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En las cárceles colombianas, el acceso al agua y a condiciones de salubridad son una consigna pendiente. Situación que no es diferente en la cárcel de Combita -que aún no reporta casos positivos de coronavirus- en donde la preocupación no se ha hecho esperar. Los presos de este centro carcelario se declararon en huelga de hambre el 4 de abril para exigir medidas de protección que eviten un brote de COVID-19 en este penal y acudieron a una tutela que acaba de ser fallada a su favor por el Juzgado Primero de Familia de Tunja.
La tutela fue presentada por la Comisión Intereclecial de Justicia y Paz, en representación de 40 presos, que pedían protección a sus derechos fundamentales y que se les garantice los elementos necesarios para afrontar la crisis como tapabocas, guantes, antibacterial, jabones, límpido, entre otros, durante todo el periodo que dure la emergencia social y sanitaria, así como que el acceso al agua ante la imposibilidad de los presos de tomar medidas de autoprotección por su cuenta.
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El Juzgado Primero de Familia de Tunja dio un plazo de 48 horas al Inpec y a la Uspec para que hagan el mantenimiento de los filtros de agua para que se garantice el suministro de agua durante todo el día. Así mismo, se ordenó a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá a que haga "todas las gestiones necesarias y que se encuentren dentro de sus competencias para resolver de manera definitiva la solicitud de prospección y exploración de aguas subterráneas" que le ha hecho la cárcel.
De acuerdo con el juez, la situación de la cárcel "exige una protección de urgencia toda vez que la insuficiencia del suministro del agua para satisfacer necesidades básicas, y el mal estado que se encuentran las instalaciones para el tratamiento del agua del establecimiento, tiene como consecuencia inmediata una amenaza grave a los derechos fundamentales de la vida, la salud y dignidad de los accionantes y de todo el personal interno, y más grave aún limita las acciones de prevención que deben tomarse en torno al combate de la pandemia COVID- 19".
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En el trámite de tutela, la administración de la cárcel manifestó que el suministro de agua durante las 24 horas se ha imposibilitado debido a que la planta de abastecimiento no cuenta con la potencia suficiente. Pero que, en todo caso, en los pabellones cuentan con tanques de depósito destinados para ello, los cuales son llenados cuando se surte el agua en las horas programadas, misma de la cual hacen uso, además se han suministrado a las celdas el agua en tanques y canecas.
Según el juzgado, "si bien es cierto, las autoridades carcelarias y penitenciarias dependen del presupuesto que les es asignado, es de vital importancia que este sea dirigido para resolver la problemática que se presenta frente a suministro del agua potable en los establecimientos, puesto que el agua es un suministro de carácter vital y fundamental, más aun para aquellas personas que tienen limitado su derecho de locomoción y se encuentran en imposibilidad de procurarse en forma autónoma tales beneficios y más aún, en la presente situación en la que todos los ciudadanos nos encontramos combatiendo una pandemia".
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El fallo también ordena que se le garantice el acceso a la salud a la población carcelaria en este penal. Procuraduría y la Defensoría del Pueblo serán los entes encargados de hacerle seguimiento al cumplimiento de esta tutela. Esta decisión se convierte en la segunda tutela ganada por presos desde que se anunció el brote de COVID-19 en la cárcel de Villavicencio. El primero en obtener un fallo a su favor fue un recluso condenado a siete años de prisión por comercializar lotes ilegalmente y diagnosticado con coronavirus en Villavicencio que, además, sufre de diabetes y problemas de tensión.
* Estamos cubriendo de manera responsable esta pandemia, parte de eso es dejar sin restricción todos los contenidos sobre el tema que puedes consultar en el especial sobre Coronavirus.