Daños por derrumbes, ¿quién responde?
El sismo del 24 de mayo coadyuvó al desastre. Si no hubo prevención, el Estado debe indemnizar a los afectados.
Ricardo Ávila Palacios
El deslizamiento de por lo menos 30 mil metros cúbicos de tierra sobre el kilómetro 46 de la vía Bogotá-Villavicencio, el pasado 14 de julio, abre paso a una pregunta cuya respuesta deben estar buscando los familiares de las cuatro víctimas fatales y los 15 heridos, así como los dueños de los vehículos afectados con el derrumbe. ¿Debe el Estado responder por este hecho?
Desde el mismo día de la tragedia, Alberto Mariño Samper, gerente de Coviandes, firma que administra la concesión de los 87 kilómetros de ese importante tramo vial en el centro del país, reconoció que el derrumbe se originó como consecuencia inmediata del sismo del 24 de mayo que tuvo su epicentro en Puente Quetame, Cundinamarca, afirmación que ratificó en declaraciones a El Espectador.
“Si el sismo no se hubiera presentado, casi puedo afirmar que no hubiera habido derrumbes”, advirtió.
Mariño alerta sobre el hecho de que las avalanchas en esa carretera también se presentan por falta de control en la explotación que se adelanta en el río Cáqueza, con permiso del Gobierno, para obtener materiales de construcción, al igual que en el Páramo de Boquerón. “Las auditorías no entregan información, y por eso hay acceso a la carretera sin permiso alguno. Por eso buscamos que la Procuraduría Ambiental se pronuncie”.
Ante las circunstancias, hizo un llamado urgente al Ministerio del Medio Ambiente para que lidere con prontitud un vigoroso y extenso programa de reforestación en la vía Bogotá-Villavicencio, donde, al igual que en otros corredores viales, hay una deforestación preocupante. “Si no somos capaces (de reforestar), vamos a tener carreteras que necesitarán obras más costosas y de menos duración”.
Quizás esa afirmación se traduce parcialmente en los $30 mil millones que en lo corrido del año ha invertido el Invías en varias carreteras del país, que en su gran mayoría presentan severos problemas de erosión en su entorno, que se manifiestan en taponamientos de las vías por la caída de tierra y material rocoso.
Por eso, Mariño observa que “cuando hay deforestación, se cambia el uso del suelo y, por añadidura, hay explotación minera. Todo eso afecta al medio ambiente, las fuentes hídricas, los páramos, y se origina la erosión del terreno”.
Escenarios jurídicos
Sobre el tema, este diario consultó al abogado especializado en derecho administrativo y docente titular de la Universidad del Rosario Manuel Restrepo Medina, quien considera que “si la causa determinante de la inestabilidad del terreno fue el movimiento telúrico, habría una circunstancia de fuerza mayor que en principio exoneraría al Estado de responsabilidad por falla en el servicio”, apreciación compartida por Mariño.
Sin embargo, el experto aclara que “debe tenerse en cuenta que entre el sismo y el deslizamiento transcurrieron 50 días, lapso en el cual se tendría que haber evaluado el impacto del evento natural sobre la obra y determinado las implicaciones probables en el caso de la concurrencia de otros fenómenos como el invierno, para establecer la existencia de riesgos para los usuarios de la obra. Si no se hizo ese diagnóstico y no se tomaron las medidas preventivas y correctivas pertinentes, entonces sí se podría llegar a plantear un escenario de responsabilidad patrimonial a cargo del Estado”.
Al ser indagado sobre si en este caso hubo omisión del Estado al no evitar la tragedia, Restrepo explica que “si se trata de un fenómeno natural imprevisible e irresistible, como acontece en el caso de un sismo, la omisión se presenta cuando ocurrido el fenómeno no se hace un diagnóstico de las implicaciones que se pueden llegar a derivar de su ocurrencia o no se toman las medidas preventivas y correctivas frente a los nuevos riesgos generados por su acaecimiento”.
En cuanto a la posibilidad de que se hubiera presentado una falla en el servicio a raíz del deslizamiento, el gerente de Coviandes afirma tajantemente: “De ninguna manera”, mientras el experto consultado se muestra muy cauto al contemplar dos posibles escenarios. En el primero tiene en cuenta que “frente a la previsibilidad y anticipación del fenómeno en sí, no se puede hablar de falla en el servicio”. Una segunda hipótesis apunta a un reconocimiento de falla en el servicio, “en cuanto haya habido omisión en el establecimiento y prevención de riesgos generados por su ocurrencia”.
El jurista es enfático en precisar que el Estado estaría obligado a indemnizar a las víctimas “cuando se demuestre que frente a la existencia de determinadas condiciones esos eventos eran previsibles y con medidas de protección se hubieran podido eliminar los riesgos de daño generados por su ocurrencia probable; pero si se prueba que el evento era imprevisible, por su solo acaecimiento no habría lugar a responsabilizar al Estado”.
Pero pese a esta última conclusión, Restrepo no cierra las puertas a una posible indemnización del Estado frente a las víctimas de la avalancha, teniendo en cuenta el principio de solidaridad.
“Si no se puede probar la responsabilidad del Estado por falla en el servicio, el principio de solidaridad podría ser un camino para dejar indemnes a los afectados. En los casos en los cuales este principio se ha aplicado, como en España y Francia frente a los atentados terroristas, su establecimiento se ha hecho por ley”, explica.
Y aunque hasta hoy no se conocen noticias sobre demandas de los afectados contra el Estado, recomienda primero acudir a la conciliación para buscar un acuerdo para el pago de una indemnización, y sólo si este intento fracasa, ahí sí promover una demanda.
Al final, con o sin demandas de por medio, Coviandes está a punto de terminar un estudio de vulneración y sismicidad de la vía Bogotá-Villavicencio. Por ahora, a decir de Mariño, la tarea inmediata del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) es conseguir $60 mil millones para hacer estudios y obras que permitan ponerle fin a las avalanchas, entre ellas la construcción de un túnel de 4 mil metros de longitud entre los kilómetros 45 y 49 de ese concurrido tramo vial del centro del país.
El deslizamiento de por lo menos 30 mil metros cúbicos de tierra sobre el kilómetro 46 de la vía Bogotá-Villavicencio, el pasado 14 de julio, abre paso a una pregunta cuya respuesta deben estar buscando los familiares de las cuatro víctimas fatales y los 15 heridos, así como los dueños de los vehículos afectados con el derrumbe. ¿Debe el Estado responder por este hecho?
Desde el mismo día de la tragedia, Alberto Mariño Samper, gerente de Coviandes, firma que administra la concesión de los 87 kilómetros de ese importante tramo vial en el centro del país, reconoció que el derrumbe se originó como consecuencia inmediata del sismo del 24 de mayo que tuvo su epicentro en Puente Quetame, Cundinamarca, afirmación que ratificó en declaraciones a El Espectador.
“Si el sismo no se hubiera presentado, casi puedo afirmar que no hubiera habido derrumbes”, advirtió.
Mariño alerta sobre el hecho de que las avalanchas en esa carretera también se presentan por falta de control en la explotación que se adelanta en el río Cáqueza, con permiso del Gobierno, para obtener materiales de construcción, al igual que en el Páramo de Boquerón. “Las auditorías no entregan información, y por eso hay acceso a la carretera sin permiso alguno. Por eso buscamos que la Procuraduría Ambiental se pronuncie”.
Ante las circunstancias, hizo un llamado urgente al Ministerio del Medio Ambiente para que lidere con prontitud un vigoroso y extenso programa de reforestación en la vía Bogotá-Villavicencio, donde, al igual que en otros corredores viales, hay una deforestación preocupante. “Si no somos capaces (de reforestar), vamos a tener carreteras que necesitarán obras más costosas y de menos duración”.
Quizás esa afirmación se traduce parcialmente en los $30 mil millones que en lo corrido del año ha invertido el Invías en varias carreteras del país, que en su gran mayoría presentan severos problemas de erosión en su entorno, que se manifiestan en taponamientos de las vías por la caída de tierra y material rocoso.
Por eso, Mariño observa que “cuando hay deforestación, se cambia el uso del suelo y, por añadidura, hay explotación minera. Todo eso afecta al medio ambiente, las fuentes hídricas, los páramos, y se origina la erosión del terreno”.
Escenarios jurídicos
Sobre el tema, este diario consultó al abogado especializado en derecho administrativo y docente titular de la Universidad del Rosario Manuel Restrepo Medina, quien considera que “si la causa determinante de la inestabilidad del terreno fue el movimiento telúrico, habría una circunstancia de fuerza mayor que en principio exoneraría al Estado de responsabilidad por falla en el servicio”, apreciación compartida por Mariño.
Sin embargo, el experto aclara que “debe tenerse en cuenta que entre el sismo y el deslizamiento transcurrieron 50 días, lapso en el cual se tendría que haber evaluado el impacto del evento natural sobre la obra y determinado las implicaciones probables en el caso de la concurrencia de otros fenómenos como el invierno, para establecer la existencia de riesgos para los usuarios de la obra. Si no se hizo ese diagnóstico y no se tomaron las medidas preventivas y correctivas pertinentes, entonces sí se podría llegar a plantear un escenario de responsabilidad patrimonial a cargo del Estado”.
Al ser indagado sobre si en este caso hubo omisión del Estado al no evitar la tragedia, Restrepo explica que “si se trata de un fenómeno natural imprevisible e irresistible, como acontece en el caso de un sismo, la omisión se presenta cuando ocurrido el fenómeno no se hace un diagnóstico de las implicaciones que se pueden llegar a derivar de su ocurrencia o no se toman las medidas preventivas y correctivas frente a los nuevos riesgos generados por su acaecimiento”.
En cuanto a la posibilidad de que se hubiera presentado una falla en el servicio a raíz del deslizamiento, el gerente de Coviandes afirma tajantemente: “De ninguna manera”, mientras el experto consultado se muestra muy cauto al contemplar dos posibles escenarios. En el primero tiene en cuenta que “frente a la previsibilidad y anticipación del fenómeno en sí, no se puede hablar de falla en el servicio”. Una segunda hipótesis apunta a un reconocimiento de falla en el servicio, “en cuanto haya habido omisión en el establecimiento y prevención de riesgos generados por su ocurrencia”.
El jurista es enfático en precisar que el Estado estaría obligado a indemnizar a las víctimas “cuando se demuestre que frente a la existencia de determinadas condiciones esos eventos eran previsibles y con medidas de protección se hubieran podido eliminar los riesgos de daño generados por su ocurrencia probable; pero si se prueba que el evento era imprevisible, por su solo acaecimiento no habría lugar a responsabilizar al Estado”.
Pero pese a esta última conclusión, Restrepo no cierra las puertas a una posible indemnización del Estado frente a las víctimas de la avalancha, teniendo en cuenta el principio de solidaridad.
“Si no se puede probar la responsabilidad del Estado por falla en el servicio, el principio de solidaridad podría ser un camino para dejar indemnes a los afectados. En los casos en los cuales este principio se ha aplicado, como en España y Francia frente a los atentados terroristas, su establecimiento se ha hecho por ley”, explica.
Y aunque hasta hoy no se conocen noticias sobre demandas de los afectados contra el Estado, recomienda primero acudir a la conciliación para buscar un acuerdo para el pago de una indemnización, y sólo si este intento fracasa, ahí sí promover una demanda.
Al final, con o sin demandas de por medio, Coviandes está a punto de terminar un estudio de vulneración y sismicidad de la vía Bogotá-Villavicencio. Por ahora, a decir de Mariño, la tarea inmediata del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) es conseguir $60 mil millones para hacer estudios y obras que permitan ponerle fin a las avalanchas, entre ellas la construcción de un túnel de 4 mil metros de longitud entre los kilómetros 45 y 49 de ese concurrido tramo vial del centro del país.