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La publicación de un video pornográfico realizado en una de las cabinas del Metrocable de Medellín ha causado indignación y rechazo por parte de usuarios y autoridades del sistema.
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El video, que tiene una duración de 5:52 minutos y que ya superó las 19.000 vistas, fue grabado en la ruta Santo Domingo-Arví (línea L), cuyo destino es el Parque Arví, ubicado en el nororiente de la ciudad.
Al parecer, los protagonistas del polémico video son extranjeros y aparecen en otros portales de contenidos para adultos, por lo que no sería la primera vez que se graban teniendo relaciones sexuales en espacios públicos.
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Por su parte, la empresa de Metro de Medellín emitió un comunicado rechazando los hechos. “Ante la publicación en un portal web de un video pornográfico grabado en una de las telecabinas del Metrocable Arví, el Metro de Medellín informa que desconoce si fue producido recientemente y rechaza este tipo de actos que van en contra del reglamento del usuario”, afirmó la empresa.
Además, la compañía hizo un llamado al respeto por los usuarios y por el medio de transporte, “invitamos al correcto uso de las telecabinas, buses, tranvías y trenes que cada día sirven a casi un millón de usuarios en promedio y que diariamente aporta a mejorar la calidad de vida de todas las personas”, agregó.
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Cabe recordar que, según el reglamento que rige la seguridad en el Metro de Medellín, este tipo de actividades protagonizadas por los usuarios son objeto de penalización e intervención inmediata de las autoridades. “Prohibiciones: utilizar la infraestructura y vehículos de transporte administrada u operada por la empresa para realizar volanteo, actividades comerciales, publicitarias, culturales y de propaganda o captar imágenes”, indica la norma.
Multa por tener relaciones sexuales en espacio público
Tener relaciones sexuales en espacios públicos no está contemplado en la ley como un delito, sin embargo, es un comportamiento que afecta a la convivencia ciudadana.
Por conductas de este tipo, en las que entran las relacionadas con actos sexuales, la sanción establecida por la ley es una multa general tipo 3 e implica el pago de 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), que equivale aproximadamente a 533.000 pesos.