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En las últimas horas se divulgó un video en redes sociales en el que se ve a un miembro del esquema de seguridad del Alcalde de Medellín, Daniel Quintero, discutir con una ciudadana que, al parecer, le gritó injurias al mandatario.
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En el video, que no muestra lo que la señora le gritó al alcalde, se escucha al mayor de la Policía, Sergio Andrés Yepes, cuando le dice a la mujer que “hay un delito que se llama injuria y calumnia, si usted no tiene cómo comprobarlo (lo que le dijo al alcalde) se va a meter en problemas”. Ella le responde que eso “está comprobado en la Fiscalía”.
Luego el mayor, que está vestido de civil, le pide a un policía uniformado que realice la anotación que de lo sucedido y habla de “denuncia penal por gritar lo que está gritando”. Según reseñó El Colombiano “la mujer fue aprehendida por la Policía y llevada a la estación de Policía de El Poblado”. Sin embargo, el capitán Manuel Tovar, jefe de prensa de la Policía de Medellín, le dijo a El Espectador que la señora “nunca fue movida del lugar de los hechos” y agregó que lo que se hizo fue un comparendo amparado el artículo art 35 de la Ley 1801 del 2016 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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¿Qué decisión tomó la Policía con respecto a la mujer acusada de injuriar a Daniel Quintero?
“Al reyezuelo de Medellín no se le puede ni mirar”, fue el comentario expresado en Twitter por el abogado Daniel Briceño, que ha sido crítico del mandatario local. Por su parte, el abogado Alejando Garcés, indicó que es un procedimiento legal, que está sustentado en el Código de Policía, donde dicta que en casos como este será sancionado por “irrespetar a las autoridades de Policía”.
Una ciudadana cuestiona públicamente al alcalde Daniel Quintero cuando va por la calle e inmediatamente su escolta la amenaza.
— Daniel F. Briceño (@Danielbricen) May 11, 2023
Al reyezuelo de Medellín ya no lo pueden ni mirar. pic.twitter.com/2zilP3lxX6
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Sin embargo para el abogado Briceño, podría haber “una extralimitación de funciones del escolta del Acalde” puesto que asegura que dentro de sus funciones no está proteger al Alcalde de lo que le digan, sino de lo que le puedan hacer físicamente. Además agrega que “es políticamente incorrecto usar los elementos del Estado para intimidar a una personas que genera una crítica.”
Garcés aclara que “usted puede expresar su libre opinión, pero no puede afectarle el buen nombre a otra persona amparándose en la libertad de expresión”, puesto que la Corte Constitucional ya lo ha ratificado anteriormente en otros casos donde están vinculados políticos y, en este caso, la persona estaría incurriendo en “injuria”.
Finalmente, la visita del Alcalde Daniel Quintero al Parque Lleras se da en medio de la polémica por la decisión de la administración distrital de regular del ingreso de las personas a este espacio público, con el fin contrarrestar el fenómeno de las trabajadoras sexuales que regularmente se tomaban el lugar para ofrecer sus servicios.
Para Briceño la medida de la alcaldía es cuestionable. “Me parece la medida más desafortunada, de juzgar y mirar de arriba a abajo a una persona que entra al Parque y que además no está solucionando de fondo ningún problema de trabajo sexual, porque al rededor de los puntos de seguridad están llenas de mujeres que ejercen servicios sexuales”.
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