Perfil de un maltratador de mascotas
El maltrato animal es un delito, y el agresor se expone a multas y a una pena de prisión de 12 a 36 meses. Hablan dos expertos.
Daniel Esteban Reyes Espinosa
Los casos de perros, gatos y, en general, de mascotas maltratadas o muertas a manos de personas intolerantes son cada día más comunes en Colombia, a pesar de la evolución en la legislación para proteger a los animales, considerados como seres sintientes.
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Los casos de perros, gatos y, en general, de mascotas maltratadas o muertas a manos de personas intolerantes son cada día más comunes en Colombia, a pesar de la evolución en la legislación para proteger a los animales, considerados como seres sintientes.
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Las noticias criminales que llegan a la Fiscalía han conllevado la apertura de indagaciones, varias de las cuales han avanzado a imputaciones, es decir que a los procesados el ente investigador les ha atribuido el delito de maltrato animal, caso en el cual el proceso penal avanza a la fase de investigación en la cual se determina si el presunto maltratador es o no llamado a juicio para determinar allí su responsabilidad en los hechos denunciados.
Análisis de la violencia
Uno de los motivos aparentes por los cuales una persona decide atacar a un animal de compañía es porque el victimario pretende agredir a alguien más y usa a las mascotas para ese fin, como ocurrió en un caso conocido por la Fiscalía, en el que un hombre habría atacado con arma blanca a “Minnie”, la mascota de su pareja sentimental, que recibió ayuda médica en un centro veterinario, donde le salvaron la vida.
Para Mark Lee, desarrollador de técnicas de educación y comunicación canina, parte de esa violencia hacia los perros se origina en la ignorancia del humano frente a las formas de comunicarse con los animales.
“Todavía hay mucha falta de cultura y educación, y esa ignorancia afecta las formas en la que uno debería socializar, de forma respetuosa, con los animales en general. Hay que tener en cuenta que se debe ser consecuente con los seres sintientes”, menciona Lee.
En enero de 2021, a través de redes sociales, la mujer solicitó ayuda por el delicado estado de su perro, de nombre ‘Tobby’, y la ausencia de recursos para garantizar la atención. Una ciudadana la contactó y le puso una cita en una veterinaria, donde le brindarían asistencia médica al animal; sin embargo, no acudió al encuentro.
El Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal de Bogotá (IDPYBA) intervino y visitó la vivienda de la mujer, pero el perro había sido abandonado en vía pública en precarias condiciones de salud.
Finalmente, ‘Tobby’ fue recuperado y trasladado a una clínica veterinaria. Allí le diagnosticaron moquillo, deshidratación, pulso débil, poca respuesta a estímulos exteriores, diarrea y pelaje áspero. Ante la gravedad de su estado, al canino le fue practicada la eutanasia humanitaria. Por la omisión en el cuidado y atención médica del perro, y el injustificado abandono en la calle, la semana pasada la mujer fue imputada por el delito de maltrato animal.
La violencia hacia los animales, especialmente los perros, representa parte de las problemáticas constantes que viven los colombianos, a pesar de no ser tan visible como otros hechos violentos. Es un rasgo que se debe tratar de reducir, dejando de lado el egoísmo individual.
“Las personas que maltratan animales solo están pensando en ellos. No les importa nada de lo que está pasando alrededor, ni cómo pueden aportar a la sociedad. Solo se enfocan en su egocentrismo, afectando a la sociedad y a seres vivos muy importantes, los animales”, destaca Lee.
El 24 de octubre del 2019, un perro fue atacado con golpes y arma blanca y tiempo después le habrían dado un salchichón con sustancias tóxicas. El perro habría muerto a causa de envenenamiento y el atacante le imputaron el cargo de maltrato animal agravado.
Los victimarios fueron víctimas
John Díaz, psicólogo egresado de la Universidad los Libertadores y con cinco años de experiencia en el área clínica, explica que “si se violenta o se agrede a una persona en su primera infancia, se configura una persona potencialmente maltratadora, puesto que el sujeto normaliza la violencia como una forma de expresión social y emocional, llevando a que la persona maltrate a los suyos y a los seres vivos de los cuales está a cargo, como un animal doméstico”.
En otro caso, en Bucaramanga, una mujer fue multada con $10 millones en mayo del año pasado, por abandonar a un gato. “La vida de los animales también es sagrada”, dijo Francisco Rey, subsecretario de interior de Bucaramanga, quien recordó que el maltrato o abandono de animales puede llevar a multas hasta de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Aquí resulta clave la primera infancia de las personas porque esta define parte del camino que un individuo recorrerá a lo largo de su vida. Desde sus rituales socioculturales, sus mismos miedos y, en este caso, el desarrollo socioemocional en el cual se desenvuelve día a día al interactuar con otros individuos.
“Usualmente, las personas que sufrieron violencia en su infancia desarrollan una personalidad antisocial. Se les dificulta convivir en comunidad y a veces les es difícil asimilar emociones y sentimientos como el dolor y los afectos. Son carentes de empatía”, comenta el psicólogo.
Díaz advierte que las afectaciones negativas en la primera infancia de una persona pueden ser tan nocivas que los actos de los cual ha sido víctima son el caldo de cultivo perfecto para configurar una personalidad psicópata.
“No solo es el desarrollo de una personalidad antipática, sino que se sufre la posibilidad de llegar a tener trastornos mentales como la psicopatía, en la que la persona está imposibilitada en comprender sentimientos humanos y así mismo, llevar un proceso recíproco. Son agresivos”, recalca Díaz.
El 24 de abril del 2021, un sujeto le habría amputado una pata delantera con una guadaña a un labrador en Aguazul, Casanare. En este caso, la Fiscalía le atribuyó al procesado el delito de maltrato animal.
¿Qué hacer?
Cómo sociedad, se puede trabajar desde la prevención, cuidando la primera infancia del humano. " En esta etapa es donde aprendemos a querer, sentirnos identificados con el dolor, el sufrimiento, el maltrato hacia el otro. Prevenir en la primera infancia es la mejor forma de evitar que niños se conviertan en adultos maltratadores”, comenta Díaz.
“Debemos intervenir a los que desafortunadamente hoy en día son maltratadores. Estas personas deben tener un sentimiento de autocrítica con sus actos. Esto se hace por medio de la psicoterapia”, añade el psicólogo. Así, el individuo agresor puede entender su conflicto y resolver su pasado.
Para Díaz, en estos eventos “es necesario realizar un enfoque socio pedagógico, donde la sociedad pueda acoger a estas personas, brindarles muestras de cariño y de afecto que no tuvieron; además de mostrarles la empatía. Finalmente, estas personas, victimarias, fueron víctimas”.
Mark Lee recalca sobre el entendimiento entre el humano y el animal que, considera, “no se da hasta que el humano no sepa que al resto de las personas y los seres vivos que no sean igual que nosotros, hay que respetarlos igual, como queremos que nos respeten. Yo creo que ahí radica el cambio.”
Conozca la norma: esto dice el Código Penal
Delitos contra la vida, la integridad física y emocional de los animales
ART. 339A.—Adicionado. L. 1774/2016, art. 5º.El que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
ART. 339B.—Adicionado.L.1774/2016, art.5º.Circunstancias de agravación punitiva. Las penas contempladas en el artículo anterior se aumentarán de la mitad a tres cuartas partes, si la conducta se cometiere:
a) Con sevicia;
b) Cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público;
c) Valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos;
d) Cuando se cometan actos sexuales con los animales;
e) Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza funciones públicas.
PAR. 1º—Quedan exceptuadas de las penas previstas en esta ley, las prácticas, en el marco de las normas vigentes, de buen manejo de los animales que tengan como objetivo el cuidado, reproducción, cría, adiestramiento, mantenimiento; las de beneficio y procesamiento relacionadas con la producción de alimentos; y las actividades de entrenamiento para competencias legalmente aceptadas.
PAR. 2º—Quienes adelanten acciones de salubridad pública tendientes a controlar brotes epidémicos, o transmisión de enfermedades zoonóticas, no serán objeto de las penas previstas en la presente ley.