Libreta Militar: cómo sacarla y excepciones para no prestar servicio en Colombia
Quienes cumplan con el proceso de incorporación a las filas del Ejército tienen derecho a que sus necesidades básicas de salud, vestuario, alimentación y bonificación mensual sean garantizadas por el Estado durante los 12 meses que dura el servicio.
Desde 1886 el Certificado de Tarjeta Militar es un documento obligatorio solicitado a todos los ciudadanos hombres al alcanzar la mayoría de edad. Según la Ley 1861 de 2017, “el servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública”.
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Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan, para defender la independencia nacional, y las instituciones públicas con los beneficios y exclusiones que establece la presente.
En el mismo documento se lee que “la mujer podrá prestar el servicio militar de manera voluntaria y será obligatorio cuando las circunstancias del país lo exijan y el Gobierno nacional lo determine, y tendrán derecho a los estímulos y prerrogativas que establece esta Ley”.
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¿Cómo sacar la libreta militar?
Si va a cumplir 18 años los hombres, o personas en cuyo registro civil esté consignado el sexo masculino, está en la obligación de definir situación militar. Si no está en el grupo de personas exentas, debe enlistarse en el ejército siguiendo estos pasos:
- Debe inscribirse en la página oficial del servicio militar, donde deberá crear una cuenta. Es recomendable que haga este paso el año previo a cumplir 18 años.
- Llene el formulario que aparece en el portal.
- A su correo electrónico te llegará una notificación en la que tiene que activar su medio de contacto.
- Se le indicará el distrito militar al que debe asistir para presentar los documentos solicitados.
- Una vez acuda a la cita en el distrito militar, le realizarán las inspecciones físicas y médicas para determinar si es apto para el servicio militar. En caso de ser declarado como no apto, deberá pagar para la liberación de su libreta.
¿Quiénes están exentos de la prestación del servicio militar?
Los hombres colombianos pueden apelar a la prestación del servicio militar, acogiéndose a una de las siguientes excepciones:
- Ser hijo único.
- Tener padres incapacitados o mayores de 60 años.
- Tener un hermano muerto o con discapacidad por cuenta del servicio militar.
- Tener discapacidad relativa y permanente.
- Ser un trabajador independiente.
- Ser indígena.
- Ser huérfano de padre o madre y que su trabajo sea lo que ayude al mantenimiento de sus hermanos.
Desde 1886 el Certificado de Tarjeta Militar es un documento obligatorio solicitado a todos los ciudadanos hombres al alcanzar la mayoría de edad. Según la Ley 1861 de 2017, “el servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública”.
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- Debe inscribirse en la página oficial del servicio militar, donde deberá crear una cuenta. Es recomendable que haga este paso el año previo a cumplir 18 años.
- Llene el formulario que aparece en el portal.
- A su correo electrónico te llegará una notificación en la que tiene que activar su medio de contacto.
- Se le indicará el distrito militar al que debe asistir para presentar los documentos solicitados.
- Una vez acuda a la cita en el distrito militar, le realizarán las inspecciones físicas y médicas para determinar si es apto para el servicio militar. En caso de ser declarado como no apto, deberá pagar para la liberación de su libreta.
¿Quiénes están exentos de la prestación del servicio militar?
Los hombres colombianos pueden apelar a la prestación del servicio militar, acogiéndose a una de las siguientes excepciones:
- Ser hijo único.
- Tener padres incapacitados o mayores de 60 años.
- Tener un hermano muerto o con discapacidad por cuenta del servicio militar.
- Tener discapacidad relativa y permanente.
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- Ser indígena.
- Ser huérfano de padre o madre y que su trabajo sea lo que ayude al mantenimiento de sus hermanos.