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                                                                                                                                Contenido Patrocinado
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                                                                                                                                Vacancia judicial en diciembre de 2024: ¿cuándo inicia y cuándo termina?

                                                                                                                                La vacancia judicial en Colombia empezará a regir desde el próximo viernes 20 de diciembre.

                                                                                                                                Luis Felipe Diaz

                                                                                                                                La vacancia no implica que los procesos que están siendo llevados a cabo se pausen, el resto de instituciones que siguen trabajando con normalidad se encargarán de estos procesos para no entorpecer el sistema.
                                                                                                                                Foto: freepik
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Aunque la vacancia judicial implica el cierre temporal de la mayoría de los despachos judiciales, no todos los servicios se interrumpen. Para atender asuntos urgentes y garantizar la continuidad de ciertos procesos, varias entidades permanecerán activas:

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Consejo Superior de la Judicatura y Consejos Seccionales: Continuarán sus actividades administrativas y disciplinarias.

                                                                                                                                Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y sus direcciones seccionales: Garantizarán el funcionamiento de los servicios administrativos esenciales.

                                                                                                                                Juzgados penales municipales y de ejecución de penas y medidas de seguridad: Estos despachos no solo atenderán asuntos propios de su competencia ordinaria, sino que tendrán la responsabilidad adicional de gestionar acciones de tutela y otros casos urgentes durante la vacancia colectiva.

                                                                                                                                Fiscalía General de la Nación: Continuará con sus investigaciones y labores procesales.

                                                                                                                                Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses: Mantendrá sus actividades en apoyo a la administración de justicia.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Con la entrada en vigor de la Ley 2430/24, los juzgados penales municipales y los de ejecución de penas serán fundamentales durante la vacancia judicial, pues además de su carga habitual, asumirán la responsabilidad de atender los asuntos extraordinarios que en condiciones normales corresponderían a otros despachos judiciales.

                                                                                                                                ¿Qué pasa con el término de caducidad de algunos casos durante la vacancia?

                                                                                                                                Uno de los temas que suelen generar inquietud en este periodo es si los términos de caducidad se ven afectados por la vacancia judicial. Según la Sección Tercera del Consejo de Estado, la vacancia judicial no interrumpe ni suspende estos términos, salvo en casos específicos previstos por la ley.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El término de caducidad solo puede suspenderse en situaciones contempladas en el artículo 3º del Decreto 1716 de 2009 y el artículo 21 de la Ley 640 de 2001. Estas disposiciones establecen que la suspensión opera únicamente cuando se presenta una solicitud de conciliación extrajudicial, y en tales casos se aplican las siguientes reglas:

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                • Si estas constancias no se emiten, el término se suspende durante un máximo de tres meses contados a partir de la presentación de la solicitud de conciliación.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Fuera de estos casos, el término de caducidad no se interrumpe por la vacancia judicial. Sin embargo, si este plazo vence en un día inhábil, el Consejo de Estado ha indicado que se prorroga hasta el primer día hábil siguiente.

                                                                                                                                La vacancia no implica que los procesos que están siendo llevados a cabo se pausen, el resto de instituciones que siguen trabajando con normalidad se encargarán de estos procesos para no entorpecer el sistema.
                                                                                                                                Foto: freepik
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Aunque la vacancia judicial implica el cierre temporal de la mayoría de los despachos judiciales, no todos los servicios se interrumpen. Para atender asuntos urgentes y garantizar la continuidad de ciertos procesos, varias entidades permanecerán activas:

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Consejo Superior de la Judicatura y Consejos Seccionales: Continuarán sus actividades administrativas y disciplinarias.

                                                                                                                                Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y sus direcciones seccionales: Garantizarán el funcionamiento de los servicios administrativos esenciales.

                                                                                                                                Juzgados penales municipales y de ejecución de penas y medidas de seguridad: Estos despachos no solo atenderán asuntos propios de su competencia ordinaria, sino que tendrán la responsabilidad adicional de gestionar acciones de tutela y otros casos urgentes durante la vacancia colectiva.

                                                                                                                                Fiscalía General de la Nación: Continuará con sus investigaciones y labores procesales.

                                                                                                                                Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses: Mantendrá sus actividades en apoyo a la administración de justicia.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Con la entrada en vigor de la Ley 2430/24, los juzgados penales municipales y los de ejecución de penas serán fundamentales durante la vacancia judicial, pues además de su carga habitual, asumirán la responsabilidad de atender los asuntos extraordinarios que en condiciones normales corresponderían a otros despachos judiciales.

                                                                                                                                ¿Qué pasa con el término de caducidad de algunos casos durante la vacancia?

                                                                                                                                Uno de los temas que suelen generar inquietud en este periodo es si los términos de caducidad se ven afectados por la vacancia judicial. Según la Sección Tercera del Consejo de Estado, la vacancia judicial no interrumpe ni suspende estos términos, salvo en casos específicos previstos por la ley.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El término de caducidad solo puede suspenderse en situaciones contempladas en el artículo 3º del Decreto 1716 de 2009 y el artículo 21 de la Ley 640 de 2001. Estas disposiciones establecen que la suspensión opera únicamente cuando se presenta una solicitud de conciliación extrajudicial, y en tales casos se aplican las siguientes reglas:

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                • Si estas constancias no se emiten, el término se suspende durante un máximo de tres meses contados a partir de la presentación de la solicitud de conciliación.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Fuera de estos casos, el término de caducidad no se interrumpe por la vacancia judicial. Sin embargo, si este plazo vence en un día inhábil, el Consejo de Estado ha indicado que se prorroga hasta el primer día hábil siguiente.

                                                                                                                                Por Luis Felipe Diaz

                                                                                                                                Temas recomendados:

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