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                                                                                                                                Caso Nicolás Neira: “Pretenden que haya impunidad”

                                                                                                                                La muerte atroz del quinceañero Nicolás Neira, sucedida en 2005 cuando el chico iba en una manifestación y cuando un patrullero del Esmad disparó una bomba lacrimógena que reventó su cráneo, puede quedar impune en cuanto al responsable de más alto rango de la Policía que ordenó mentirle a la justicia y ocultar el homicidio. El fallo de condena de un mayor no pudo leerse porque un juez penal militar pidió, a última hora, la competencia ¿Obstrucción? Entrevista con la abogada Alejandra Garzón, del colectivo DHColombia.

                                                                                                                                "Francamente, no", responde la abogada Alejandra Garzón al preguntarle si cree en la transformación de la Policía y el Esmad.
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El 1° de mayo de 2005, Día Internacional de los Trabajadores, Nicolás y varios amigos decidieron participar en la marcha. Era la primera vez que él asistía a una manifestación. Se encontraba en la carrera séptima con calle 19, centro de Bogotá, cuando Néstor Julio Rodríguez Rúa le disparó una bomba lacrimógena a menos de cinco metros de distancia, de manera directa, que le impactó la cabeza, lo que le produjo una fractura de 26 centímetros en el cráneo. Después de que Nicolás cayó, agentes del Esmad se acercaron y le propinaron múltiples golpes.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                ¿Qué estableció el dictamen pericial, exactamente?

                                                                                                                                Que hubo: “1. Trauma contundente (...) a nivel de nuca, región supraescapular y región occipital. Fractura de aproximadamente 26 centímetros en cráneo que compromete hueso occipital hasta hueso temporal izquierdo. Fracturas lineales en fosas occipitales transversales. 2. Edema cerebral difuso con contusiones occipitales, contusión hemorrágica y un hematoma epidural laminar en el occipital izquierdo con hematomas subdural posterior laminar. 3. Hematomas a nivel de la “cola de caballo” (parte final de la espalda)”.

                                                                                                                                Todo lo cual, hasta donde entendemos, indica gravísimo daño corporal: imposible sobrevivir. ¿Quién es Néstor Julio Rodríguez Rúa, el agente que usted dice que disparó contra Nicolás, y qué posición ocupaba en el Esmad?

                                                                                                                                Néstor Julio Rodríguez Rúa era patrullero del Esmad y el 1° de mayo de 2005 tenía el rol de gasear la manifestación. Hacía parte de la primera sección. La segunda sección era comandada por el capitán Julio César Torrijos Devia. Ambas secciones hacían parte de la Móvil 1 que, a su vez, era comandada por el mayor Fabián Mauricio Infante Pinzón. Tanto el capitán como el mayor estuvieron involucrados en los hechos posteriores a la muerte de Nicolás. El patrullero Néstor Julio Rodríguez Rúa fue condenado por el delito de homicidio a título de dolo eventual, a 17 años de cárcel, solo este 2021, 16 años después del homicidio. Pero, aún, la decisión de primera instancia está siendo analizada por el Tribunal (segunda instancia),

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Por qué la justicia se ha demorado tanto? ¿La Fiscalía actuó con diligencia?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Por qué va a prescribir? ¿No se anunció fallo condenatorio contra este mayor?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Entonces, ¿el actual conflicto de competencias presentado por el abogado del mayor Infante y por un juez de la Justicia Penal Militar es un acto dilatorio para que pase más tiempo y prescriba el delito que él cometió?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Cuál juez militar pidió la competencia del caso del niño Nicolás Neira?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿En un acto que para usted puede ser objeto de denuncia penal?

                                                                                                                                Ya denuncié al juez militar coronel López Parada por el delito de prevaricato por acción y pedí que se investigara, también, al apoderado del mayor Infante.

                                                                                                                                La CIDH analizará si Colombia es responsable de la violación de ocho artículos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos por el homicidio de Nicolás Neira. ¿Cuáles son esas violaciones y delitos?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Los derechos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos invocados para la protección de la CIDH fueron los contenidos en los artículos: 4, vida; 5, integridad personal; 7, libertad personal; 8, garantías judiciales; 13, libertad de expresión; 15, reunión; 19, derechos del niño, y 25, protección judicial. Los delitos cometidos contra Nicolás fueron: homicidio, lesiones, encubrimiento del crimen y falso testimonio.

                                                                                                                                La Comisión Interamericana llamó la atención sobre “la participación en los operativos, de policías de civil o sin su identificación [que], presenta problemas para la revisión de posibles irregularidades o violación de derechos”. ¿Los responsables de la muerte de Nicolás tenían identificación plena exhibida en el uniforme?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En el año 2005 ningún agente del Esmad contaba con número de identificación visible. Su indumentaria estaba compuesta por una armadura totalmente negra, con visera. Y nada más. Luego del homicidio de Nicolás y el del estudiante Johnny Silva, ambos en 2005, se le ordenó al Esmad cumplir los estándares internacionales sobre identificación.

                                                                                                                                ¿Quién era Johnny Silva y cómo murió?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Johnny Silva era estudiante de Química, de la Universidad del Valle. Estaba en la biblioteca de ese centro. Había manifestaciones contra el TLC ese día y muchos universitarios estaban participando en la protesta. Johnny salió de la biblioteca y antes de dejar el campus, el capitán Gabriel Bonilla, del Esmad, había dado la orden de entrar, a pesar de la prohibición de ingresar a terrenos universitarios. En el momento en que Johnny salió, una bomba lacrimógena lo impactó. Su caso tampoco ha tenido justicia. Se cerró, pero la Corte Suprema está revisando esa decisión.

                                                                                                                                ¿Es cierto que el padre de Nicolás, Yuri Neira, quien fue un persistente reclamante de la verdad, tuvo que salir de Colombia y vivir en el exterior por presuntas amenazas de muerte que recibió?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Sí, es cierto. Yuri Neira tuvo que salir hace siete años de Colombia. Su vida la dedicó a exigir justicia y verdad luego de la muerte de su hijo. Pero, como consecuencia de sus persistentes reclamos, padeció un intento de homicidio por medio de sicarios, varias detenciones arbitrarias durante las cuales lo torturaron, golpearon y hostigaron, creando falsos positivos judiciales en su contra.

                                                                                                                                ¿Cómo ocurrió el intento de asesinato y quiénes lo torturaron?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Dos sicarios en moto llegaron a su vivienda, que tenía unas rejas en el antejardín. Timbraron. Yuri salió y notó una actitud sospechosa de los hombres, uno de los cuales ocultaba la mano en la chaqueta. Le preguntaron si allí vivía la señora Yuri. Él contestó que no estaba y que le iba a avisar. Se devolvió hacia la puerta de la casa cuando los individuos se dieron cuenta. Uno de ellos empezó a empujar la reja y disparó, pero Yuri ya había ingresado a la casa. Se salvó, como él mismo dice, por tener nombre de mujer. Al padre de Nicolás lo detuvieron varias veces en unos CAI cercanos y fue objeto de golpes y falsas acusaciones. Por eso decidió irse para el exterior.

                                                                                                                                El señor Neira obtuvo un triunfo judicial cuando se le ordenó al Estado repararlo. ¿Cómo y cuánto recibió como reparación?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Esta semana, cuando fue admitido el caso de Nicolás en la CIDH, su padre dio unas declaraciones muy tristes: “No tengo muchas esperanzas porque... hay víctimas de primera y segunda categoría. A la CIDH llegan políticos con situaciones banales a quienes les resuelven en menos de un año. A nosotros, las víctimas del pueblo, nos toca hacer fila: solicitamos la admisión en 2012 y solo ahora resuelve”. ¿Usted también cree que no hay mucho interés en la CIDH?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Al igual que Yuri, creo que la Comisión tardó mucho tiempo en admitir la petición, pues fue presentada el 1° de noviembre de 2012: han pasado nueve años. No obstante, es importante que la CIDH lo haya admitido, porque permitiría establecer la futura responsabilidad internacional del Estado colombiano en este caso atroz. Es urgente que la Comisión analice, en perspectiva, el comportamiento criminal del Esmad en contra de Nicolás.

                                                                                                                                Casos similares al de esta joven víctima se han seguido presentando, sobre todo en 2019 y 2020, aunque también hay casos en 2021. En su opinión y experiencia, ¿la institución policial ha mejorado o modificado la conducta de sus agentes cuando enfrentan movilizaciones o sigue igual a la del 2005?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                No ha mejorado. En Colombia no hay garantías de no repetición, y tampoco existen sentencias judiciales que rechacen y condenen, con prontitud, estos crímenes. Además, hemos identificado mecanismos de impunidad aplicados por la institución policial cuando sus miembros cometen este tipo de delitos: uso ilegal de armas (denominadas) menos lesivas, uso de armas de fuego, encubrimiento de hechos, esconder prendas para evitar su identificación en medio de manifestaciones públicas, amenazas y persecución a familiares, obstrucción a la justicia a través de conflictos de competencia, respaldo en la comisión de crímenes...

                                                                                                                                ¿Las recientes promesas de cambio debido a las críticas ciudadanas y el nuevo uniforme le dan alguna esperanza de transformación de la Policía?

                                                                                                                                Francamente, no.

                                                                                                                                Casos judiciales derivados de actuaciones del Esmad

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Asociación Red de Defensores y Defensoras de derechos humanos - dhColombia - a la que pertenece la abogada Alejandra Garzón que representa a Yuri Neira, padre de la víctima del Esmad, el jovencito de 15 años de edad Nicolás Neira, promueve, difunde y protege la defensa de los derechos ciudadanos con el objeto de mejorar las condiciones de vida en Colombia. DhColombia hace parte de la campaña Defender la libertad es cuestión de todos. Trabaja en proyectos de cooperación internacional con Amnistía Internacional y el Fondo Noruego para los Derechos Humanos, entre otros, que les permiten desarrollar su foco en litigio estratégico.

                                                                                                                                ¿A cuáles otras víctimas del Estado representan ustedes?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Llevamos varios casos: el de Jhonny Silva, asesinado por el ESMAD en la Universidad del Valle, en septiembre de 2005 como le conté antes. Los de los jóvenes torturados en el paro de 2013, en Soacha. El de un joven que fue puesto arbitrariamente en el cartel de los vándalos y otros buscados por la Policía. Los de tres jóvenes asesinados y diez lesionados (uno quedó en silla de ruedas) en Bogotá el 9 de septiembre del 2020. Un caso del paro de 2021 ocurrido en Madrid, Cundinamarca y los de varios lesionados en el Portal Norte durante el paro nacional.

                                                                                                                                El Esmad, a examen ante la CIDH

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH) investigará si Colombia violó la Convención Interamericana en algunos de sus artículos fundamentales firmados por el Estado y, por tanto, obligatorios para este, en el caso de la muerte del niño Nicolás Neira ocurrida cuando un patrullero del Esmad disparó su escopeta lanzagranadas directo contra su cabeza, en una manifestación de conmemoración del Día de los Trabajadores. La CIDH revisará, aunque tardíamente pues se pidió su examen en 2012 y solo hasta ahora lo admitió, el caso, debido no solo a la conducta prohibida en que incurrió el agente sino a la conspiración del grupo de policías involucrados para mentirle a la justicia como ha sucedido en otros casos de homicidios de civiles a manos de uniformados. Otro elemento que será examinado por la CIDH es el de la ausencia de identificación clara y visible de los miembros del Esmad, una falencia que solo recientemente el Estado ha prometido que rectificará. Según la CIDH, “la participación en los operativos de seguridad de policías de civil o sin su correspondiente identificación presenta problemas para la revisión de posibles irregularidades o violaciones de derechos. La falta de una correcta identificación constituye un obstáculo adicional para la asignación de responsabilidades...”.

                                                                                                                                "Francamente, no", responde la abogada Alejandra Garzón al preguntarle si cree en la transformación de la Policía y el Esmad.
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El 1° de mayo de 2005, Día Internacional de los Trabajadores, Nicolás y varios amigos decidieron participar en la marcha. Era la primera vez que él asistía a una manifestación. Se encontraba en la carrera séptima con calle 19, centro de Bogotá, cuando Néstor Julio Rodríguez Rúa le disparó una bomba lacrimógena a menos de cinco metros de distancia, de manera directa, que le impactó la cabeza, lo que le produjo una fractura de 26 centímetros en el cráneo. Después de que Nicolás cayó, agentes del Esmad se acercaron y le propinaron múltiples golpes.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                ¿Qué estableció el dictamen pericial, exactamente?

                                                                                                                                Que hubo: “1. Trauma contundente (...) a nivel de nuca, región supraescapular y región occipital. Fractura de aproximadamente 26 centímetros en cráneo que compromete hueso occipital hasta hueso temporal izquierdo. Fracturas lineales en fosas occipitales transversales. 2. Edema cerebral difuso con contusiones occipitales, contusión hemorrágica y un hematoma epidural laminar en el occipital izquierdo con hematomas subdural posterior laminar. 3. Hematomas a nivel de la “cola de caballo” (parte final de la espalda)”.

                                                                                                                                Todo lo cual, hasta donde entendemos, indica gravísimo daño corporal: imposible sobrevivir. ¿Quién es Néstor Julio Rodríguez Rúa, el agente que usted dice que disparó contra Nicolás, y qué posición ocupaba en el Esmad?

                                                                                                                                Néstor Julio Rodríguez Rúa era patrullero del Esmad y el 1° de mayo de 2005 tenía el rol de gasear la manifestación. Hacía parte de la primera sección. La segunda sección era comandada por el capitán Julio César Torrijos Devia. Ambas secciones hacían parte de la Móvil 1 que, a su vez, era comandada por el mayor Fabián Mauricio Infante Pinzón. Tanto el capitán como el mayor estuvieron involucrados en los hechos posteriores a la muerte de Nicolás. El patrullero Néstor Julio Rodríguez Rúa fue condenado por el delito de homicidio a título de dolo eventual, a 17 años de cárcel, solo este 2021, 16 años después del homicidio. Pero, aún, la decisión de primera instancia está siendo analizada por el Tribunal (segunda instancia),

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Por qué la justicia se ha demorado tanto? ¿La Fiscalía actuó con diligencia?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Por qué va a prescribir? ¿No se anunció fallo condenatorio contra este mayor?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La jueza novena penal de conocimiento dio su sentido de fallo de condena en contra del mayor como determinador del encubrimiento y fijó una fecha para la lectura de la decisión; pero esta audiencia nunca se hizo porque, cinco días antes de su realización, un juez penal militar, a solicitud del apoderado del mayor, decidió pedir la competencia del caso, a pesar de que ya ha habido varias decisiones judiciales que han ratificado la competencia de la justicia civil. Quedó en suspenso mientras la Corte Constitucional resuelve y, hasta el momento, no lo ha hecho.

                                                                                                                                Entonces, ¿el actual conflicto de competencias presentado por el abogado del mayor Infante y por un juez de la Justicia Penal Militar es un acto dilatorio para que pase más tiempo y prescriba el delito que él cometió?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Exactamente. Se pretende que haya impunidad en cuanto al responsable de haber dado la orden de encubrir el crimen de homicidio en contra de Nicolás Neira. Que un juez penal militar pida la competencia en estos momentos es un acto de obstrucción, pues nunca podría afirmarse que el delito de encubrimiento esté relacionado con el servicio militar. Además, la Judicatura ha determinado en cinco oportunidades que la competencia recae en la justicia ordinaria. Cuatro, en el Consejo Superior de la Judicatura: el 6 de junio de 2007, el 8 de octubre de 2007, el 13 de septiembre de 2017 y el 30 de octubre de 2017. Y la quinta ocasión, en la Sala Penal de la Corte Suprema, cuando le negó una tutela al patrullero Rodríguez, el hombre que disparó.

                                                                                                                                ¿Cuál juez militar pidió la competencia del caso del niño Nicolás Neira?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El 6 de abril de este año fue radicado, ante la secretaria del Juzgado Noveno Penal de Conocimiento, un oficio firmado por el juez de primera instancia, de la Justicia Penal Militar, coronel José Abraham López Parada, para pedir la competencia del caso por solicitud del abogado del mayor Infante Pinzón. El fallo se ha dilatado tres meses hasta cuando resuelva la Corte Constitucional. La consecuencia jurídica es que prescriba la acción penal.

                                                                                                                                ¿En un acto que para usted puede ser objeto de denuncia penal?

                                                                                                                                Ya denuncié al juez militar coronel López Parada por el delito de prevaricato por acción y pedí que se investigara, también, al apoderado del mayor Infante.

                                                                                                                                La CIDH analizará si Colombia es responsable de la violación de ocho artículos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos por el homicidio de Nicolás Neira. ¿Cuáles son esas violaciones y delitos?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Los derechos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos invocados para la protección de la CIDH fueron los contenidos en los artículos: 4, vida; 5, integridad personal; 7, libertad personal; 8, garantías judiciales; 13, libertad de expresión; 15, reunión; 19, derechos del niño, y 25, protección judicial. Los delitos cometidos contra Nicolás fueron: homicidio, lesiones, encubrimiento del crimen y falso testimonio.

                                                                                                                                La Comisión Interamericana llamó la atención sobre “la participación en los operativos, de policías de civil o sin su identificación [que], presenta problemas para la revisión de posibles irregularidades o violación de derechos”. ¿Los responsables de la muerte de Nicolás tenían identificación plena exhibida en el uniforme?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En el año 2005 ningún agente del Esmad contaba con número de identificación visible. Su indumentaria estaba compuesta por una armadura totalmente negra, con visera. Y nada más. Luego del homicidio de Nicolás y el del estudiante Johnny Silva, ambos en 2005, se le ordenó al Esmad cumplir los estándares internacionales sobre identificación.

                                                                                                                                ¿Quién era Johnny Silva y cómo murió?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Johnny Silva era estudiante de Química, de la Universidad del Valle. Estaba en la biblioteca de ese centro. Había manifestaciones contra el TLC ese día y muchos universitarios estaban participando en la protesta. Johnny salió de la biblioteca y antes de dejar el campus, el capitán Gabriel Bonilla, del Esmad, había dado la orden de entrar, a pesar de la prohibición de ingresar a terrenos universitarios. En el momento en que Johnny salió, una bomba lacrimógena lo impactó. Su caso tampoco ha tenido justicia. Se cerró, pero la Corte Suprema está revisando esa decisión.

                                                                                                                                ¿Es cierto que el padre de Nicolás, Yuri Neira, quien fue un persistente reclamante de la verdad, tuvo que salir de Colombia y vivir en el exterior por presuntas amenazas de muerte que recibió?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Sí, es cierto. Yuri Neira tuvo que salir hace siete años de Colombia. Su vida la dedicó a exigir justicia y verdad luego de la muerte de su hijo. Pero, como consecuencia de sus persistentes reclamos, padeció un intento de homicidio por medio de sicarios, varias detenciones arbitrarias durante las cuales lo torturaron, golpearon y hostigaron, creando falsos positivos judiciales en su contra.

                                                                                                                                ¿Cómo ocurrió el intento de asesinato y quiénes lo torturaron?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Dos sicarios en moto llegaron a su vivienda, que tenía unas rejas en el antejardín. Timbraron. Yuri salió y notó una actitud sospechosa de los hombres, uno de los cuales ocultaba la mano en la chaqueta. Le preguntaron si allí vivía la señora Yuri. Él contestó que no estaba y que le iba a avisar. Se devolvió hacia la puerta de la casa cuando los individuos se dieron cuenta. Uno de ellos empezó a empujar la reja y disparó, pero Yuri ya había ingresado a la casa. Se salvó, como él mismo dice, por tener nombre de mujer. Al padre de Nicolás lo detuvieron varias veces en unos CAI cercanos y fue objeto de golpes y falsas acusaciones. Por eso decidió irse para el exterior.

                                                                                                                                El señor Neira obtuvo un triunfo judicial cuando se le ordenó al Estado repararlo. ¿Cómo y cuánto recibió como reparación?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El 16 de agosto de 2012, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la sentencia de primera instancia en que se condena al Ministerio de Defensa por el homicidio de Nicolás. Sin embargo, no reconoció la indemnización por el lucro cesante dejado de percibir por la joven víctima ni la indemnización por graves violaciones a derechos humanos. La decisión no fue por ambos conceptos.

                                                                                                                                Esta semana, cuando fue admitido el caso de Nicolás en la CIDH, su padre dio unas declaraciones muy tristes: “No tengo muchas esperanzas porque... hay víctimas de primera y segunda categoría. A la CIDH llegan políticos con situaciones banales a quienes les resuelven en menos de un año. A nosotros, las víctimas del pueblo, nos toca hacer fila: solicitamos la admisión en 2012 y solo ahora resuelve”. ¿Usted también cree que no hay mucho interés en la CIDH?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Al igual que Yuri, creo que la Comisión tardó mucho tiempo en admitir la petición, pues fue presentada el 1° de noviembre de 2012: han pasado nueve años. No obstante, es importante que la CIDH lo haya admitido, porque permitiría establecer la futura responsabilidad internacional del Estado colombiano en este caso atroz. Es urgente que la Comisión analice, en perspectiva, el comportamiento criminal del Esmad en contra de Nicolás.

                                                                                                                                Casos similares al de esta joven víctima se han seguido presentando, sobre todo en 2019 y 2020, aunque también hay casos en 2021. En su opinión y experiencia, ¿la institución policial ha mejorado o modificado la conducta de sus agentes cuando enfrentan movilizaciones o sigue igual a la del 2005?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                No ha mejorado. En Colombia no hay garantías de no repetición, y tampoco existen sentencias judiciales que rechacen y condenen, con prontitud, estos crímenes. Además, hemos identificado mecanismos de impunidad aplicados por la institución policial cuando sus miembros cometen este tipo de delitos: uso ilegal de armas (denominadas) menos lesivas, uso de armas de fuego, encubrimiento de hechos, esconder prendas para evitar su identificación en medio de manifestaciones públicas, amenazas y persecución a familiares, obstrucción a la justicia a través de conflictos de competencia, respaldo en la comisión de crímenes...

                                                                                                                                ¿Las recientes promesas de cambio debido a las críticas ciudadanas y el nuevo uniforme le dan alguna esperanza de transformación de la Policía?

                                                                                                                                Francamente, no.

                                                                                                                                Casos judiciales derivados de actuaciones del Esmad

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Asociación Red de Defensores y Defensoras de derechos humanos - dhColombia - a la que pertenece la abogada Alejandra Garzón que representa a Yuri Neira, padre de la víctima del Esmad, el jovencito de 15 años de edad Nicolás Neira, promueve, difunde y protege la defensa de los derechos ciudadanos con el objeto de mejorar las condiciones de vida en Colombia. DhColombia hace parte de la campaña Defender la libertad es cuestión de todos. Trabaja en proyectos de cooperación internacional con Amnistía Internacional y el Fondo Noruego para los Derechos Humanos, entre otros, que les permiten desarrollar su foco en litigio estratégico.

                                                                                                                                ¿A cuáles otras víctimas del Estado representan ustedes?

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Llevamos varios casos: el de Jhonny Silva, asesinado por el ESMAD en la Universidad del Valle, en septiembre de 2005 como le conté antes. Los de los jóvenes torturados en el paro de 2013, en Soacha. El de un joven que fue puesto arbitrariamente en el cartel de los vándalos y otros buscados por la Policía. Los de tres jóvenes asesinados y diez lesionados (uno quedó en silla de ruedas) en Bogotá el 9 de septiembre del 2020. Un caso del paro de 2021 ocurrido en Madrid, Cundinamarca y los de varios lesionados en el Portal Norte durante el paro nacional.

                                                                                                                                El Esmad, a examen ante la CIDH

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH) investigará si Colombia violó la Convención Interamericana en algunos de sus artículos fundamentales firmados por el Estado y, por tanto, obligatorios para este, en el caso de la muerte del niño Nicolás Neira ocurrida cuando un patrullero del Esmad disparó su escopeta lanzagranadas directo contra su cabeza, en una manifestación de conmemoración del Día de los Trabajadores. La CIDH revisará, aunque tardíamente pues se pidió su examen en 2012 y solo hasta ahora lo admitió, el caso, debido no solo a la conducta prohibida en que incurrió el agente sino a la conspiración del grupo de policías involucrados para mentirle a la justicia como ha sucedido en otros casos de homicidios de civiles a manos de uniformados. Otro elemento que será examinado por la CIDH es el de la ausencia de identificación clara y visible de los miembros del Esmad, una falencia que solo recientemente el Estado ha prometido que rectificará. Según la CIDH, “la participación en los operativos de seguridad de policías de civil o sin su correspondiente identificación presenta problemas para la revisión de posibles irregularidades o violaciones de derechos. La falta de una correcta identificación constituye un obstáculo adicional para la asignación de responsabilidades...”.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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