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Licencia de maternidad y paternidad: estos son los nuevos cambios que tendrán

Conoce los cambios que tendrá la licencia de maternidad y paternidad, y todo lo que debes tener en cuenta para pedirla.

Por Redacción Cromos
08 de agosto de 2022
Conoce los cambios que tendrá la licencia de maternidad y paternidad, y todo lo que debes tener en cuenta para pedirla.
Fotografía por: Pexels

En los últimos días, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió un decreto que actualiza las condiciones para el pago de incapacidades y las licencias de maternidad y paternidad.

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Condiciones para la licencia de maternidad y paternidad en Colombia

Ahora, las condiciones que establece la entidad para la licencia de mamás y papás son:

  • Ser cotizante y tener un estado activo en el Sistema de Seguridad Social en Salud
  • Haber hecho aportes durante los meses de gestación
  • Tener un certificado de maternidad respaldado por la entidad de salud validada

Siempre que los padres cumplan con estos requisitos, podrán contar con una licencia de 18 semanas que se brindan por ley, y de acuerdo con las recomendaciones médicas, podrán recibir de 2 a 4 semanas más, en casos particulares.

El tiempo de este permiso será remunerado con el salario que el trabajador tenía al inicio de la licencia, sin ningún tipo de descuento.

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Nueva cobertura que se genera con el cambio en la licencia de maternidad

Además, este nuevo decreto llena algunos vacíos legales que existían en anteriores disposiciones, ya que quedaban en el aire dudas de casos particulares como estos:

  • Licencias de maternidad por partos múltiples
  • Cuando un menor nace con alguna condición de discapacidad
  • Licencias expedidas en otro país
  • Extensión de licencia de maternidad en caso de custodia
  • Fallecimiento o enfermedad de la madre biológica

El documento establece que, para el reconocimiento de la licencia de maternidad por extensión cuando se trata de una adopción, se tendrá en cuenta que la madre que adopte cumpla las condiciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, desde el día en que inicie a hacerse cargo del menor.

Por otra parte, la licencia de paternidad podrá hacerse efectiva en un periodo de 30 días siguientes al nacimiento del menor.

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De esta manera, se busca ser cada vez más claros e incluyentes en las condiciones para que la maternidad no sea un obstáculo en la economía y en el derecho del trabajo de la mujer, sino que existan las disposiciones claras para proteger a las familias de manera integral.

Además, poco a poco se va ganando terreno para que el padre también pueda hacer parte de las primeras semanas de vida de sus hijos, entendiendo que es un apoyo fundamental para la madre y que es una época que no se repite por lo que es importante poder estar con su bebé.

Redacción Cromos

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