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El exjefe paramilitar Salvatore Mancuso no será, por lo pronto, juzgado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La Sala de Reconocimiento, que por primera vez estudió el sometimiento de un máximo responsable de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), le cerró sus puertas en primera instancia, argumentando que entre 1989 y 1997—periodo por el que solicitó ser aceptado como tercero civil, es decir, como una persona que apoyó, auspició o financió el conflicto armado—realmente fue un "miembro orgánico de la estructura criminal, desarrollando una función continua de combate”.
Eso significa que Mancuso fue un combatiente activo que, como los demás paramilitares, debe ser juzgado en el tribunal de Justicia y Paz, creado después de la desmovilización de las Auc. Su relación con las autodefensas, insistió la magistratura, "no fue esporádica sino, por el contrario, tuvo una vocación de permanencia y mayor sofisticación a medida que pasaba el tiempo". Mancuso podrá apelar el pronunciamiento de la JEP.
Para tomar la decisión, la Sala de Reconocimiento revisó no solo la solicitud de Mancuso, sino también los procesos seguidos en su contra en la justicia ordinaria, en Justicia y Paz e, incluso, las investigaciones extrajudiciales, como la del Centro Nacional de Memoria Histórica. En todas, de acuerdo con la JEP, queda clara “su participación en el conflicto armado interno entre 1989 y 1997 constituyó lo que en el Derecho Internacional Humanitario se llama una “función continua de combate”, que demuestra su participación directa en las hostilidades”.
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Por su parte, la defensa de Mancuso argumentó en la solicitud que, a pesar de ser un exjefeparamilitar, también fue informante del Ejército en 1989 y colaborador del mismo. También describió el entrenamiento militar que le dio el mayor del Ejército Walter Fratini Lobacio, comandante del batallón de contraguerrilla de la IX Brigada del Ejército, así como la participación de Mancuso en patrullajes contrainsurgentes ilegales, realizados con Frantini y con soldados y exguerrilleros.
A la muerte de Fratini, Mancuso asumió el mando de este grupo especial. En 1994 Mancuso conoció a los hermanos Fidel y Carlos Castaño Gil, jefes de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), y se unió a ellos. Para la JEP, "esta descripción la lleva a concluir que Mancuso fue en este periodo “un miembro orgánico de los nacientes grupos y, por lo tanto, excluido de la competencia constitucional de la JEP”. Al final, cuatro magistrados votaron a favor de rechazar el sometimiento, dos de ellos presentaron además aclaración de voto. Los tres magistrados restantes presentaron salvamento de voto. Ahora el exjefe paramilitar podrá apelar la decisión.
Mancuso, quien este año terminará de pagar su condena por narcotráfico en Estados Unidos, pidió pista en la JEP desde abril de 2018. En ese momento se comprometió con los magistrados a dar una verdad exhaustiva y aseguró que si bien aportó una vasta información en Justicia y Paz, en la que menciona a empresas y personas naturales, esta no fue investigada y por ello retomará los relatos en la JEP, para que no queden impunes.
Hizo hincapié en aquellas investigaciones que en su mayoría han terminado con sentencias absolutorias y señala como responsables o partícipes a las siguientes personas: “Santiago Uribe Vélez, Álvaro Uribe Vélez, Piedad Córdoba, Iván Cepeda, “el doctor Lara” y la familia de Alfonso López”, según explicó en su plan de contribución a la verdad y reparación a las víctimas, un requisito fundamental para entrar a la JEP.
En ese mismo plan dijo que confesaría sus acciones de intimidación y muertes violentas de personas pertenecientes a grupos de izquierda, al igual que con acciones de destrucción y apropiación de bienes civiles (despojo de tierras) y alianzas con políticos y empresarios, principalmente, en el caso territorial de Urabá. Sin embargo, al final este tribunal decidió rechazar su propuesta.
De acuerdo con la Fiscalía, estuvo al frente de 139 masacres, en las que asesinaron a 837 personas en el país. Entre ellas están la del corregimiento El Salado, del municipio de Carmen de Bolívar, donde fueron asesinadas cerca de cuarenta personas en febrero de 2000; el corregimiento de El Aro, del municipio de Ituango (Antioquia), donde asesinaron a 17 campesinos, robaron sus bienes y quemaron el pueblo en 1997, y la del municipio de Mapiripán, donde ejecutaron a 75 campesinos, en el mismo año.
El exjefe de los bloques Córdoba, Catatumbo, Norte y Héroes de Montes de María ha ido contando la verdad sobre estos graves crímenes en el tribunal de Justicia y Paz, creado con la Ley 975 de 2005, en el que debían pagar una condena de ocho años a cambio de verdad y reparación a las víctimas.
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Desde Estados Unidos—a donde fue extraditado en 2008 por seguir delinquiendo y traficando drogas—realizó decenas de audiencias sobre su participación en homicidios, masacres, desplazamiento, reclutamiento de niños y niñas, desapariciones, alianzas con el Estado, entre otros. Hasta el momento, se han proferido dos sentencias en su contra, una el 31 de octubre por de 2014, por delitos cometidos en Norte de Santander, y la otra, el 20 de noviembre de ese año, por los hechos cometidos por los cuatro bloques que lideró. Entre ambas sentencias fue juzgado por más de 1.500 crímenes que se ejecutaron bajo su orden.
‘Paras’ en la JEP
Con esta decisión empiezan a verse más certezas dentro del debate de si debían entrar o no exmiembros de las Auc. La JEP, en múltiples ocasiones, ha rechazado sus solicitudes, argumentando que no tienen competencia sobre este grupo, debido a que esta justicia es el resultado de la voluntad de las partes firmantes del Acuerdo Final entre las Farc y el Gobierno Nacional. Solo pueden ingresar militares, exguerrilleros y civiles, si lo desean, como financiadores del conflicto armado. En sus respuestas, les ha dicho a los paramilitares que su juez natural es el tribunal de Justicia y Paz, creado tras su desmovilización.
En caso de entrar a la Jurisdicción sólo podrían hacerlo en calidad de terceros civiles. Esta excepción, a la luz de otros fallos en la justicia ordinaria, establece que hay personas que antes de ingresar a las filas de las Auc financiaron o contribuyeron a estructuras armadas. A eso se le ha llamado “la circulación de roles entre terceros civiles y miembros de grupos armados ilegales”, un hecho notorio de la historia del conflicto armado en Colombia, según la JEP.
“En la práctica puede darse el caso de un tercero civil que inicialmente emprendió acciones de promoción, financiación y auspicio o colaboración con grupos paramilitares, y posteriormente derivó en una adscripción completa a la estructura, convirtiéndose en miembro por tener una función continua de combate”, ha explicado la magistratura. En ese caso, el solicitante, como Mancuso, debe demostrar esa circulación y que tiene una verdad extraordinaria por contar.
Los magistrados, además, han explicado que si los antiguos Auc ingresan solo tendrán que responder por financiar o colaborar con actores del conflicto armado. Eso quiere decir que los otros hechos delictivos cometidos como militantes, como homicidios, masacres, desaparición forzada y concierto para delinquir, deberán ser resueltos en otra jurisdicción, ya sea en la ordinaria o en Justicia y Paz.
Por su parte, los exjefes paramilitares han insistido en que sin ellos la verdad de la guerra que busca la JEP quedará incompleta. Dicen que son actores del conflicto armado y que muchos de ellos no han esclarecido todos los hechos en Justicia y Paz. Edwar Cobos, conocido en la guerra como Diego Vecino y quien estuvo a cargo del Bloque Montes de María, le dijo a este diario que en la JEP había una gran contrariedad al no permitir la entrada de Mancuso: “Estamos en un país que habla de paz todos los días, pero estamos siendo excluidos en esa construcción de paz. La justicia puede ser diferenciadora, pero no excluyente. Es que ese ha sido el problema del país, la exclusión”.
(Vea: 'Sin los empresarios no se cierra el conflicto armado': Philipp Wesche)
Varios expertos de justicia transicional están de acuerdo con esta postura. De hecho, el Acuerdo de La Habana tenía fuero de atracción total para los hechos relacionados con el conflicto de manera directa o indirecta. Y eso incluía a todos los actores de la guerra: las guerrillas, los militares y los paramilitares. Pero después de que ganara el “No” del plebiscito cambiaron las reglas de juego, entre ellas, limitar el alcance de la JEP. Estos expertos han defendido que su verdad sigue siendo indispensable y no solo desde el financiamiento, sino también desde las graves violaciones de derechos humanos.
En cambio, la Procuraduría le ha manifestado a la JEP que los paramilitares no tienen cabida en esta nueva justicia transicional y que debieron responder ante Justicia y Paz. El Ministerio Público ha advertido que se debe tener cuidado, principalmente, con los exjefes paramilitares que han vuelto a reincidir en actos delictivos.