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                                                                                                                                Contraloría dice que quitarle $400.000 millones al FNA puede ser inconstitucional

                                                                                                                                Para el máximo organismo de control fiscal la descapitalización del Fondo Nacional del Ahorro para el año 2018 puede ir en contravía de lo que dice la Constitución.

                                                                                                                                Redacción Ecomomía

                                                                                                                                Pixabay
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                                                                                                                                Lea también: Congreso aprueba Presupuesto General por $235,6 billones para 2018

                                                                                                                                No obstante, la Contraloría asegura que esta decisión puede contradecir lo expresado en la Constitución, específicamente en su artículo 48 que dice: “No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                “Por ser el Fondo Nacional de Ahorro una entidad de seguridad social, no se podrán destinar ni utilizar sus recursos, utilidades y rendimientos o excedentes financieros para fines distintos a su objeto y funciones”, dice el artículo 4 de la Ley 432 de 1998 que recordó la Contraloría para esta ocasión al agregar que esta decisión puede poner en riesgo el derecho fundamental a la seguridad social.

                                                                                                                                “Contrario a lo incluido en el proyecto de Ley de Presupuesto, la Ley 432 de 1998 no considera que los recursos del Fondo puedan destinarse a otros fines, aún en el evento en que no se afectan las cesantías y los ahorros de los afiliados, pues no se trata de una norma potestativa en la cual el operador tenga la libertad de valorar los efectos de su decisión. Por el contrario, se trata de una prohibición categórica que no admite interpretación”, subrayó la Contraloría.

                                                                                                                                El llamado que hace este organismo de control es a no suponer que la descapitalización de estos recursos no genera afectaciones a la estabilidad financiera del FNA, porque si bien, la entidad actualmente goza de un buen momento económico, “esto no es razón suficiente para desatender la orden constitucional”, concluyó el organismo dirigido por Edgardo Maya Villazón.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lea también: Congreso aprueba Presupuesto General por $235,6 billones para 2018

                                                                                                                                No obstante, la Contraloría asegura que esta decisión puede contradecir lo expresado en la Constitución, específicamente en su artículo 48 que dice: “No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                “Por ser el Fondo Nacional de Ahorro una entidad de seguridad social, no se podrán destinar ni utilizar sus recursos, utilidades y rendimientos o excedentes financieros para fines distintos a su objeto y funciones”, dice el artículo 4 de la Ley 432 de 1998 que recordó la Contraloría para esta ocasión al agregar que esta decisión puede poner en riesgo el derecho fundamental a la seguridad social.

                                                                                                                                “Contrario a lo incluido en el proyecto de Ley de Presupuesto, la Ley 432 de 1998 no considera que los recursos del Fondo puedan destinarse a otros fines, aún en el evento en que no se afectan las cesantías y los ahorros de los afiliados, pues no se trata de una norma potestativa en la cual el operador tenga la libertad de valorar los efectos de su decisión. Por el contrario, se trata de una prohibición categórica que no admite interpretación”, subrayó la Contraloría.

                                                                                                                                El llamado que hace este organismo de control es a no suponer que la descapitalización de estos recursos no genera afectaciones a la estabilidad financiera del FNA, porque si bien, la entidad actualmente goza de un buen momento económico, “esto no es razón suficiente para desatender la orden constitucional”, concluyó el organismo dirigido por Edgardo Maya Villazón.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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