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En los últimos días, Colombia ha experimentado una oleada de fuertes lluvias, las cuales han generado emergencias en distintos sectores. En Bogotá, tramos como el de la autopista norte han presentado inundaciones que han llegado a afectar vehículos.
Ante la destrucción total, o el daño parcial del carro, el asegurado puede cobrar a su aseguradora la indemnización económica por el siniestro presentado, o la reparación del vehículo. En caso de pérdida total (que es cuando el vehículo pierde su capacidad de funcionamiento técnico-mecánica a tal punto que se obliga la cancelación de su matrícula), el afectado tiene derecho a reclamar el valor asegurado, menos el deducible pactado.
Sobre esto hay que tener en cuenta varias cosas. La primera es que no todo tipo de pólizas ofrecen estas coberturas. Por ejemplo, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) solo cubre los daños corporales que se causan en una accidente de tránsito, más no los daños causados al vehículo o a los vehículos de otros. Es decir, SOAT no es lo mismo que el seguro de autos.
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También debe tener en cuenta que no todo tipo de vehículos brinda cobertura a pérdidas parciales. Existen seguros que solo amparan daños a terceros y pérdidas totales. Estos son más económicos, porque entre más coberturas brinda un seguro más costoso es. Pasa mucho que cuando las personas van a reclamar el seguro se enteran que el mismo no les brindaba cobertura a daños parciales. Revise las coberturas de su póliza y evite sorpresas.
Según lo explicado por la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), de conformidad con las normas colombianas, las compañías excluyen de las coberturas las pérdidas o daños que sean consecuencia de eventos catastróficos de la naturaleza como terremotos o los causados por el hombre como por ejemplo actos terroristas. Se excluyen igualmente, eventos como la guerra, los motines, o las asonadas. Para que estos eventos sean cubiertos por la póliza, deben ser contratados de manera expresa mediante un anexo. Es común que las compañías de seguros otorguen este anexo en las pólizas; sin embargo, es importante que el asegurado verifique que cuenta con la cobertura.
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Tampoco se puede reclamar el seguro cuando el vehículo asegurado es empleado para un uso distinto al señalado en la póliza, por ejemplo, cuando un vehículo particular se alquila a un tercero.
Al momento de reclamar el seguro tenga en cuenta que las pólizas manejan un deducible, el cual es el pago que está a cargo del asegurado. Los deducibles existen para que las personas compartan responsabilidad en la gestión del riesgo. Estos suelen expresarse en un porcentaje del valor asegurado, o en salarios mínimos.
¿Qué hacer en caso de un siniestro?
Según lo explicado por Fasecolda, en caso de que ocurra un accidente que amerite reclamar el seguro, el asegurado debe comunicarse inmediatamente con la compañía de seguros o con su intermediario. “El asegurado debe emplear todos los medios posibles para evitar la agravación del daño. Por ejemplo, si el vehículo se estrella y sufre daños importantes, se esperaría que el asegurado no trate de mover el carro de forma tal que agrave el daño, a menos que sea estrictamente necesario”, detalla.
En caso de pérdidas totales por daños o por hurto, resalta la federación, el asegurado deberá realizar el traspaso del vehículo a favor de la compañía de seguros y/o cancelar la matrícula cuando se le indique, para poder obtener el respectivo pago de la indemnización en caso de que haya lugar a ella.
“Las compañías de seguros tienen protocolos para el manejo de siniestros que garantizan agilidad en la definición del reclamo. No obstante, en ocasiones el desconocimiento de la forma en que operan las coberturas y las exclusiones del seguro, hace que se generen inconvenientes en la indemnización que no son atribuibles a la aseguradora”, concluye.
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