Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) hizo un llamado a los terceros civiles, como empresarios, y agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, como gobernadores y alcaldes, que tengan relación con hechos cometidos en el conflicto armado para que se acojan a esta justicial transicional.
De acuerdo con las normas de procedimiento de la JEP, los plazos para que estas personas se sometan voluntariamente están ligados a la sanción de la Ley Estatutaria, que fue firmada la semana pasada por el presidente Iván Duque y comenzó a regir el pasado 6 de junio de 2019.
Lea también: Las razones de la Corte Constitucional para “sacar” a los terceros de la JEP
La ley establece, por un lado, que quienes hayan sido vinculados a una investigación penal antes del 6 de junio de 2019 tendrán un plazo de tres meses para presentar su solicitud, contado desde ese día.
Por el otro, que a quienes se les haya abierto un proceso después de esta fecha tendrán también un plazo de tres meses para presentar su solicitud, a partir del momento en el que la Fiscalía los haya vinculado formalmente a una investigación.
En caso de que un tercero civil o un agente del Estado quiera ser juzgado por la JEP y tenga un proceso judicial, primero debe presentarse ante la justicia ordinaria. Esta suspenderá su investigación mientras se hace el traslado a la justicia transicional, que deberá decidir si asume o no el caso.
Cabe aclarar que no es necesario estar dentro de una investigación penal si una persona quiere someterse a la JEP. Según la Corte Constitucional, pueden vincularse si, por ejemplo, resultan “comprometidos en una declaración ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad o en uno de los informes remitidos a dicha Sala por cualquiera de los órganos, instituciones u organizaciones de víctimas”.
En contexto:
Uno de los grandes interrogantes al crear la JEP era si esta justicia debía o no juzgar a los terceros civiles o los agentes del Estado no armado que hayan cometido delitos o estén relacionados con hechos del conflicto armado. Pero ¿quiénes pertenecen a estos grupos? Empresarios, comerciantes, alcaldes, gobernadores, fiscales, magistrados, diputados, congresistas, agentes de inteligencia, entre otros.Lea también: Fiscalía investiga a 5.563 personas que habrían auspiciado el conflicto
Sin embargo, la Corte Constitucional, en su sentencia C-080, por medio de la cual le dio el visto bueno a la Ley Estatutaria de la JEP, zanjó esa discusión afirmando que estas personas deberán acogerse a la justicia transicional voluntariamente. Hasta el momento, al menos unos 400 particulares han pedido pista en esta jurisdicción.
De acuerdo con la Fiscalía, a partir de un barrido de investigaciones de Justicia y Paz, el proceso que se adoptó con los paramilitares, hay 2.311 terceros civiles y 1.835 agentes de Estado no combatientes que habrían auspiciado el conflicto armado en Colombia.