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Desde este miércoles 20 de diciembre y hasta el miércoles 10 de enero de 2024, se desarrollará la vacancia judicial de fin de año 2023, en la cual la mayoría de juzgados, tribunales y Altas Cortes tomarán un receso a sus actividades, según informó el Consejo Superior de la Judicatura.
La vacancia judicial no suspende el término de caducidad de los procesos penales, por lo cual, si los términos de un caso vencen durante este periodo, se prorrogarán hasta el siguiente día hábil.
Esta disposición está establecida la Ley 31 de 1971 y el artículo 146 de la Ley 270 de 1996. Además, “es un régimen especial que el legislador consagró para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, la cual no puede extenderse a los demás órganos que en virtud del mandato constitucional contenido en el artículo 116 de la Constitución Política, tienen asignada la función de administrar justicia como lo son las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales”. Según afirma la SIC.
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Excepciones de la vacancia judicial de fin de año 2023
Durante este periodo de vacancia, se confirmó que están exceptuados: las dependencias administrativas del régimen individual de vacaciones, los juzgados promiscuos de familia, los juzgados penales municipales y los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad.
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Así también, el Consejo Superior de la Judicatura y sus diferentes unidades, los consejos seccionales de la judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y sus direcciones seccionales seguirán prestando servicio.
Si quiere conocer los tribunales y magistrados específicos que laborarán por región, puede consultar en www.ramajudicial.gov.co.
#TomeNota ✍️ | La vacancia judicial iniciará a partir del miércoles 20 de diciembre de 2023 e irá hasta el miércoles 10 de enero de 2024.
— Rama Judicial (@judicaturacsj) December 19, 2023
No obstante, están exceptuados los siguientes despachos judiciales y dependencias administrativas del régimen individual de vacaciones. pic.twitter.com/pTqbzqZmPe
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