Ejército niega en un informe que haya tenido relación con el paramilitarismo
Las Fuerzas Militares se pronunciaron sobre las condenas que tiene el Estado en casos de violación a los DD. HH. y aseguraron no tener responsabilidad sobre los delitos cometidos por las Auc.
Valentina Parada Lugo
Atendiendo la solicitud que había hecho desde julio pasado el presidente de la Comisión de la Verdad, Francisco de Roux, las Fuerzas Militares, el pasado 26 de noviembre, entregaron tres informes sobre la génesis y las operaciones de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). Este diario conoció uno de los documentos, en el que se abordan las condenas que tiene el Estado por hechos relacionados con el paramilitarismo.
De acuerdo con el informe, titulado “Análisis sobre el fenómeno de las autodefensas en los territorios desde la perspectiva del Ejército Nacional”, dichas condenas están relacionadas con el Decreto 3398 de 1965 y la posterior Ley 48 de 1966, jurisprudencia con la que se habló por primera vez de “defensa civil” y se facultó a los ciudadanos para dotarse de armas, especialmente en las zonas de más control guerrillero y así crear colaboraciones “cívico-militares”. Es decir, estas normas fueron la puerta de entrada al nacimiento de organizaciones de autodefensas o paramilitares.
Así lo reconocen las Fuerzas Militares en el documento, en el que también afirman que las juntas de autodefensas se hicieron con el objetivo de “permitir a los ciudadanos la defensa de sus bienes del ataque de las organizaciones guerrilleras”. Sin embargo, aclaran en el mismo, dichas estructuras tuvieron “la incorporación de organizaciones de narcotráfico en el escenario nacional” que se convirtieron en grupos armados irregulares como las Auc.
(Las más: La alianza entre miembros del Ejército y paramilitares en Boyacá llega a la JEP)
No obstante, en el informe en poder de la Comisión de la Verdad cuestionan las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra el Estado y afirman que se hizo caso omiso a su petición de “evaluar el contexto de aplicación” del decreto y la ley mencionados anteriormente, “a la luz de los hechos acontecidos en el país”, se lee. Y continúa: “Los hechos ocurrieron en un contexto en el que aumentaba la presencia de grupos delincuenciales generando condiciones de inseguridad para muchos de los pobladores de distintas regiones del país”.
Sobre el origen de los grupos de autodefensas, el Ejército se remonta a la década de los sesenta, cuando, según el informe, “las operaciones militares y las acciones cívico-militares del Gobierno se centraron en los departamentos del Valle, Caldas, Antioquia, Santander y norte del Tolima, así como en las regiones de Marquetalia, el Pato y sur del Tolima”, zonas en las que autoridades militares y policivas orientaron a los grupos civiles en la conformación de estos colectivos.
De hecho, aclararon que no son lo mismo las autodefensas y los paramilitares. Las primeras, según el documento, “surgieron en reacción a los riesgos de cambio en los regímenes políticos y locales que trajeron consigo las negociaciones con las guerrillas. Fueron diferentes a los grupos que actuaron en el Magdalena Medio a inicios de 1980, los cuales tenían otros intereses, como estar al servicio del narcotráfico”.
(Lea más: La relación entre los paramilitares y la Fuerza Pública)
¿Qué dice el Ejército de las sanciones en la Corte IDH?
Uno de los casos emblemáticos es la masacre de 19 comerciantes, ocurrida el 7 de octubre de 1987 cuando 17 de ellos fueron detenidos y desaparecidos por un grupo paramilitar en el municipio de Puerto Boyacá. Dos semanas después, otros dos comerciantes salieron en búsqueda de sus compañeros y terminaron desaparecidos. En la ficha técnica que tiene la Corte IDH sobre el caso, mencionan: “En el presente caso ha quedado demostrado que miembros del referido grupo paramilitar, con el apoyo y la colaboración de la Fuerza Pública, detuvieron y mataron a los 19 comerciantes y que, no bastándoles con esto, descuartizaron sus cuerpos y los lanzaron al río Magdalena”.
Por este caso, el Estado hizo un reconocimiento de responsabilidad internacional y la Corte profirió sentencia en 2004, con la que ordenó indemnización económica y simbólica a los afectados con actos de perdón públicos, construir un monumento en homenaje a las víctimas y adelantar labores de búsqueda de los cuerpos. No obstante, el informe del Ejército insiste en que el tribunal internacional hizo caso omiso a la petición del Estado de entender el contexto de conflicto armado en el que se permitieron las dos normas que desencadenaron en el paramilitarismo.
Sobre la masacre de Mapiripán, perpetrada por las Auc y en la que fueron asesinadas 49 personas en julio de 1997, la Corte Interamericana también responsabilizó al Estado por tener una legislación que le abrió paso al paramilitarismo. Para esta fecha ya se había emitido el Decreto 085 de 1989, en el que se anulaba la posibilidad de que los ciudadanos tuvieran acceso a armas. Sin embargo, esa legislación estuvo vigente por 24 años.
Otras masacres por las que el Estado fue condenado fueron: La Rochela (1989), Ituango (1996), El Aro (1997) y Pueblo Bello (2006). Sobre estas, las Fuerzas Militares argumentaron que “tuvieron ocurrencia con posterioridad a estos decretos que penalizaban los grupos de Auc como grupos delincuenciales”.
(Lea más: “No se conoce que el sector bananero se haya opuesto a financiar paramilitares”: Álvaro Villarraga)
Sin embargo, aunque en el documento se niega la existencia de acciones sistemáticas entre las Fuerzas Armadas y las Auc, la Corte, hasta septiembre de 2019, había proferido 22 sentencias contra el Estado colombiano por la violación a los derechos humanos: varias de estas por “omisión” a su deber frente a hechos delictivos perpetrados por paramilitares.
Dos de estas, que no son mencionadas ni abordadas en el informe, son la Operación Génesis y la Operación Cacarica, en las que el tribunal internacional declaró al Estado colombiano responsable por haber incumplido su deber de proteger a los ciudadanos de ataques armados ocurridos entre 1997 y 2013, y que dejaron a más de 3.500 víctimas de desplazamiento forzado en el Urabá chocoano.
El Ejército tampoco habló sobre las ejecuciones extrajudiciales o mal llamados falsos positivos, cometidos en alianza con paramilitares. Sobre esto, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos ha denunciado que, en alianza con el bloque Norte, se cometieron varias de estas ejecuciones en los departamentos del Cesar y La Guajira. Según información de la JEP, que investiga y juzga este fenómeno, se estima que en Colombia hay 1.179 víctimas de falsos positivos.
Atendiendo la solicitud que había hecho desde julio pasado el presidente de la Comisión de la Verdad, Francisco de Roux, las Fuerzas Militares, el pasado 26 de noviembre, entregaron tres informes sobre la génesis y las operaciones de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). Este diario conoció uno de los documentos, en el que se abordan las condenas que tiene el Estado por hechos relacionados con el paramilitarismo.
De acuerdo con el informe, titulado “Análisis sobre el fenómeno de las autodefensas en los territorios desde la perspectiva del Ejército Nacional”, dichas condenas están relacionadas con el Decreto 3398 de 1965 y la posterior Ley 48 de 1966, jurisprudencia con la que se habló por primera vez de “defensa civil” y se facultó a los ciudadanos para dotarse de armas, especialmente en las zonas de más control guerrillero y así crear colaboraciones “cívico-militares”. Es decir, estas normas fueron la puerta de entrada al nacimiento de organizaciones de autodefensas o paramilitares.
Así lo reconocen las Fuerzas Militares en el documento, en el que también afirman que las juntas de autodefensas se hicieron con el objetivo de “permitir a los ciudadanos la defensa de sus bienes del ataque de las organizaciones guerrilleras”. Sin embargo, aclaran en el mismo, dichas estructuras tuvieron “la incorporación de organizaciones de narcotráfico en el escenario nacional” que se convirtieron en grupos armados irregulares como las Auc.
(Las más: La alianza entre miembros del Ejército y paramilitares en Boyacá llega a la JEP)
No obstante, en el informe en poder de la Comisión de la Verdad cuestionan las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra el Estado y afirman que se hizo caso omiso a su petición de “evaluar el contexto de aplicación” del decreto y la ley mencionados anteriormente, “a la luz de los hechos acontecidos en el país”, se lee. Y continúa: “Los hechos ocurrieron en un contexto en el que aumentaba la presencia de grupos delincuenciales generando condiciones de inseguridad para muchos de los pobladores de distintas regiones del país”.
Sobre el origen de los grupos de autodefensas, el Ejército se remonta a la década de los sesenta, cuando, según el informe, “las operaciones militares y las acciones cívico-militares del Gobierno se centraron en los departamentos del Valle, Caldas, Antioquia, Santander y norte del Tolima, así como en las regiones de Marquetalia, el Pato y sur del Tolima”, zonas en las que autoridades militares y policivas orientaron a los grupos civiles en la conformación de estos colectivos.
De hecho, aclararon que no son lo mismo las autodefensas y los paramilitares. Las primeras, según el documento, “surgieron en reacción a los riesgos de cambio en los regímenes políticos y locales que trajeron consigo las negociaciones con las guerrillas. Fueron diferentes a los grupos que actuaron en el Magdalena Medio a inicios de 1980, los cuales tenían otros intereses, como estar al servicio del narcotráfico”.
(Lea más: La relación entre los paramilitares y la Fuerza Pública)
¿Qué dice el Ejército de las sanciones en la Corte IDH?
Uno de los casos emblemáticos es la masacre de 19 comerciantes, ocurrida el 7 de octubre de 1987 cuando 17 de ellos fueron detenidos y desaparecidos por un grupo paramilitar en el municipio de Puerto Boyacá. Dos semanas después, otros dos comerciantes salieron en búsqueda de sus compañeros y terminaron desaparecidos. En la ficha técnica que tiene la Corte IDH sobre el caso, mencionan: “En el presente caso ha quedado demostrado que miembros del referido grupo paramilitar, con el apoyo y la colaboración de la Fuerza Pública, detuvieron y mataron a los 19 comerciantes y que, no bastándoles con esto, descuartizaron sus cuerpos y los lanzaron al río Magdalena”.
Por este caso, el Estado hizo un reconocimiento de responsabilidad internacional y la Corte profirió sentencia en 2004, con la que ordenó indemnización económica y simbólica a los afectados con actos de perdón públicos, construir un monumento en homenaje a las víctimas y adelantar labores de búsqueda de los cuerpos. No obstante, el informe del Ejército insiste en que el tribunal internacional hizo caso omiso a la petición del Estado de entender el contexto de conflicto armado en el que se permitieron las dos normas que desencadenaron en el paramilitarismo.
Sobre la masacre de Mapiripán, perpetrada por las Auc y en la que fueron asesinadas 49 personas en julio de 1997, la Corte Interamericana también responsabilizó al Estado por tener una legislación que le abrió paso al paramilitarismo. Para esta fecha ya se había emitido el Decreto 085 de 1989, en el que se anulaba la posibilidad de que los ciudadanos tuvieran acceso a armas. Sin embargo, esa legislación estuvo vigente por 24 años.
Otras masacres por las que el Estado fue condenado fueron: La Rochela (1989), Ituango (1996), El Aro (1997) y Pueblo Bello (2006). Sobre estas, las Fuerzas Militares argumentaron que “tuvieron ocurrencia con posterioridad a estos decretos que penalizaban los grupos de Auc como grupos delincuenciales”.
(Lea más: “No se conoce que el sector bananero se haya opuesto a financiar paramilitares”: Álvaro Villarraga)
Sin embargo, aunque en el documento se niega la existencia de acciones sistemáticas entre las Fuerzas Armadas y las Auc, la Corte, hasta septiembre de 2019, había proferido 22 sentencias contra el Estado colombiano por la violación a los derechos humanos: varias de estas por “omisión” a su deber frente a hechos delictivos perpetrados por paramilitares.
Dos de estas, que no son mencionadas ni abordadas en el informe, son la Operación Génesis y la Operación Cacarica, en las que el tribunal internacional declaró al Estado colombiano responsable por haber incumplido su deber de proteger a los ciudadanos de ataques armados ocurridos entre 1997 y 2013, y que dejaron a más de 3.500 víctimas de desplazamiento forzado en el Urabá chocoano.
El Ejército tampoco habló sobre las ejecuciones extrajudiciales o mal llamados falsos positivos, cometidos en alianza con paramilitares. Sobre esto, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos ha denunciado que, en alianza con el bloque Norte, se cometieron varias de estas ejecuciones en los departamentos del Cesar y La Guajira. Según información de la JEP, que investiga y juzga este fenómeno, se estima que en Colombia hay 1.179 víctimas de falsos positivos.