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Esta prestación equivale a un mes de salario por cada año trabajado o a un monto proporcional a lo trabajado si el período es menor a 12 meses. Los trabajadores independientes también pueden ahorrar en un fondo de cesantías.
El principal objetivo de las cesantías es amparar al afiliado en caso de quedar desempleado. También se pueden usar para financiar la educación del afiliado, de su compañero o compañera permanente o de sus hijos en entidades de educación superior reconocidas por el Estado; o para comprar, construir o realizar mejoras a la vivienda. Solo en 2021, los trabajadores afiliados a las AFP retiraron $3,8 billones para usos relacionados con vivienda, cerca de un 54 % de los retiros.
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La forma de ahorrar las cesantías es a través de los fondos de cesantías, en Colombia hay cuatro: Colfondos, Protección, Porvenir y Skandia. Los trabajadores pueden escoger la administradora y, a través del esquema multiportafolios, podrán elegir cómo invertirlas seleccionando entre el portafolio de corto y largo plazo.
Ahora bien, si no sabe a en qué fondo tiene sus cesantías, puede consultar con su empleador, preguntar en cada fondo o ingresar al RUAF (Registro Único de Afiliados). Dicha herramienta brinda información sobre afiliación a la EPS, fondos de cesantías, riesgos profesionales, pensiones, entre otros.
Primero, debe ingresar a la Portal SISPRO-RUAF (en este link), leer términos y condiciones de uso, dar clic en aceptar y finalmente diligenciar los datos (tipo de documento, número de documento y fecha de expedición del documento). Así el sistema procesará la información y usted conocerá cuál es su fondo de cesantías.
El nuevo año implica que los empleadores deben cumplir una serie de obligaciones, entre ellas el pago de los intereses de las cesantías de sus trabajadores dependientes. El plazo está cerca de vencer.
El artículo 1 de la Ley 52 de 1975 establece que los intereses, o rendimientos, de las cesantías se le deben pagar al trabajador a más tardar el 31 de enero de cada año.
Esta norma también establece que el rendimiento anual debe ser equivalente al 12% anual de las cesantías reportadas en el periodo anterior.
Los recursos deben ser pagados directamente al trabajador, en la cuenta que usa cada mes para recibir el salario.
Vale la pena recordar que el próximo 14 de febrero vence el plazo para que los empleadores consignen las cesantías del periodo vigente: si el trabajador trabajó todo el 2021, en esta oportunidad deberá consignar un mes de salario al fondo de cesantías. Si trabajó menos tiempo, se consignará una fracción de salario equivalente al dicho periodo.