incidentes y garantizar la eficiencia de ese mecanismo. Y, tal como lo explicó Ospina, “no pueden omitir información al MMV cuando se presente privación de la libertad de personas que concierne a una de las partes”.
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En un aparte interesante, también se comprometen a “no usar lenguaje irrespetuoso, estigmatizante y la generación de noticias falsas que afecten el buen nombre de alguna de las partes”. El Gobierno no puede desarrollar operaciones de desmovilizaciones individuales o colectivas de desarticulación de las estructuras del ELN.
En los apartes finales de ese protocolo se señala que la Fuerza Pública y el EN no pueden planear, ni desarrollar, ni facilitar que se ejecute alguna operación que lleve a la perfidia, es decir, aquellas acciones que se aprovechen de la buena fe del contrario para traicionarla. Un ejemplo fue el uso de emblemas del Comité Internacional de la Cruz Roja durante la operación Jaque para el rescate de un grupo de secuestrados en poder de las FARC.
Y, finalmente el protocolo dice que las partes se comprometen a no impedir ni obstaculizar el desarrollo de los acuerdos humanitarios parciales, ni a obstaculizar el desarrollo de estrategias de comunicación para socializar, comunicar o hacer pedagogía sobre el cese al fuego.
Los ocho protocolos que faltan
Los protocolos que faltan por negociarse son las normas que acuerdan las partes para distintos temas, como la evaluación, prórroga o suspensión del cese al fuego; determinar el papel que tendrá la mesa en desarrollo del cese; también debe redactarse uno sobre el papel específico que jugará la Iglesia en el monitoreo del cese.
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Otro protocolo se encargará de establecer las condiciones de seguridad y protección para los integrantes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación; otro para brindar condiciones de seguridad para el ELN y los lugares donde hace presencia, es decir, cómo se ubicarán los integrantes de la guerrilla y cómo se garantiza la separación de fuerzas.
Habrá uno más sobre la veeduría social que creó la mesa y otro que se encargue de regular los mecanismos de protección humanitaria. Estos dos últimos son aspectos novedosos que se crean por primera vez en estos ejercicios de cese al fuego. Finalmente, habrá protocolos separados para tratar el tema de la pedagogía y las comunicaciones.
Los encargados de negociar esos protocolos de parte del gobierno son el almirante Orlando Romero, quien encabezó el equipo que acordó estos tres documentos base del cese al fuego; Horacio Guerrero y Juan Carlos Ospina, como asesor jurídico. También estará el coronel de la Fuerza Aérea Rodrigo Mezú como miembro del equipo de observadores militares y otros miembros de la Fuerza Pública en retiro y activos que hacen parte de ese rupo de observadores. De parte del ELN estarían Bernardo Téllez, Tomas García Laviana, Gustavo Martínez y Pablo Beltrán.
Mientras estos delegados negocian los protocolos, en Colombia y en Nueva York se deben surtir pasos para que el 6 de julio se produzca la orden de cesar operaciones ofensivas. En Colombia se establecerá una canal de comunicación permanente para avanzar en construcción de confianza y prevención de incidentes en esta fase previa. De parte del ELN, Juan Carlos Cuéllar será el encargado. Aún no se conoce el nombre del encargado por parte de la Fuerza Pública.
En Nueva York, mientras tanto, debe producirse, en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la aprobación para el despliegue de una misión de observadores para hacer la verificación del cese al fuego de la Misión que ya existe en Colombia desde 2017. La Conferencia Episcopal también determinará detalles de su apoyo como parte del mecanismo.
Todo eso debe ocurrir antes del 3 de agosto, fecha determinada por las partes como el día cero para desplegar el Mecanismo de Monitoreo y Verificación en lo local, lo regional y el nivel nacional.
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