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                                                                                                                                Polémica por cobro a buses y taxis por ‘poner’ música así sea de una emisora

                                                                                                                                De acuerdo con Sayco & Acinpro, cualquier servicio de transporte público deberá pagar una licencia por un año que costará mensualmente $18.000 por música y $41.000 por películas.

                                                                                                                                Redacción Nacional

                                                                                                                                Archivo El Espectador / Archivo El Espectador

                                                                                                                                Esta semana se generó un debate alrededor del anuncio de Sayco & Acinpro sobre el cobro al servicio de transporte público por poner música, videos musicales o películas durante sus recorridos.

                                                                                                                                Según la directora de Sayco & Acinpro, María Victoria Galeano, cualquier bus o taxi que desee contar con este servicio y no ioncurrir en castigos, deberá pagar una licencia que mensualmente será de 18.000 pesos por poner música o 41.000 pesos por ver películas.

                                                                                                                                “Lo que se cobra es cuando se almacena la música en una USB y luego se difunde ante unos pasajeros porque hay una comunicación pública (…) si (el conductor) va con audífonos bien pero si los pasajeros van disfrutando de la música debe pagar”, señaló Galeano en entrevista con Blu Radio.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Explica que una emisora paga por la radiodifusión pero cuando esa señal llega al transporte público y se retransmite a varias personas se genera un nuevo derecho.

                                                                                                                                Sayco le da una licencia a las radiodifusoras, pero cuando una persona hace una difusión adicional es otro derecho, si yo amplio esa señal estoy generando otro derecho, pasa también en el caso de una cafetería o una casa de banquetes porque está pagando por la comunicación pública y son derechos distintos, porque la emisora no paga para que esa señal sea ampliada a un espacio público”.

                                                                                                                                Respecto a las dudas que han expresado a través de redes sociales los colombianos sobre si también deberá pagar cualquier persona que haga una reunión o fiesta y por haber más de dos personas disfrutando de la música, la directora de la organización que protege los derechos de los autores aclaró que sólo se cobra cuando es un espacio público y no el domicilio.

                                                                                                                                Dijo que si uno está en su casa o en su carro particular no debe hacerlo porque se entiende que es de su propiedad pero, si está en una cafetería por ejemplo y más personas escuchan la música este establecimiento también deberá pagar derechos. “Una cosa es poner el radio para mi privacidad y otra para los demás”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Archivo El Espectador / Archivo El Espectador

                                                                                                                                Esta semana se generó un debate alrededor del anuncio de Sayco & Acinpro sobre el cobro al servicio de transporte público por poner música, videos musicales o películas durante sus recorridos.

                                                                                                                                Según la directora de Sayco & Acinpro, María Victoria Galeano, cualquier bus o taxi que desee contar con este servicio y no ioncurrir en castigos, deberá pagar una licencia que mensualmente será de 18.000 pesos por poner música o 41.000 pesos por ver películas.

                                                                                                                                “Lo que se cobra es cuando se almacena la música en una USB y luego se difunde ante unos pasajeros porque hay una comunicación pública (…) si (el conductor) va con audífonos bien pero si los pasajeros van disfrutando de la música debe pagar”, señaló Galeano en entrevista con Blu Radio.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Explica que una emisora paga por la radiodifusión pero cuando esa señal llega al transporte público y se retransmite a varias personas se genera un nuevo derecho.

                                                                                                                                Sayco le da una licencia a las radiodifusoras, pero cuando una persona hace una difusión adicional es otro derecho, si yo amplio esa señal estoy generando otro derecho, pasa también en el caso de una cafetería o una casa de banquetes porque está pagando por la comunicación pública y son derechos distintos, porque la emisora no paga para que esa señal sea ampliada a un espacio público”.

                                                                                                                                Respecto a las dudas que han expresado a través de redes sociales los colombianos sobre si también deberá pagar cualquier persona que haga una reunión o fiesta y por haber más de dos personas disfrutando de la música, la directora de la organización que protege los derechos de los autores aclaró que sólo se cobra cuando es un espacio público y no el domicilio.

                                                                                                                                Dijo que si uno está en su casa o en su carro particular no debe hacerlo porque se entiende que es de su propiedad pero, si está en una cafetería por ejemplo y más personas escuchan la música este establecimiento también deberá pagar derechos. “Una cosa es poner el radio para mi privacidad y otra para los demás”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por Redacción Nacional

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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