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A través de un decreto firmado el miércoles 5 de junio, se reglamentó el funcionamiento del ‘Gabinete de paz’, una instancia conformada por el presidente Gustavo Petro y sus ministros para definir los componentes de la política pública de paz.
De acuerdo con el documento, el ‘Gabinete de Paz’ sesionará cada dos meses o cuando el presidente así lo dispongo, y tendrá cuatro objetivos: presentar informes sobre la “formulación, implementación y seguimiento de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de paz”.
Además, articular los componentes y socializar los avances y retos de la política pública de paz a cargo de los ministerios y departamentos administrativos. Los otros dos objetivos del ‘Gabinete de Paz’ son proponer políticas y estrategias “para el cumplimiento de la política estatal de paz” y exponer la concurrencia de cada uno de los ministerios y entidades nacionales en las asignaciones presupuestales y desarrollo de las Regiones de Paz.
En general, el ‘Gabinete de Paz’ tratará los asuntos referidos a “conversaciones, acuerdos y negociaciones con actores armados que se traten en sus sesiones, así como la información y documentos que se expidan en esta materia”.
Actualmente, el Gobierno tiene varios procesos de negociación y otros con miras al sometimiento, entre ellos un proceso de paz con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), otro con algunos sectores de la disidencia conocida como Estado Mayor Central (EMC) y el 24 de junio instalará la mesa con la otra disidencia autodenominada Segunda Marquetalia, comandada por Iván Márquez. Además, tiene diálogos urbanos con bandas criminales de Buenaventura, Chocó y Valle de Aburrá.
El ‘Gabinete de paz’ tendrá, además, una secretaría técnica a cargo de la Oficina del Alto Comisionado de Paz que preparará todo lo necesaria para cuando se convoque a las sesiones.
De acuerdo con el decreto, los “ministerios y departamentos administrativos designarán un funcionario como enlace de paz con el propósito de apoyar a la secretaría técnica”. La Consejería para los Derechos y Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, la Unidad para las Víctimas y la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz de 2016 “serán invitadas permanentes a las sesiones del gabinete”.
El último punto dice que los asuntos tratados en las sesiones “serán reservados” y solo podrán comunicarse o divulgarse por el presidente o por la persona que él autorice. Esta reserva ya generó un debate en la Corte Constitucional que admitió hace unas semanas una demanda hecha por la Fundación para el Estado de Derecho. En la acción se dice que ese carácter reservado es una presunta vulneración de los artículos 23 y 74 de la Constitución Política sobre el acceso a los derechos de petición y documentos públicos. La demanda fue respaldada por la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y la Fundación ‘El Veinte’ que pidieron tumbar la disposición que impone la reserva.
Sin embargo, uno de los parágrafos del decreto sí afirma que se deberán preparar “informes que se rendirá a la Nación sobre el desarrollo de cada sesión del Gabinete de Paz”.
El ‘Gabinete de paz’ está contenido en el artículo 8A de la ley 2272, conocida como Ley de Paz Total.