Los cuestionamientos al plan de formalización de empleo público del Gobierno
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, advirtió que ese programa no es viable ejecutarlo en solo cuatro meses y añadió que no hay recursos para llevarlo a cabo. La representante a la Cámara Catherine Juvinao le sugirió al Gobierno reversar lo que llamó una improvisación.
Un cúmulo de inquietudes desencadenó el Plan de Formalización de Empleo Público, que entró en vigencia el 1º de enero de 2023, luego de que el Gobierno Nacional publicara sus lineamientos el pasado 30 de diciembre para ejecutar el programa.
Y lo hizo a través de una circular conjunta del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la ESAP.
En ella se ordena a los órganos, organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional a limitar los contratos de prestación de servicios a los estrictamente necesarios y firmarlos solamente hasta abril, y para esto da un tiempo máximo de cuatro meses para establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran.
Los reparos del Mintrabajo
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en una misiva enviada a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, advirtió que ese programa no era viable ejecutarlo en el tiempo que se estipuló inicialmente y añadió que ni siquiera hay viabilidad presupuestal para llevarlo a cabo.
Para Ramírez, “se observa que la expedición de la circular no contó con la previa articulación que las normas imponen y, por lo mismo, dar por sentado que los estudios de cargas laborales necesarios para adelantar el proceso de formalización laboral puedan ser realizados en cuatro meses, y sin las apropiaciones presupuestales correspondientes, por cuanto el trámite de asignación de recursos de inversión y funcionamiento en el marco de los proyectos de inversión de las entidades públicas ya se surtió y se cerró ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, no solo dificulta la gestión administrativa, sino que impone una carga imposible de ejecutar”.
Entre otras recomendaciones, sugierió celebrar contratos de prestación de servicios hasta el 31 de diciembre de 2023.
Posteriormente el DAFP emitió otra circular explicando las condiciones para que las entidades del Estado suscriban contratos de prestación de servicios a partir de ahora e indicó, entre otros puntos, que estos solo podrán celebrarse por máximo cuatro meses cuando estén relacionados con la administración o el funcionamiento institucional, y las entidades estatales deberán procurar que los contratistas ejecuten los correspondientes objetos con la autonomía e independencia propias de este tipo de contratación, evitando realizar acciones que puedan encubrir una relación laboral.
Observaciones de Fedemunicipios
El mismo 30 de diciembre, la Federación Colombiana de Municipios, en nombre de los alcaldes y alcaldesas del país, señaló que “obligar a las administraciones locales a adelantar procesos de reestructuración administrativa en tan solo cuatro meses de plazo pone de presente que la gran mayoría de municipios (en especial 1.033 de categorías 4, 5 y 6) no tienen los recursos para financiar los estudios de planta que la ley exige en estos casos”.
En una misiva dirigida al presidente Gustavo Petro, agregó que para 2023 estarán vigentes las prohibiciones en la Ley de Garantías, y por esa razón la nómina del respectivo ente territorial no se podrá modificar dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular que se realizarán el último domingo de octubre.
La Procuraduría
La Procuraduría General envió una circular a los ministerios, en la que advirtió que el plazo de cuatro meses establecido para formalizar los contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión resulta escaso, por lo que solicitó agotar las diversas instancias para ajustar las plantas de personal y evitar que la falta de funcionarios genere una parálisis del Estado en todos sus niveles.
De igual manera, la delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social señaló que no se puede dejar a las entidades “sin el personal necesario e idóneo para atender la demanda de los servicios que prestan a la ciudadanía” e indicó que los entes territoriales disponen de autonomía para adelantar los trámites en materia de plantas de personal.
Lo que dice Cathy Juvinao
La representante a la Cámara Catherine Juvinao le sugirió al Gobierno reversar la improvisación y articular el Plan de Formalización de Empleo Público con los ministerios de Trabajo y Hacienda, y las entidades públicas de los niveles central y territorial. “No jueguen con el ingreso laboral de cientos de miles de colombianos”, escribió en su cuenta de Twitter.
Juvinao envió un extenso derecho de petición al director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique, en el que le pide informar la justificación técnica, jurídica y financiera para exigir a los órganos, organismos y entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva, por qué razón la contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deben tener un término de duración máxima de cuatro meses.
Entre otras preguntas, Juvinao indaga sobre cuáles son los tipos contractuales que se ven afectados por este término de duración máximo y a cuáles contratos no les es aplicable, e indicar cuál es la justificación normativa para establecer que las entidades estatales deban dar prioridad a las personas naturales que desarrollan actividades de manera satisfactoria para la provisión de empleos temporales.
Un cúmulo de inquietudes desencadenó el Plan de Formalización de Empleo Público, que entró en vigencia el 1º de enero de 2023, luego de que el Gobierno Nacional publicara sus lineamientos el pasado 30 de diciembre para ejecutar el programa.
Y lo hizo a través de una circular conjunta del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la ESAP.
En ella se ordena a los órganos, organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional a limitar los contratos de prestación de servicios a los estrictamente necesarios y firmarlos solamente hasta abril, y para esto da un tiempo máximo de cuatro meses para establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran.
Los reparos del Mintrabajo
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en una misiva enviada a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, advirtió que ese programa no era viable ejecutarlo en el tiempo que se estipuló inicialmente y añadió que ni siquiera hay viabilidad presupuestal para llevarlo a cabo.
Para Ramírez, “se observa que la expedición de la circular no contó con la previa articulación que las normas imponen y, por lo mismo, dar por sentado que los estudios de cargas laborales necesarios para adelantar el proceso de formalización laboral puedan ser realizados en cuatro meses, y sin las apropiaciones presupuestales correspondientes, por cuanto el trámite de asignación de recursos de inversión y funcionamiento en el marco de los proyectos de inversión de las entidades públicas ya se surtió y se cerró ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, no solo dificulta la gestión administrativa, sino que impone una carga imposible de ejecutar”.
Entre otras recomendaciones, sugierió celebrar contratos de prestación de servicios hasta el 31 de diciembre de 2023.
Posteriormente el DAFP emitió otra circular explicando las condiciones para que las entidades del Estado suscriban contratos de prestación de servicios a partir de ahora e indicó, entre otros puntos, que estos solo podrán celebrarse por máximo cuatro meses cuando estén relacionados con la administración o el funcionamiento institucional, y las entidades estatales deberán procurar que los contratistas ejecuten los correspondientes objetos con la autonomía e independencia propias de este tipo de contratación, evitando realizar acciones que puedan encubrir una relación laboral.
Observaciones de Fedemunicipios
El mismo 30 de diciembre, la Federación Colombiana de Municipios, en nombre de los alcaldes y alcaldesas del país, señaló que “obligar a las administraciones locales a adelantar procesos de reestructuración administrativa en tan solo cuatro meses de plazo pone de presente que la gran mayoría de municipios (en especial 1.033 de categorías 4, 5 y 6) no tienen los recursos para financiar los estudios de planta que la ley exige en estos casos”.
En una misiva dirigida al presidente Gustavo Petro, agregó que para 2023 estarán vigentes las prohibiciones en la Ley de Garantías, y por esa razón la nómina del respectivo ente territorial no se podrá modificar dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular que se realizarán el último domingo de octubre.
La Procuraduría
La Procuraduría General envió una circular a los ministerios, en la que advirtió que el plazo de cuatro meses establecido para formalizar los contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión resulta escaso, por lo que solicitó agotar las diversas instancias para ajustar las plantas de personal y evitar que la falta de funcionarios genere una parálisis del Estado en todos sus niveles.
De igual manera, la delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social señaló que no se puede dejar a las entidades “sin el personal necesario e idóneo para atender la demanda de los servicios que prestan a la ciudadanía” e indicó que los entes territoriales disponen de autonomía para adelantar los trámites en materia de plantas de personal.
Lo que dice Cathy Juvinao
La representante a la Cámara Catherine Juvinao le sugirió al Gobierno reversar la improvisación y articular el Plan de Formalización de Empleo Público con los ministerios de Trabajo y Hacienda, y las entidades públicas de los niveles central y territorial. “No jueguen con el ingreso laboral de cientos de miles de colombianos”, escribió en su cuenta de Twitter.
Juvinao envió un extenso derecho de petición al director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique, en el que le pide informar la justificación técnica, jurídica y financiera para exigir a los órganos, organismos y entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva, por qué razón la contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deben tener un término de duración máxima de cuatro meses.
Entre otras preguntas, Juvinao indaga sobre cuáles son los tipos contractuales que se ven afectados por este término de duración máximo y a cuáles contratos no les es aplicable, e indicar cuál es la justificación normativa para establecer que las entidades estatales deban dar prioridad a las personas naturales que desarrollan actividades de manera satisfactoria para la provisión de empleos temporales.