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Nuevo pico y placa en Ibagué 2024: horarios, cambios y cuándo empieza

La medida se mantendrá desde la calle 10 hasta la calle 83. Entre los cambios habrá rotación de los dígitos por día.

06 de febrero de 2024 - 08:04 p. m.
La medida regirá entre las seis de la mañana y las nueve de la noche.
La medida regirá entre las seis de la mañana y las nueve de la noche.
Foto: Alcaldía de Ibagué
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A partir del lunes 12 de febrero comenzará a regir el pico y placa en Ibagué con las nuevas modificaciones. Una de estas será el cambio del horario de restricción, que ahora será entre las 9:00 a.m. y 11:00 a.m., y las 3:00 p.m. y 5:00 p.m. La alcaldesa Johana Aranda anunció una serie de modificaciones, que se concertaron con la ciudadanía.

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“Es muy importante escuchar a nuestra gente y que estas decisiones sean concertadas; por eso, mantendremos la medida sectorizada. Ustedes los ibaguereños opinaron y nosotros aplaudimos esa solicitud”, dijo la mandataria.

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La alcaldía de Ibagué informó que durante la primera semana se aplicarán medidas pedagógicas y a partir del 19 de febrero se iniciarán las sanciones.

Las modificaciones al pico y placa

Dentro de los tres cambios está la rotación de dígitos. Ahora se hará cada seis meses, por lo que la restricción que regirá entre el 12 de febrero y el 30 de junio es la siguiente:

Lunes: 6 y 7

Martes: 8 y 9

Miércoles: 0 y 1

Jueves: 2 y 3

Viernes: 4 y 5

Mientras que para el segundo semestre la restricción quedará así:

Lunes: 4 y 5

Martes: 6 y 7

Miércoles: 8 y 9

Jueves: 0 y 1

Viernes: 2 y 3

La segunda medida es el cambio en los horarios en los que funcionará el pico y placa en Ibagué. Ahora, la restricción operará entre las 9:00 y 11:00 de la mañana, y las 3:00 y 5:00 de la tarde. “Queremos motivar a los ibaguereños que pagan sus impuestos en la ciudad, que usan nuestra infraestructura vial; a ellos los vamos a premiar con la excepción en la hora valle, solamente para los vehículos matriculados en Ibagué”, añadió la Alcaldesa. La mandataria también señaló que no habrá restricción de movilidad para las motocicletas.

Por último, no se darán permisos especiales a vehículos particulares para la circulación en los días de restricción y solo se tendrá en cuenta las excepciones establecidas.

Excepciones

Entre los acuerdos que se lograron con la ciudadanía está la modificación de la lista de vehículos que podrían circular por la capital tolimense. Entre los que podrán circular están los carros de la Fuerza Pública, los organismos de seguridad y los escoltas; además incluyen a medios de comunicación, que deben llevar una identificación visible del medio; los vehículos de servicios públicos; distribución de alimentos, y carros de valores.

Sumado a esto, se incluyen los automóviles que presten servicios de salud o de emergencias, tales como Bomberos y Cruz Roja; los servicios funerarios; los carros que transporten personas en condición de discapacidad o a altos funcionarios públicos. Finalmente, están exentos de la medida los vehículos eléctricos, de gas natural o híbridos, así como las motocicletas y los carros de enseñanza.

En el caso de los vehículos de otras regiones que van de paso por la ciudad o usan las variantes nacionales, se permitirá su circulación por 120 minutos, presentando el recibo de pago del peaje fechado del mismo día de tránsito.

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