Así va la aprobación de la reforma laboral en la Cámara de Representantes
La iniciativa comenzó a ser debatida en forma esta semana en la plenaria de la Cámara, el segundo de los cuatro debates que debe superar la iniciativa para convertirse en ley. Hasta el momento, van 24 artículos aprobados. Le contamos qué implican y qué cambios traerían para el futuro del trabajo en el país.
Luego de un par de semanas de sesiones en las que se tramitaron impedimentos, recusaciones y otros asuntos varios, la reforma laboral entró esta semana en la discusión de su articulado.
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Luego de un par de semanas de sesiones en las que se tramitaron impedimentos, recusaciones y otros asuntos varios, la reforma laboral entró esta semana en la discusión de su articulado.
Este es el segundo intento de la iniciativa para ser aprobado en el Congreso, luego de que la primera versión del proyecto no lograra pasar ni siquiera su primer debate.
Sin embargo, a pesar de los avances, a la iniciativa aún le queda un camino largo, y complejo, por recorrer. Si bien se espera que sea aprobada por la Cámara, los pulsos políticos en el Senado están inclinados contra las iniciativas del Gobierno, luego de la caída del Presupuesto General para 2025 y de la pelea anunciada alrededor de la Ley de Financiamiento.
Lo que está pasando con la reforma laboral
Para este punto, el proyecto cuenta con 81 artículos, de los 98 con los que originalmente fue radicado en el Congreso. Pero en su primer debate, en comisión económica de la Cámara de Representantes, le fueron retirados 23, a la vez que se le añadieron seis nuevos.
En los debates de esta semana en la Cámara de Representantes, la iniciativa ya perdió un artículo más (el 8) y, hasta el momento, cuenta con 25 artículos aprobados.
Las votaciones se han ido dando en pequeños bloques de artículos, aunque la oposición solicitó que el debate se diera artículo por artículo. Como las cosas no se dieron de esta forma, en una de las sesiones la bancada completa de Cambio Radical se retiró del recinto, en un intento por romper el quórum y paralizar el debate. Pero la maniobra no funcionó, por cuenta de las mayorías que tiene el Gobierno en esta corporación.
Los artículos aprobados hasta el momento son: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 24, 25, 26, 27, 28, 29 ,30, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 51. Y, como ya se dijo, fue eliminado el número 8.
En la sesión del lunes se lograron aprobar los dos primeros bloques del articulado. El primero se compone por los artículos 1, 3 y 4, en el que se encuentra el objeto del proyecto de ley, la inaplicabilidad del mismo a los empleados públicos (pues se propone que estos se rijan por estatutos especiales y demás leyes que se dicten), así como los principios que busca defender esa reforma, como el de la igualdad de oportunidades, la estabilidad en el empleo y la garantía a la seguridad social, entre otros.
El segundo bloque de ese día comprendió los 5, 6 y 9, los cuales reglamentan las modalidades de contratación para los trabajadores. Este bloque trae algunos de los puntos más álgidos de la reforma, pues incluye la previsión de cerrarle el paso a los contratos a término fijo, en pro de los de plazo indefinido.
Por ejemplo, el artículo 5 plantea que “los trabajadores y las trabajadoras serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido. Sin perjuicio de lo anterior, podrán celebrarse contratos de trabajo, ya sea a término fijo, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio”.
El artículo 6, precisamente, establece que podrán celebrarse contratos a término fijo por un término no mayor a cuatro años y debe celebrarse por escrito. “Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumpla las condiciones y requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral”, indica el texto de la reforma.
El debate sobre estos puntos fue álgido. Del lado de la oposición, varios representantes consideraban que hay sectores como el de la moda o las manufacturas que, por sus ciclos de producción, les es favorable la contratación a término fijo o por obra o labor. Por su parte, los representantes de la bancada del Gobierno argumentaron que es necesario poner límites a estas modalidades, puesto que se han prestado para evitar la estabilidad laboral.
Sobre los artículos 7, 8 y 10 aún no se han sometido a votación, pues se encuentran en conciliación entre Gobierno y los ponentes.
El siguiente gran bloque en ser discutido en la sesión del lunes (pero votado y aprobado en la del martes) incluyó los artículos entre el 24 y el 30, que incluyen los puntos relacionados con normas laborales para plataformas digitales de reparto.
A grandes rasgos, lo que plantea la reforma laboral en este aspecto es que abre la posibilidad de que los trabajadores de plataformas digitales puedan ser dependientes y subordinados, o bien, independientes y autónomos.
Cuando el trabajador digital en servicios de reparto tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa de plataforma digital de reparto deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social, y podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial.
En relación con los trabajadores en calidad de independientes y autónomos, la plataforma digital de reparto deberá hacer el pago de un 60 % de los aportes a salud y pensión, mientras que el trabajador deberá asumir el 40 %. Además, el proyecto indica que se garantizará cobertura en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa.
En medio de las aprobaciones, la Cámara eliminó el artículo 8 de la reforma, que buscaba redefinir las indemnizaciones ante los despidos sin justa causa. En los contratos a término indefinido, por ejemplo, establecía una indemnización de 45 días de salario para trabajadores de menos de un año.
Los legisladores que defendieron esta eliminación argumentaron que las nuevas sanciones imponían unas elevadas cargas al empresariado colombiano, especialmente en los casos donde el despido sin justa causa era contra un trabajador de cinco o más de 10 años.
Aunque no fueron votados todos en bloque, la Cámara le dio vía libre a los artículos 38, 40, 41, 42, 43, 44, 45,46, 47, 48 y 51.
Entre estos se cuentan previsiones para la formalización de micronegocios (unidades productivas con menos de nueve empleados), así como medidas para trabajadores de los sectores de emergencias, forestación, deporte y actividades culturales (especialmente actores). Así mismo, también establece protecciones especiales para comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, palenqueras, raizales y Rrom.
La siguiente sesión de debate está citada para la mañana de este miércoles.
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