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El borrador de decreto que el Gobierno hizo público hace dos semanas para comentarios, y que mostraría el camino para los procesos de diálogo y las negociaciones políticas en el marco de la paz total, ha dejado algunas inquietudes, entre ellas, si es o no una forma de responder el reclamo del ELN para ser excluido de la lista de Grupos Armados Organizados.
Esa petición de la guerrilla se ha vuelto casi un punto de honor para las negociaciones, congeladas hace siete meses. La designación del ELN como un GAO le permite al Estado utilizar una “gama más amplia de medidas” en contra de esas estructuras, incluyendo operaciones militares como bombardeos y acciones legales específicas.
El borrador del decreto respondería, en esencia, a los ajustes de la sentencia que profirió el año pasado la Corte Constitucional sobre la arquitectura de la estrategia de paz total del Gobierno de Gustavo Petro.
En esa sentencia, el alto tribunal les dio luz verde a las conversaciones del Ejecutivo con grupos ilegales y bandas, pero les puso freno a varias de sus propuestas y limitó el poder del presidente Petro. Además, dijo que el tema del sometimiento de bandas debía ser definido por el Congreso, y le pidió claridades al Gobierno sobre cómo serían esos procesos.
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El decreto, que de acuerdo con información recibida por Colombia+20 no sería la única vía que está abriendo el Gobierno, responde a partes de esa sentencia.
¿Por qué relacionan el borrador del decreto con la petición del ELN?
Para entender mejor la discusión, en la ley 2272 de 2022, en la que se enmarca la paz total, la caracterización de los grupos armados se divide en dos tipos de procesos: las negociaciones con grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML) con los que se adelanten diálogos de carácter político; y los acercamientos con grupos armados organizados o estructuras armadas organizadas de alto impacto con miras al sometimiento.
Bajo la segunda modalidad se cobijan, por ejemplo, los procesos de diálogo sociojurídico con las bandas urbanas en Quibdó, Buenaventura y Medellín.
Pero sobre la primera modalidad, los GAO, quedaron incluidos grupos como el ELN, las disidencias de las FARC, como los desertores del Acuerdo de Paz en la Segunda Marquetalia y el ala del Estado Mayor Central bajo el mando de Calarcá, que se mantienen en la mesa de diálogo con el Gobierno; todos bajo el marco jurídico para organizaciones criminales que estipula la ley 1908 de 2018.
Y ahí justamente recae el reclamo del ELN hacia el Gobierno en medio de esta negociación de paz. En pocas palabras, el pedido de esa guerrilla es que los saquen del mismo paquete que incluye a otros grupos que no tienen un carácter político definido necesariamente, como es por ejemplo el caso de las disidencias.
El borrador de decreto, de manera más específica, incluyen en la caracterización de los grupos la palabra “rebeldes” que se le ha atribuido al ELN y otros grupos con esa característica.
El borrador tiene la clasificación de Grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML) y los describe como “organizaciones armadas rebeldes (aquí es donde se incluye la palabra) que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas, y con la cuales se adelante un diálogo de un carácter político”. Es decir que en ese paquete entrarían las negociaciones con esa guerrilla.
Una segunda categoría dentro de ese borrador son los Grupos armados organizados (GAO) que no son una organización rebelde y que tampoco adelantan un diálogo de carácter político.
Y por último, el documento define a las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI), como las bandas urbanas y rurales, a las que incluso algunos se han referido a estas como grupos “no rebeldes”.
Lo importante de esos conceptos es el marco jurídico que cobijará a cada grupo. Mientras que los GAOML le apuntan a una negociación política, los GAO y EAOCAI dialogan con miras al sometimiento a la justicia y el desmantelamiento.
Si bien algunos apuntan a que el borrador de decreto es un guiño del Gobierno al pedido del ELN para salvar la mesa de diálogo, en realidad el documento más bien abarca una discusión sobre funcionamiento y forma.
Fuentes de Gobierno cercanas al proceso de negociación aseguran que ese borrador de decreto no se puede entender como una forma de acatar las pretensiones del ELN porque no van a ceder al tono de “ultimátum” que ha sostenido esa guerrilla para que por decreto salgan de la lista GAO, pero señalan como única vía el diálogo.
Además, es importante precisar que hace más de un año, el 8 de julio de 2023, el presidente Petro expidió la resolución 194 que ratifica al ELN como una organización armada rebelde y deja en firme su estatus político. En el documento se lee textualmente que “las referencias que se hagan del Ejército de Liberación Nacional en los diferentes actos administrativos expedidos por el Presidente de la República se harán sobre el reconocimiento de que son una organización armada rebelde”.
El Gobierno ha insistido que esa es la prueba de que esa exigencia del ELN ya se cumplió
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Aun así, el senador Iván Cepeda, negociador del equipo Petro, ha dicho en varias declaraciones a medios que el Gobierno “no cierra las puertas a cualquier clase de discusión y debate en la mesa, pero no a través de la vía de la imposición, no a través de la fijación unilateral de fechas inexorables y con el tono y la forma de un ultimátum. Eso no es aceptable, el Gobierno no accede a eso, así de sencillo”.
Esa misma postura adoptó el consejero comisionado, Otty Patiño, a pocos días del vencimiento de ese ultimátum, el pasado 23 de agosto. En entrevista con RCN Radio, el comisionado explicó que excluir al ELN de esa lista implicaría presentar una ley ante el Congreso y señaló que actualmente no existe un ambiente favorable para dicho trámite. Asimismo, precisó que “es suficiente lo que ya se ha hecho en considerarlos un GAO al margen de la ley, que es de alguna manera lo que lo caracteriza como un actor político. Llamarlos un grupo armado rebelde, o cualquier otra denominación, significaría algo que depende del Congreso y no del presidente”.
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