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                                                                                                                                Conozca sobre el delito de inasistencia alimentaria

                                                                                                                                Si usted tiene hijos y se niega a aportar económicamente para su manutención, puede ir a prisión.

                                                                                                                                * El Espectador

                                                                                                                                Getty Images
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                                                                                                                                El concepto de alimentos es una expresión genérica que cobija todo lo que es indispensable para el desarrollo y la formación integral de la prole: comida, educación, atención médica, vestuario, recreación y habitación.

                                                                                                                                Ante el incumplimiento de uno de los padres, la ley prevé que al presentarse el conflicto el progenitor responsable busque conciliar con el padre incumplido el pago de una  cuota de alimentos para los hijos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                De ser así, la ley penal colombiana dispone que cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor de edad, la pena será de 32 a 72 meses de prisión y multa de 20 a 37.5 salarios mínimos legales mensuales. En reciente sentencia, la Corte Suprema de Justicia precisó que al padre condenado que no presente antecedetes judiciales puede beneficiarse con la suspensión condicional de la ejecución de la pena para permitirle trabajar y obtener un ingreso que le permita cumplir con su obligación de prestar alimentos, siempre y cuando haya indemnizado al o a los hijos que sean víctimas del delito.

                                                                                                                                No incurre en este delito aquel padre o madre que queriendo  cumplir su obligación no lo hace por causas ajenas a su voluntad como por ejemplo, estar desempleado y no disponer de propiedades ni ningún otro tipo de ingreso para respaldar los pagos, pues aquí existe una justa causa que hace desaparecer la incriminación.

                                                                                                                                ¿Pero qué ocurre cuando quien no recibe alimentos es un hijo mayor de edad? Es este caso, si el hijo mayor de 18 años estudia o presenta una incapacidad física o mental permanentes que le impida valerse por sus propios medios, puede reclamarle al padre incumplido la cuota de alimentos para cubrir sus necesidades. El estudiante tendrá esta protección hasta los 25 años de edad. El progenitor se liberará de dicha obligación cuando el hijo tenga empleo.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                El concepto de alimentos es una expresión genérica que cobija todo lo que es indispensable para el desarrollo y la formación integral de la prole: comida, educación, atención médica, vestuario, recreación y habitación.

                                                                                                                                Ante el incumplimiento de uno de los padres, la ley prevé que al presentarse el conflicto el progenitor responsable busque conciliar con el padre incumplido el pago de una  cuota de alimentos para los hijos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                De ser así, la ley penal colombiana dispone que cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor de edad, la pena será de 32 a 72 meses de prisión y multa de 20 a 37.5 salarios mínimos legales mensuales. En reciente sentencia, la Corte Suprema de Justicia precisó que al padre condenado que no presente antecedetes judiciales puede beneficiarse con la suspensión condicional de la ejecución de la pena para permitirle trabajar y obtener un ingreso que le permita cumplir con su obligación de prestar alimentos, siempre y cuando haya indemnizado al o a los hijos que sean víctimas del delito.

                                                                                                                                No incurre en este delito aquel padre o madre que queriendo  cumplir su obligación no lo hace por causas ajenas a su voluntad como por ejemplo, estar desempleado y no disponer de propiedades ni ningún otro tipo de ingreso para respaldar los pagos, pues aquí existe una justa causa que hace desaparecer la incriminación.

                                                                                                                                ¿Pero qué ocurre cuando quien no recibe alimentos es un hijo mayor de edad? Es este caso, si el hijo mayor de 18 años estudia o presenta una incapacidad física o mental permanentes que le impida valerse por sus propios medios, puede reclamarle al padre incumplido la cuota de alimentos para cubrir sus necesidades. El estudiante tendrá esta protección hasta los 25 años de edad. El progenitor se liberará de dicha obligación cuando el hijo tenga empleo.

                                                                                                                                Read more!
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