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Un fallo en primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Bolívar le ordenó al gerente del Club Naval de Oficiales a ofrecre disculpas públicas a la señora Carmen Cecilia Beltrán Pájaro, como consecuencia de un caso de discriminación en contra de la mujer, que se desempeña como empleada doméstica, ocurrido el 26 de noviembre de 2016 en Cartagena.
De acuerdo con los hechos, Carmen Beltrán fue ese día al club, ubicado en el barrio Castillogrande, a acompañar a una fiesta a un niño que tenía bajo su cuidado, pero al llegar le manifestaron que las empleadas de servicio doméstico tenían prohibido ingresar a las instalaciones del centro de recreación. Sin embargo, por el hecho de tener a un menor bajo su responsabilidad, el vigilante la dejó ingresar.
Estando adentro, se le acercó una cadete y le señaló que estaba prohibido en ingreso de empleadas del servicio doméstico en el club, sin embargo, le expresó que no podía dejar al menor solo. Lo mismo le dijo la madre del niño a quien se le celebraba el cumpleaños.
Finalmente, Beltrán, humillada, salió del Club Naval y fue recogida por la mujer para quien trabaja. Según el documento, la empleadora encontró a Beltrán llorando. Por esta situación, Beltrán interpuso una tutela por considerar que sus derechos fundamentales fueron violados y que la prohibición de ingreso a empleadas domésticas por parte del centro de recreación es inconstitucional.
De hecho, el fallo señala que el Club Naval equipara con las mascotas a las personas que realizan este trabajo. “En el caso concreto, el artículo 47 del Reglamento de Centros de Recreación de la Armada Nacional materializa una práctica que vulnera el principio de igualdad de las mujeres que ejercen el oficio de servicio doméstico al prohibirles el ingreso al Club Naval como lo hace con las mascotas”, dice el documento.
Señala también que la prohibición no sólo atenta contra el principio de igualdad sino que es discriminatoria, humillante, degradante, afecta la dignidad humana y menosprecia a la mujer. Este caso había sido denunciado por Javier Ortiz, columnista de este diario, en su columna del 10 de diciembre pasado.
“Hubo absoluta discriminación. El fallo marca un precedente y, aunque puede ser impugnado, los argumentos son sólidos. Se evidencia la violación de los derechos fundamentales de la señora Carmen Beltrá”, señaló Kris Urueta, abogado apoderado del caso.
El mismo fallo también le ordena al comandante de la Armada Nacional que retire el reglamento que prohíbe el ingreso de empleadas del servicio doméstico a estos centros de recreación en un plazo de 48 horas siguientes a la notificación.
Asimismo, el gerente del Club Naval deberá ofrecer las disculpas públicas a través de la primera página de un periódico de difusión local en Cartagena, en la edición de domingo. Frente a lo sucedido, el Club Naval aún no se ha pronunciado de manera oficial.