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Netflix, Spotify y Dezzer, entre otras plataformas digitales, comenzarán a pagar IVA a partir del primero de julio, así lo anunció el ministro de hacienda, Mauricio Cárdenas. Al respecto, han surgido muchas dudas por parte de los usuarios ¿por qué el cambio? ¿qué servicios se verán afectados? ¿qué pasa si una empresa se niega a tributar? y, por supuesto, ¿esto cuánto me va a costar?
Probablemente esta última pregunta sea la que más inquiete a los consumidores, por lo que es importante saber cuál es la cuenta que se tiene que hacer para calcular el nuevo precio a pagar.
Teniendo presente que el incremento se va a presentar solo por la llegada del IVA, lo único que se tiene que hacer es multiplicar la cantidad que actualmente se paga por 1.19. Es decir, si una persona cancela $40.000 por su suscripción a determinado servicio, esa suma debe multiplicarla por el número anteriormente referenciado, como resultado tendría que cancelar $47.600.
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No obstante, es importante decir que probablemente estas empresas hagan una reducción en sus precios para mantener las tarifas actuales y así reforzar su competencia en el mercado.
Según lo dicho por el director de la Dian, Santiago Rojas, la razón por la cual se comenzará a cobrar el IVA obedece a la intención de garantizar un escenario de igualdad en el mercado colombiano, es decir, que así como una empresa nacional, por la prestación de un servicio, tiene que pagar este impuesto, lo más justo es que una internacional con presencia en Colombia haga lo mismo.
“Con la llegada de internet, y con él todos los servicios prestados desde otros países, las reglas tributarias que existían eran inequitativas, porque si un empresario colombiano quería prestar un servicio en el país tenía que facturar el IVA, pero otro que lo hiciera desde el exterior no”, dijo Rojas a Blu Radio.
Con ello aclara que no es que Netflix, Spotify y Dezzer vayan a ser las únicas a las que aplique esta medida, en resumidas cuentas, todo servicio prestado en Colombia y operado desde el exterior tendrá que hacerlo, exceptuando aquellos que no tienen esta carga tributaria como los de educación, salud y transporte público, entre otros.
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Lo anterior genera la duda ¿servicios como Uber tendrán que pagar IVA? para el director de la Dian, este es un caso particular, puesto que esta plataforma no es legal en Colombia. “El pago de impuestos no legaliza una actividad económica, es decir, si una persona compra una casa con dineros de corrupción, pero paga el impuesto predial, eso no quiere decir que la compra de esa casa sea legal”, precisó el director.
Suponiendo el eventual caso de que Uber, u otra empresa de ese tipo fuera legal, el impuesto afectaría la comisión de la tarifa más no el cobro total de la carrera. Es otras palabras, si una persona paga $20.000 por un viaje en una de estas plataformas, el IVA no aplicaría sobre ese total sino sobre el porcentaje de la comisión que la empresa le cobra al conductor por usar su tecnología.
Rojas además fue enfático en que si estas empresas, eventualmente, no pagan el impuesto del IVA, la Dian puede pedir a los bancos que retenga ese valor de las transacciones, por lo que en los primeros meses que tendrá la entrada en vigor de esta norma se examinará quiénes lo están haciendo y quiénes no, a los que incumplan se les cobrará “por derecha”. Lo anterior también exige que este tipo de empresas se inscriban en el RUT.