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El pasado 10 de febrero la Superintendencia de Transporte (Supertransporte) emitió una resolución dirigida a los entes territoriales en la cual se dieron a conocer los “indicadores que en adelante servirán de herramienta para el control de todas las formas de piratería, informalidad e ilegalidad en la prestación de servicios de transporte público terrestre automotor”.
A partir de estos indicadores se analizará la gestión de las autoridades territoriales respecto al desarrollo de los operativos de control y de los procesos sancionatorios.
Frente a las sanciones la Supertransporte recuerda, y aclara, que prestar servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, es causal de suspensión de la licencia de conducción. Además, es motivo de cancelación la reincidencia de esta actividad.
Aunque no mencione nombres propios, las sanciones aplica a los conductores que utilizan plataformas como Uber, UberX y Cabify. Asimismo, castiga las modalidades de transporte ilegal y pirata que se presentan en todo el país, por ejemplo, los carros que se parquean al lado de las terminales y que llevan pasajeros a diferentes destinos.
Pese a los decretos y resoluciones emitidas la polémica en torno a plataformas como Uber no avanza: por un lado, están los taxistas que afirman que se debe erradicar este tipo de servicios pues alegan que son ilegales. Por otro lado, están las plataformas que se defienden que hasta que no exista una ley de república que prohíba su utilización, seguirán dando sus servicios.