Por orden de la Corte Constitucional, desde este 30 de noviembre las parejas homosexuales que adopten hijos tendrán derecho a escoger quien, de los dos, gozará de la licencia de maternidad o paternidad, y aclaró las condiciones de cómo funcionará este tiempo. Con esta decisión, el alto tribunal busca proteger el derecho de los niños a gozar de cuidado pleno y al papel activo de la familia.
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Esta sentencia llega luego de que Juan Felipe Parra presentara una demanda para que la Corte Constitucional ofreciera a las parejas homosexuales las mismas garantías que tienen las parejas heterosexuales, de gozar de la licencia de maternidad y paternidad con la llegada de sus hijos.
¿Cómo funciona la licencia de maternidad y paternidad en parejas homosexuales?
¿Cómo funciona la licencia de maternidad y paternidad en parejas homosexuales?
Desde el 30 de noviembre de 2022, las parejas miembros de la comunidad LGTBI tendrán derecho a escoger, en el momento de adoptar, quien pasará hasta 18 semanas con su hijo.
La Ley 2114 de 2021 permitió que los padres (hombres) pasaran de 1 una semana a 5 para el cuidado de su hijo. Además de abrir la posibilidad de que la mujer le transfiera hasta un máximo de 6 semanas de su licencia de 18 semanas permitidas. Sin embargo, en esta ley no se hablaba sobre la licencia para las parejas homosexuales, las cuales desde 2015 pueden adoptar por orden de la Corte Constitucional.
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Ahora, con la nueva sentencia de la Corte, se reconoce la garantía de las familias homoparentales, no solo de poder contraer matrimonio libremente, sino de adoptar y asumir las obligaciones que esto implica, por lo que es clave dejar claras las condiciones para la licencia de maternidad y paternidad.
“Es claro que las parejas adoptantes del mismo sexo, que conforman una familia, requieren el mismo tiempo de cuidado para los niños que una pareja heterosexual adoptante y que es determinante que ambas cuenten con el espacio para construir vínculos y poder prodigarle afecto y amor. Es decir, ambas parejas que adoptan deben brindar las mismas garantías, si bien en la primera los roles binarios de madre y padre no encajan con las expectativas sociales y lo que implica un modelo de familia nuclear”, explicó la Corte Constitucional.
Serán los integrantes de la pareja del mismo sexo adoptante quienes definan quien disfrutará de cada licencia en las mismas condiciones previstas para las familias heterosexuales adoptantes, es decir, tendrán derecho a la misma cantidad de tiempo que las parejas homosexuales.
En el momento de la adopción se tendrá que tomar la decisión de quién tomará la licencia de maternidad (que dura 18 semanas) y quién tomará la de paternidad (2 semanas), entendiendo que igual podrán hacer el acuerdo de ceder algunas semanas a quien tiene el tiempo más corto.
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