Cláusulas de permanencia siguen siendo prohibidas para compra de celulares, según la CRC
Tanto la exigencia de separación de contratos de compra de equipos y de prestación de servicios de comunicaciones móviles, como la prohibición de la suscripción de cláusulas de permanencia mínima, se mantienen.
Redacción Economía.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) reiteró que cuando un usuario adquiera un celular, con ocasión de una promoción, oferta o descuento asociado a la prestación de servicios de comunicaciones móviles (voz y datos), en ningún caso el operador podrá imponer cláusulas o condiciones de permanencia mínima, como tampoco podrá impedir que los usuarios se cambien de plan u operador.
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De esta forma, los usuarios seguirán teniendo la posibilidad de modificar su plan, terminar el contrato de servicios o portar el número de su línea telefónica en cualquier momento, sin ninguna condición adicional.
La resolución que contiene la decisión fue aprobada hoy en una sesión y detalla que los proveedores de telefonía móvil podrán realizar ofertas conjuntas de celulares de tecnología 4G o superior con planes de servicios de comunicaciones móviles, pero aclara que se mantiene la prohibición de imponer cláusulas o condiciones de permanencia mínima.
Esto significa que tanto la exigencia de separación de contratos de compra de equipos y de prestación de servicios de comunicaciones móviles, como la prohibición de la suscripción de cláusulas de permanencia mínima, se mantienen.
Sin embargo, se permite realizar ofertas conjuntas de venta de celulares de tecnología 4G o superior con planes de servicio, siempre y cuando también sean ofrecidos de manera independiente.
En un comunicado la entidad explicó que la decisión se basó en los resultados del monitoreo permanente que adelantan respecto de la evolución de la penetración y uso de los servicios móviles. Según el seguimiento, se evidencia una desaceleración en la adopción del servicio de internet móvil en Colombia en comparación con países desarrollados, y un estancamiento en el crecimiento de dicho servicio en los dos últimos años.
Germán Darío Arias, director ejecutivo de la CRC, aseguró que continúan trabajando en el fortalecimiento de un marco regulatorio que promueva la competencia y el acceso a los servicios de comunicaciones en Colombia. “Esta medida se suma a otras reglas, como la prohibición de cláusulas de permanencia y la portabilidad numérica, gracias a las cuales hoy en día los usuarios pueden ejercer su derecho a la libre elección y cambiar de plan u operador cuando lo deseen”, dijo.
Con esta determinación, que se enfoca en las condiciones regulatorias para la comercialización de equipos por parte de los operadores de telecomunicaciones, “se busca continuar acortando la brecha digital existente en el país”.
“Los usuarios tendrán más opciones para adquirir un celular con tecnología 4G o superior, el cual les permitirá disfrutar de mayores velocidades y mejor calidad del servicio de Internet Móvil. Así mismo, se dinamiza la competencia en la venta de celulares, logrando una mayor oferta y mejores precios”, concluyó la entidad.
Cabe recordar que el borrador de la resolución fue publicado en marzo de 2018 para comentarios y discusión del sector. Desde entonces operadores, comercializadores, gremios, usuarios y otras entidades del Estado se pronunciaron a favor o en contra, pero la CRC resolvió mantener el modelo actual.
Además, en el segundo semestre de 2018 la CRC adelantará un proyecto regulatorio cuyo objeto será propender por reducir el tiempo de portación.
Algunas cifras sobre el servicio:
A 2017, la penetración del servicio de internet móvil en Colombia era de 52,4 accesos por cada 100 habitantes, cifra superior a la media de los países en desarrollo (49 %), pero por debajo del promedio del continente americano que es de 66 accesos por cada 100 habitantes.
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En cuanto a la penetración de teléfonos inteligentes (smartphones), Colombia presenta un rezago frente a otros países de la región, pues según las estimaciones de Global Data, en 2017, mientras Chile, México, Ecuador, Brasil y Costa Rica registraron una penetración por encima del 50 %, el país llegó al 43 %.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) reiteró que cuando un usuario adquiera un celular, con ocasión de una promoción, oferta o descuento asociado a la prestación de servicios de comunicaciones móviles (voz y datos), en ningún caso el operador podrá imponer cláusulas o condiciones de permanencia mínima, como tampoco podrá impedir que los usuarios se cambien de plan u operador.
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De esta forma, los usuarios seguirán teniendo la posibilidad de modificar su plan, terminar el contrato de servicios o portar el número de su línea telefónica en cualquier momento, sin ninguna condición adicional.
La resolución que contiene la decisión fue aprobada hoy en una sesión y detalla que los proveedores de telefonía móvil podrán realizar ofertas conjuntas de celulares de tecnología 4G o superior con planes de servicios de comunicaciones móviles, pero aclara que se mantiene la prohibición de imponer cláusulas o condiciones de permanencia mínima.
Esto significa que tanto la exigencia de separación de contratos de compra de equipos y de prestación de servicios de comunicaciones móviles, como la prohibición de la suscripción de cláusulas de permanencia mínima, se mantienen.
Sin embargo, se permite realizar ofertas conjuntas de venta de celulares de tecnología 4G o superior con planes de servicio, siempre y cuando también sean ofrecidos de manera independiente.
En un comunicado la entidad explicó que la decisión se basó en los resultados del monitoreo permanente que adelantan respecto de la evolución de la penetración y uso de los servicios móviles. Según el seguimiento, se evidencia una desaceleración en la adopción del servicio de internet móvil en Colombia en comparación con países desarrollados, y un estancamiento en el crecimiento de dicho servicio en los dos últimos años.
Germán Darío Arias, director ejecutivo de la CRC, aseguró que continúan trabajando en el fortalecimiento de un marco regulatorio que promueva la competencia y el acceso a los servicios de comunicaciones en Colombia. “Esta medida se suma a otras reglas, como la prohibición de cláusulas de permanencia y la portabilidad numérica, gracias a las cuales hoy en día los usuarios pueden ejercer su derecho a la libre elección y cambiar de plan u operador cuando lo deseen”, dijo.
Con esta determinación, que se enfoca en las condiciones regulatorias para la comercialización de equipos por parte de los operadores de telecomunicaciones, “se busca continuar acortando la brecha digital existente en el país”.
“Los usuarios tendrán más opciones para adquirir un celular con tecnología 4G o superior, el cual les permitirá disfrutar de mayores velocidades y mejor calidad del servicio de Internet Móvil. Así mismo, se dinamiza la competencia en la venta de celulares, logrando una mayor oferta y mejores precios”, concluyó la entidad.
Cabe recordar que el borrador de la resolución fue publicado en marzo de 2018 para comentarios y discusión del sector. Desde entonces operadores, comercializadores, gremios, usuarios y otras entidades del Estado se pronunciaron a favor o en contra, pero la CRC resolvió mantener el modelo actual.
Además, en el segundo semestre de 2018 la CRC adelantará un proyecto regulatorio cuyo objeto será propender por reducir el tiempo de portación.
Algunas cifras sobre el servicio:
A 2017, la penetración del servicio de internet móvil en Colombia era de 52,4 accesos por cada 100 habitantes, cifra superior a la media de los países en desarrollo (49 %), pero por debajo del promedio del continente americano que es de 66 accesos por cada 100 habitantes.
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En cuanto a la penetración de teléfonos inteligentes (smartphones), Colombia presenta un rezago frente a otros países de la región, pues según las estimaciones de Global Data, en 2017, mientras Chile, México, Ecuador, Brasil y Costa Rica registraron una penetración por encima del 50 %, el país llegó al 43 %.