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Ante el despacho de la Jueza Primera Penal Municipal de Santa Marta, se realizó este lunes la audiencia de apelación de la medida de aseguramiento al empresario Enrique Rafael Vives, investigado por arrollar a siete jóvenes y causarles la muerte a seis de ellos, entre los que se cuentan dos menores de edad.
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Según Álex Fernández Harding, abogado defensor, las afirmaciones de que Vives se encontraba en estado de alicoramiento y manejando en exceso de velocidad, no tienen fundamento legal porque no fueron acreditadas.
Señaló que la juez “no comparó los elementos que la defensa puso a disposición. Cuatro entrevistas que manifestaban que mi representado no conducía a exceso de velocidad y que mi representado fue absolutamente colaborador dentro de las circunstancias del siniestro. Usted no incorporó estos elementos. Tampoco incorporó el informe de investigador de campo. Decidió no aportarlos al debate, aunado a lo anterior decidió usted omitir las certificaciones”.
Insistió en que no se realizó una “acreditación de estudios que permitan infundir que mi representado conducía en exceso de velocidad. Solo se hizo una afirmación por parte de la Fiscalía sin ningún tipo de respaldo que lo acreditara”.
Cuando dio a conocer su decisión de dictar medida de aseguramiento en centro carcelario, la juez Olmis Cotes, del Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Santa Marta, señaló que se trató de “una conducta grave, al conducir el vehículo a alta velocidad en ese sector, habiendo bebido sustancias alcohólicas, se dio el accidente con ese grave resultado que ocasionó la muerte a seis personas”.
Para Fernández Harding es claro que como la camioneta no tenía afectaciones por los costados “eso demostraría que fueron los jóvenes los que obstruyeron el paso, por lo tanto no existe ninguna intención o error en el volante del señor Vives (...) Ellos debieron caminar por la berma derecha o tomar el puente. De esa manera nada de esto habría sucedido”.
Lea los detalles de la imputación a Enrique Vives
El abogado Fernández le solicitó al Juez de Segunda Instancia declarar nula la medida de aseguramiento y ordenar la libertad inmediata a Enrique Vives, o en su defecto, considerar una detención privativa de la libertad en su lugar de residencia. Además, pidió “brindarle asistencia médica permanente al señor Vives para su acompañamiento a la situación de estrés postraumático que presenta”
Durante la instalación de la audiencia, Diana Quiñonez, fiscal auxiliar en el caso, reveló que recibió una llamada de una persona que se identificó como Alfredo Vives, padre de Enrique Vives, reclamándole porque no lo dejaban entrar a la URI a visitar a su hijo: “Yo le manifiesto que su hijo tenía unas restricciones y que él debía entender eso. Pasó a decirme que, si (a su hijo) médicamente le pasaba algo, porque estaba enfermo, era responsabilidad de la Fiscalía. Hizo una manifestación adicional, que tanto la Procuraduría, Fiscalía y la juez estábamos al servicio de los lacayos y de los políticos”.
Algo a lo que la juez Cotes respondió: “no tengo ningún interés particular, no me asiste ningún compromiso con alguna de las partes intervinientes en este caso. Estoy actuando de manera imparcial como siempre”.
La diligencia se suspendió para que se estudien tanto el audio de la decisión como los argumentos de la defensa y será reanudada este martes 21 de septiembre a las 2:00 p.m. cuando se espera que los representantes de víctimas, la Fiscalía y la Procuraduría hagan su intervención.