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El Registro Único Tributario no necesita renovación: DIAN

Las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61. Lo que sí pueden
hacer es verificar la fecha de generación del PDF del documento, la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario.

03 de enero de 2023 - 09:40 p. m.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó este martes que la vigencia de la inscripción al Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y no se exige renovación.

La entidad recaudadora mencionó que las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61. Sin embargo, lo que sí pueden verificar la fecha de generación del PDF del documento, la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario.

“Es importante, sobre todo, resaltarlo en esta época del año en donde hay renovaciones de contratos. Generalmente, los empresarios están acostumbrados a solicitar un RUT actualizado”, dijo Juan Guillermo Caicedo, subdirector (a) administración del Registro Único Tributario (RUT).

De acuerdo con la entidad, la persona inscrita solo debe actualizar el RUT si presenta alguna modificación o adición en los datos que consignó originalmente, “como identificación, ubicación o clasificación, y debe hacerlo a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que la generó”.

Además, la DIAN señaló que el proceso de inscripción y actualización puede realizarse en forma asistida en cualquier administración de la entidad, cámaras de comercio o puntos de contacto habilitados para el efecto, sin importar el lugar del domicilio principal de quien se esté registrando.

“Estos procesos también pueden efectuarse de manera virtual sin necesidad de firma electrónica y sin costo”, agregó la entidad.

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