Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El exalcalde de Buenaventura, Valle del Cauca, Bartolo Valencia Ramos (2012-2015), fue sancionado con destitución e inhabilidad general por 10 años. La razón: en fallo de primera instancia la Procuraduría General de la Nación lo halló responsable disciplinariamente de las irregularidades en el manejo de recursos del sector de la educación destinados a los niños, niñas y adolescentes del distrito portuario.
(Le sugerimos leer: Comprar casa: Barranquilla abre convocatoria para 15.000 viviendas VIS y VIP)
En un comunicado, la Procuraduría explicó que evidenció que, durante los años 2014 y 2015, Valencia Ramos destinó $3.492′000.000 del Sistema General de Participaciones para pagar dos contratos de prestación de servicios educativos para 3.880 estudiantes, de los cuales, según los hallazgos de firmas auditoras contratadas por el Ministerio de Educación, 2.321 alumnos eran inexistentes, lo que generó un detrimento patrimonial por $2.088′900.000.
Además, según la investigación, el exmandatario incluyó en el Banco de Oferentes al Centro Docente Ana Victoria, haciéndolo elegible para contratar servicios educativos, y posteriormente celebró con el mismo cuatro contratos, a pesar de incumplir los requisitos de reconocida trayectoria, idoneidad e infraestructura.
La entidad recordó al exmandatario que “en el uso de los dineros del Sistema General de Participación para educación estaban involucrados tanto el interés público como recursos públicos, y por su cargo de primera autoridad de contratación del Distrito debía propender por verificar dicho interés público y respetar el principio de responsabilidad que regula la contratación administrativa”.
(Puede interesarle: ¿Qué se sabe del ciberataque ruso contra el operador nuclear de Ucrania?)
Con estas conductas el exfuncionario incurrió en falta gravísima a título de culpa gravísima por desconocer el principio de responsabilidad de la contratación estatal y manejar irregularmente dineros que debían ser destinados a la prestación de un servicio educativo con calidad.
Contra esta decisión el exalcalde podrá interponer un recurso de apelación para tratar de cambiar la decisión.