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¿Cuáles son las multas y sanciones por no renovar la matrícula mercantil?

El trámite se debe realizar en los tres primeros meses de cada año. Les explicamos cuáles son las sanciones que establece la ley para quienes no cumplen con el requisito.

01 de abril de 2022 - 09:26 p. m.
Solo en Bogotá 470.579 empresas y establecimientos de comercio deben cumplir con este requisito. - Imagen de referencia
Solo en Bogotá 470.579 empresas y establecimientos de comercio deben cumplir con este requisito. - Imagen de referencia
Foto: Óscar Pérez
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Este 31 de marzo venció el plazo para que las empresas y establecimientos de comercio renovaran la matrícula mercantil, el registro que certifica la existencia de los negocios.

Según el Código de Comercio, esta es una obligación que se debe cumplir dentro de los tres primeros meses de cada año.

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Renovar la matrícula mercantil les permite a los empresarios acceder a beneficios. El primero de ellos es hacer parte del sector formal de la economía y así entablar relaciones comerciales con otros empresarios, ampliar la base de clientes, participar en licitaciones públicas, acceder a financiación y hacer parte de los programas estatales de fomento empresarial.

Del mismo modo, a través de las cámaras de comercio, quienes cumplen el requisito pueden recibir programas gratuitos de formación, acudir a eventos y recibir acompañamiento. Por ejemplo, la Cámara de Comercio de Bogotá asegura que quienes realizan este trámite tienen a su disposición más de 1.000 servicios, la mayoría gratuitos.

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Según la Superintendencia de Sociedades estas son algunas de las consecuencias de la no renovación oportuna de la matrícula mercantil:

  • No poder acceder a los beneficios de fortalecimiento empresarial que ofrecen las cámaras de comercio, entre otros beneficios.
  • Empresas jóvenes perderán los beneficios que les otorga la Ley de Emprendimiento Juvenil.
  • La Superintendencia de Sociedades podrá imponer una sanción de hasta 17 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Otras consecuencias a largo plazo

  • Las sociedades mercantiles que no renueven su matrícula mercantil por tres años se presumirán como no operativas y podrán ser declaradas disueltas.
  • Las cámaras de comercio deberán depurar del Registro Único Empresarial y Social (RUES) a las sociedades y personas jurídicas que no hayan renovado su matrícula mercantil en los últimos cinco años, y estas quedarán disueltas y en estado de liquidación.

Recuerde que este tramite se puede hacer de manera remota ya que todas las cámaras de comercio cuentan con un módulo electrónico. La Superintendencia de Sociedades recordó que después del 31 de marzo el comerciante puede renovar en cualquier momento.

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