Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Este año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos profirió cuatro sentencias contra Colombia, el número más alto para el país desde que fue condenado por primera vez en 1995 por la desaparición forzada del sindicalista Isidro Caballero en manos de militares. Guatemala y México estuvieron cerca, con tres fallos cada uno. Entre los casos mexicanos, uno fue de gran importancia por abordar el crimen de tortura sexual por parte de agentes del Estado: 11 mujeres fueron arrestadas por la Policía durante una protesta en 2006 y terminaron insultadas (“puta”, “perra”), manoseadas, forzadas a hacer sexo oral —una hasta fue obligada a tragarse el semen de un policía— y amenazadas de muerte.
Le puede interesar: Caso Unión Patriótica será resuelto en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
En el escenario colombiano hubo dos precedentes esenciales: por un lado, la Corte Interamericana se pronunció en un caso de libertad de prensa. En abril de 1998, el periodista Nelson Carvajal fue acribillado por un sicario en Huila y, solo hasta ahora, su familia encuentra lo más parecido a la justicia, luego de estar 20 años dando tumbos sin ver resultados. Por otro lado, la Corte abordó el gravísimo crimen de las ejecuciones extrajudiciales cometidas por las Fuerzas Militares colombianas, al analizar los homicidios cometidos por el Ejército de seis hombres jóvenes, entre 1995 y 1997, en Arauca, Santander y Casanare.
Los otros dos expedientes que pusieron a Colombia en este “primer lugar” están relacionados con una problemática que la Corte ya conoce al detalle, pues está plasmada en varios de sus fallos: la relación nociva que se tejió entre agentes del Estado y grupos paramilitares. Uno tiene que ver con la desaparición forzada del sindicalista Víctor Manuel Isaza Uribe, ocurrida el 19 de noviembre de 1987 en Puerto Nare (Magdalena Medio antioqueño). Otro, con el asesinato de Noel Omeara, la desaparición forzada y posterior homicidio de su hijo, Guillermo Omeara, y el atentado contra la vida de su suegro, Héctor Álvarez Sánchez.
Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado desde octubre pasado, asegura que la mayoría de estos casos se presentaron antes de 1998 y que, a partir de ese año —el mismo en que Andrés Pastrana llegó a la Presidencia y lo nombró a él comisionado de paz— “las condiciones en materia de derechos humanos empezaron a cambiar considerablemente. Colombia ha cumplido sus compromisos internacionales y ha mejorado sus estándares. Las instituciones han hecho un esfuerzo normativo importante, empezando por las Fuerzas Militares y los dos sistemas de justicia transicional que se han establecido: la JEP y el de Justicia y Paz”.
En entrevista con este diario, Camilo Gómez señaló que “ha habido avances, sin desconocer que siempre habrá que seguir mejorando y teniendo en cuenta las circunstancias colombianas”. Agregó que no se puede desconocer que en Colombia han sido sancionados parapolíticos, guerrilleros, paramilitares y agentes del Estado. “Obviamente aún tenemos problemas: el narcotráfico, el ELN, las disidencias de las Farc, son generadores de violencia muy importantes. La OEA está considerando en aplicar la carta democrática (que es una sanción) en Nicaragua o Venezuela, en Colombia nunca hemos estado cerca. Acá hay una democracia y una justicia que operan”.
Expertos en el sistema interamericano consultados por este diario ven el tema desde otras perspectivas. Unos mencionan que en el sistema interamericano hubo una mora que hizo que en algunos años no se produjeran condenas, problema aunado especialmente a la falta de recursos que lo puso en serios aprietos hace un par de años. Otros hablan de que Colombia, junto con países como Perú, Ecuador y Guatemala, han sido los mayores receptores de sentencias de la Corte Interamericana, “lo que refleja la gravedad de las violaciones cometidas y la impunidad que ha generado el sistema de justicia colombiano. La gente acude al sistema porque acá no obtiene verdad, justicia ni reparación”.
Añaden que Colombia, como regla general, ha tratado de llegar a soluciones amistosas que resultan inútiles para las víctimas, “pues sus admisiones de responsabilidad suelen ser parciales, solo por omisión”. Sobre los casos que produjo este año el tribunal internacional, los expertos llaman la atención sobre dos en particular: el del sindicalista Isaza Uribe, en el cual se admite que “desde la doctrina militar contrainsurgente vigente para la época de los hechos, se promovía” la activación de grupos paramilitares que combatían al sindicalismo bajo la teoría del “enemigo interno”. Y el de las ejecuciones extrajudiciales, en el cual se cuestiona el concepto de “seguridad nacional”.
Lea: Caso Unión Patriótica será resuelto en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
1. Caso Villamizar Durán y otros
En 2008 estalló el escándalo que pasó a conocerse con el infortunado nombre de “falsos positivos”. La génesis fueron las denuncias de familiares de hombres de Soacha (Cundinamarca) que reportaron la desaparición de los suyos, los cuales fueron ubicados meses después por la Fiscalía a cientos de kilómetros, en lugares como Ocaña, Norte de Santander. Con este episodio comenzó a develarse en el país una siniestra práctica de las Fuerzas Militares, que por lo general afectaba a hombres jóvenes, desempleados o de pocos recursos, de baja escolaridad y algunas veces con problemas como la drogadicción o incluso con enfermedades mentales.
El fallo de la Corte Interamericana constituye una prueba más de que en Colombia las ejecuciones extrajudiciales se han cometido desde mucho antes que el escándalo de los “falsos positivos” trascendiera. Esta sentencia abarca los asesinatos de seis hombres cometidos entre septiembre de 1995 y mayo de 1997 en Arauca, Santander y Casanare. “Esas muertes habrían ocurrido en manos de agentes de seguridad del Estado (…) con un modus operandi caracterizado por la muerte de civiles posteriormente presentados como miembros de grupos armados ilegales dados de baja en combate, mediante diversos mecanismos de distorsión de la escena del crimen y de las circunstancias”.
El caso de Gustavo Villamizar Durán representa bien los demás. Era un joven de 25 años que comercializaba mercancía entre Colombia y Venezuela. El 11 de agosto de 1996 viajó a Arauca a realizar cobros cuando su motocicleta se averió; poco después su cadáver fue hallado sobre una vía entre Saravena y Pescado Bajo (Arauca) con dos granadas de fragmentación, cartuchos de calibre 9 milímetros y dos folletos alusivos a las Farc. Su cuerpo recibió cuatro disparos. El Grupo de Caballería Mecanizado No. 16 General Gabriel Revéiz Pizarro reportó presencia en la zona “de un grupo de ‘narcobandoleros’ del ELN” y, luego, el supuesto combate en el que Villamizar Durán murió.
“Es una decisión muy importante, sobre todo porque son casos que llevaban más de 20 años en la absoluta impunidad”, le dijo a este diario Olga Silva, abogada de la familia Villamizar Durán y de la de Elio Gelves, otra víctima, a quien integrantes del Ejército lo sacaron de su casa en la noche el 27 de mayo de 1997, para luego reportarlo como muerto en combate. “El fallo reconoce que este tipo de violaciones también afectaron la honra y dignidad de las víctimas y de sus familiares por la estigmatización que generan. Y muestra que esta es una práctica que viene de tiempo atrás, que no se hizo solo de 2002 a 2010, aunque infortunadamente haya escalado con la política de seguridad democrática”.
La abogada Silva dice que quedan otros interrogantes después del fallo: “¿Los militares van a aceptar responsabilidad? ¿Se van a presentar ante la JEP?”.
Si le interesa, aquí puede leer el fallo completo.
2. Caso Nelson Carvajal
El 16 de abril de 2018, cuando salía del centro educativo Los Pinos en Pitalito (Huila) —que él mismo fundó y donde trabajaba como profesor—, Nelson Carvajal fue acribillado por un sicario. Su cuerpo recibió siete disparos. Como periodista solía denunciar irregularidades en el manejo de recursos públicos y hechos de corrupción y de lavado de dinero proveniente del narcotráfico de la zona. La primera consecuencia de su asesinato fue que nueve de sus familiares tuvieron que irse al exilio. Las pesquisas de la Fiscalía desembocaron en el llamado a juicio de un empresario local, un exconcejal y otro individuo, y todos resultaron absueltos. Ahí cesaron las indagaciones.
“De acuerdo con información del Comité para la Protección a Periodistas (…) en el año 1998 (Colombia) ocupó el primer lugar, siendo catalogado como el ‘lugar más mortífero para la prensa en el mundo’”, reseñó la Corte en su sentencia. Por otra parte, según las cifras del Centro de Memoria Histórica, “entre 1977 y 2015 fueron ejecutados un total de 152 periodistas colombianos en razón de su oficio, y más de la tercera parte de estos homicidios ocurrieron entre los años 1996 y 2005”, mencionó el tribunal internacional en el fallo. “Por su cercanía a los contextos de intensa violencia política y armada, los medios locales y regionales eran más vulnerables a sufrir agresiones, presiones o persecuciones”.
Tal como recordó el organismo internacional, en Colombia difícilmente se establecen responsabilidades cuando un periodista es ejecutado por razón de su oficio. En el caso de Nelson Carvajal, el desarrollo de las investigaciones no llevó a un escenario distinto. La propia Corte reconoció que, aunque en Colombia han matado a más de 150 periodistas desde 1977, la impunidad en los procesos llega al 99 %. Por eso, para su familia fue tan importante esta sentencia. “El fallo constituye una gran satisfacción. Es un precedente en la lucha más contra la impunidad de los periodistas que han sido asesinados en Colombia”, le dijo a El Espectador Miriam Carvajal, hermana del periodista asesinado. “Logramos armar un gran equipo, encabezado por la Sociedad Interamericana de Prensa, pues luego de las absoluciones de 2001 habíamos quedado desesperanzados. Cuando la Comisión analizó el caso concluyó que mi hermano Nelson fue asesinado en el ejercicio de su profesión como periodista y que el Estado no hizo lo propio para dar con los responsables. Mi familia se desintegró. Fue un alivio que este organismo internacional oyera nuestras quejas, pero sabemos que no es todo. Los responsables están libres. La Corte le ha dicho al Estado que investigue, y aunque el paso del tiempo sea el mayor enemigo para estas investigaciones, quedó el precedente para Colombia y las Américas”.
Si le interesa, aquí puede leer el fallo completo.
3. Caso Isaza Uribe
Víctor Manuel Isaza Uribe, sindicalista y simpatizante de la Unión Patriótica (UP), fue desaparecido de manera forzada el 19 de noviembre de 1987 en Puerto Nare, municipio que forma parte del Magdalena Medio antioqueño. Grupos paramilitares habían comenzado a surgir con fuerza en esta región del país, donde municipios como Puerto Boyacá se autoproclamaban “la capital antisubversiva de Colombia”. La Corte halló que fue una desaparición forzada cometida por paramilitares “con aquiescencia de agentes estatales”, con un ingrediente más: en un contexto en que se propició el paramilitarismo “y la identificación de sindicalistas dentro de la noción de ‘enemigo interno’”.
Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Estado colombiano señaló que lamentaba profundamente la desaparición de Isaza Uribe y que este era un hecho que “jamás debió haber ocurrido”. Lamentó aún más que no se conozca hasta la fecha su paradero y pidió perdón “de forma sincera” a la viuda y los dos hijos del sindicalista. “El Estado entiende que el largo tiempo transcurrido desde la desaparición […] ha traído como consecuencia que hayan perdido la confianza en el Estado y sus instituciones. Esperamos que este reconocimiento contribuya a que recuperen parte de esa confianza perdida”.
Isaza fue sacado de la cárcel de Puerto Nare, luego de ser detenido el 27 de octubre de 1987 por una investigación de homicidio. Diez hombres vestidos con prendas militares o de civil secuestraron a Isaza y a tres personas más, de quienes nunca se volvió a tener información. Se investigó la posible participación del MAS (Muerte A Secuestradores); la indagación se suspendió tres veces. En 2011 empezaron nuevas diligencias con base en la información que suministraban desmovilizados de las Auc sobre crímenes contra 14 miembros del mismo sindicato al que pertenecía, pero, hasta la fecha, no ha habido avances. De Isaza Uribe todavía no se sabe nada.
Si le interesa, aquí puede leer el fallo completo.
4. Caso Omeara Carrascal y otros
El 28 de enero de 1994, Noel Omeara Carrascal sufrió un atentado en Aguachica, Cesar. Omeara, según ha documentado la Comisión Colombiana de Juristas, no pertenecía al Movimiento de Acción Comunitaria (MAC), cuyos integrantes venían siendo hostigados desde 1993. Al MAC querían acabarlo los grupos paramilitares de la zona y, aunque Omeara no fuera parte de él, acompañar a José Herminson Sepúlveda —quien sí hacía parte del movimiento— en un restaurante le costó la vida. Cuatro hombres vestidos de civil ingresaron, dispararon, y Sepúlveda murió de inmediato. Omeara, en agosto de ese mismo año, también falleció como consecuencia de las heridas del atentado.
Con su muerte, su historia familiar se convirtió en una tragedia mayúscula. Su hijo Manuel Guillermo emprendió la tarea —bastante peligrosa para la época y el contexto— de descubrir la verdad sobre la muerte de su padre, y ese “osado” intento también le costó la vida. El 27 de agosto de 1994 fue desaparecido por varios hombres armados. Permaneció así hasta el 23 de septiembre del mismo año, fecha en que fue hallado su cadáver. Manuel Guillermo Omeara vivía con su suegro, Héctor Álvarez Sánchez, quien fue objeto de un atentado el 21 de octubre de 1994 en la puerta de su casa que lo dejó cuadripléjico y le quitó la capacidad de hablar.
“La Corte recuerda que, en diversas ocasiones, ha dado por probada la existencia de un contexto de vínculos entre las Fuerzas Armadas y grupos paramilitares en Colombia en la época de los hechos del presente caso”, señaló el tribunal internacional, y agregó: “La subregión del sur del Cesar suponía gran interés y confluencia de actores armados, y en dicha zona existía presencia de grupos paramilitares, entre los que se destacaba el de Los Prada. Según distintas declaraciones de familiares y testigos, dicho grupo se coordinaba con miembros de la Policía y del Ejército, y las acciones realizadas por este eran de conocimiento del Departamento Administrativo de Seguridad” (DAS).
Si le interesa, aquí puede leer el fallo completo.