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En uno de los videos grabados por una cámara de seguridad en Cali, y otro capturado por un manifestante el pasado 28 de abril, se ve cómo un joven le pega una patada a un policía que está en su moto. El joven inmediatamente corre, huye del lugar. En eso, se ve también al policía tomar su arma y accionarla en dirección al joven. Al menos un disparo lo impacta por la espalda y Marcelo Agredo, de 17 años, cae al piso, muerto. Según el general Juan Carlos Rodríguez, comandante de la Policía, el oficial que disparó contra Agredo fue al lugar para atender un supuesto hurto. Sin embargo, y de acuerdo con las protestas masivas de ese día y los siguientes, la Policía Nacional en su deber de garantizar los derechos fundamentales de los manifestantes, debía seguir el “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del estado y protección del derecho a la protesta pacífica”, que en su artículo 35 prohíbe el uso de armas de fuego durante las manifestaciones.
#PorCuestiónPúblicaMeEnteré de que un joven en Cali murió después de recibir impacto de bala, que habría sido disparado por un policía, durante el #ParoNacional28A. @cuestion_p reconstruyó los hechos a partir de videos recabados. Sigue el hilo 👇🏽 pic.twitter.com/6VzyD8377d
— Cuestión Pública (@cuestion_p) April 29, 2021
Este protocolo lo establece el Decreto 003 del 5 de enero de 2021 y es el resultado de una mesa de trabajo entre organizaciones sociales y el Gobierno, en cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia para proteger el derecho fundamental de la protesta. Y si bien es un avance, no alcanza a regular las garantías para ejercer este derecho, pues eso solo podría hacer una ley estatutaria que desde hace al menos cuatro años el Congreso está en deber de legislar y no lo ha hecho.
Esa ley es, además, un mandato del punto 2 del Acuerdo de Paz firmado entre el Estado y la antigua guerrilla de las Farc en 2016. El documento manda a que se reglamenten las garantías de la protesta pacífica, como una forma de participación ciudadana. Aunque eso no se ha hecho, lo establecido en el protocolo de la actuación de la Fuerza Pública, si se cumpliera, podría haber evitado al menos 11, de los 24 muertos que ha registrado la Defensoría del Pueblo, que tienen como supuestos responsables a agentes de la Policía.
(Lea también: Indepaz denuncia 31 muertes y Defensoría 24 en medio del Paro Nacional)
El protocolo es claro. Además de la prohibición del uso de armas de fuego, la Fuerza Disponible tampoco debe portarlas ni usarlas, y el Ministerio Público debe verificar la identificación, dotación y órdenes de servicio de los Policías. Además, todas sus actuaciones deben estar basadas en 12 principios, entre estos, el de respeto y garantía de derechos, no estigmatización, finalidad legítima en el uso de la fuerza y proporcionalidad.
De acuerdo con este último, que se refiere a que los medios que use la fuerza pública deben estar sujetos a la “peligrosidad de la amenaza”, la respuesta a la patada de Marcelo Agredo, que además ya estaba lejos del oficial y no tenía armas, no debían ser disparos. De la misma manera, quedan preguntas sobre las víctimas mortales que registra la Defensoría y al menos dos hechos más: la estigmatización y las agresiones a la prensa.
“Hay unas reglas (en el protocolo) que quedan a todas luces desbordadas cuando tú ves los resultados en materia de muertos, de jóvenes que fueron mutilados, que perdieron los ojos, de detenciones arbitrarias que, dicho sea de paso, la mayoría fueron declaradas ilegales por los jueces de controles de garantías, fueron declarados ilegales los allanamientos”, dice el abogado defensor de derechos humanos Alirio Uribe Muñoz.
Para él, una de las violaciones a este decreto es la estigmatización: “algo que dijo la sentencia y el protocolo es que no se pueden estigmatizar a las organizaciones y tú viste al Ministro de Defensa diciendo que los Escudos Azules, que son un grupo de jóvenes, eran terroristas. Cuando dicen que la minga indígena es del Eln… Todo eso está violando la sentencia de la Corte Constitucional, está violando el protocolo”.
Julián González, abogado de la Comisión Colombiana de Juristas y uno de los convocados a la mesa en la que se estableció el protocolo de 2021, piensa que “es voluntad política de hacer aplicar el protocolo. Las cosas que uno ve en videos y en declaraciones serían suficientes para empezar procesos disciplinarios y procesos penales en los casos más graves”. González recuerda que varias de las propuestas de las organizaciones sociales al Gobierno tenían que ver precisamente con el punto de los procesos posteriores a las violaciones de derechos humanos y, sobre todo, a acciones para prevenir que sucedieran.
Uno de ellos era establecer la responsabilidad de mando. “Nosotros, las organizaciones sociales, queríamos incluir en el decreto un artículo que incluyera normativamente la responsabilidad de mando. Es decir, si un agente se excede en el uso de la fuerza, por ejemplo, o una persona del Esmad, la responsabilidad penal es individual, pero la responsabilidad disciplinaria, decíamos nosotros, tiene que ser compartida con el superior jerárquico de la persona que incurrió en las violaciones. Estas son instituciones castrenses y en teoría un militar o policía no puede actuar por fuera de las órdenes que se le dieron. Eso es insubordinación. Los altos mandos tienen que asegurarse de que sus órdenes sean respetadas. Y lo que creemos nosotros es que la forma de lograr que una persona dentro de la Policía y de las Fuerzas Militares responda realmente es si sus superiores están comprometidos con eso, para que ellos mismos hagan la fiscalización de los actos”.
Por ejemplo, de acuerdo con Jonathan Bock, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip)” ha documentado 40 ataques provocados por la Policía, son ataques dirigidos para intimidar, generar miedo y censurar a la prensa”. Estos ataques serían violaciones a la Constitución Política y al protocolo, que dice que “las autoridades de policía deben garantizar el ejercicio periodístico en los escenarios de manifestación”.
Una recopilación de los ataques contra periodistas. La @flip ha documentado 40 ataques provocados por la Policía, son ataques dirigidos para intimidar, generar miedo y censurar a la prensa.@RSF_esp @CPJAmericas @IFEX @RELE_CIDH @PVacaV @AmiMediosInfoCo @FundacionGabo pic.twitter.com/SXMIVVnJjp
— Jonathan Bock (@goodluck_Bock) May 4, 2021
Para Alirio Uribe y Julián González, la violación del protocolo debería tener implicaciones legales. “Estas personas serían sujetos disciplinables porque están en contra de un mandato de la rama ejecutiva que es la que gobierna. El principio es que los civiles gobiernan sobre las fuerzas militares y sobre la policía, no al revés”, dice González. Alirio Uribe, por su parte, anuncia que le pedirán al Gobierno la explicación sobre por qué se dieron las violaciones de derechos humanos en el marco de las protestas actuales, que, de acuerdo con el protocolo, no debe tardar más de tres meses. Además, “nosotros lo que vamos a hacer es solicitarle ahora a la Corte Suprema que asuma el seguimiento de esa sentencia para que el Gobierno explique por qué no está acatando”, dijo a este medio.
Ante la escalada de la violencia y respetando el derecho a la protesta pacífica, los abogados hacen varias propuestas. “Necesitamos una instancia disciplinaria dura para los militares y policías, y necesita ser pública, y dientes para la Procuraduría, que puedan investigar este tipo de conductas, así como oficinas de control interno que funcionen abiertas al público dentro de la Policía”, dice Julián González.
Para ambos, sin embargo, la única forma de evitar más muertes en medio de la protesta es cambiando la cultura y “la doctrina que criminaliza y que considera que los que protestan son vándalos o son terroristas”, dice Alirio Uribe.