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Distritos Mineros Especiales: estas son las claves del decreto que los reglamenta

Fue aprobado el Decreto 0977 del 2024, que le da cumplimiento del artículo 231 del Plan Nacional de Desarrollo. Le contamos cuáles son las implicaciones tendrá para los territorios mineros y las comunidades.

13 de agosto de 2024 - 03:02 p. m.
Mina ubicada en Segovia, Antioquia. Imagen de referencia.
Mina ubicada en Segovia, Antioquia. Imagen de referencia.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

Ya fue firmado el Decreto 0977 reglamenta el artículo 231 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo), que permite la implementación de los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva.

Este es el instrumento para planificar la minería y busca llevar soluciones a las comunidades donde se presenta una alta dependencia de la actividad minera, permitiendo que se complemente y direccione para atender las necesidades de los territorios.

¿Dónde estarán los distritos?

El Ministerio de Minas y Energía ha avanzado en el diálogo con el objetivo de identificar y priorizar los municipios que conformarán los Distritos para la Diversificación Productiva en:

  • Antioquia
  • Nariño
  • Boyacá
  • Cesar
  • Cundinamarca
  • Cauca
  • Valle del Cauca
  • Caldas
  • Chocó

Con el decreto se realizará la delimitación en conjunto con las entidades y otras instituciones nacionales, municipales, departamentales en concertación con los pueblos y comunidades étnicas.

A partir de esta delimitación, se dialogará mediante mesas intersectoriales de trabajo con todos los niveles y con la representación de las comunidades de los diferentes sectores productivos, para establecer mecanismos y acciones que logren solucionar las problemáticas que se hayan identificado.

Criterios para la identificación y delimitación de los Distritos

  1. Analizar el tipo de operación minera, volumen y grado de concentración minera que se desarrolla en la región.
  2. Revisar el estado de deterioro de los ecosistemas donde se ha realizado la actividad minera, cuando resulte aplicable.
  3. Considerar las posibilidades de rehabilitación de las zonas afectadas por la minería y las estrategias de conservación.
  4. Considerar el potencial que tiene el territorio para realizar otras actividades productivas.
  5. Tener en cuenta la tradición minera de la comunidad.
  6. Analizar si el Catastro Multipropósito permite que se puedan fomentar usos complementarios del suelo.
  7. Reconocer el potencial de la región para fomentar la industrialización.

Tipos de enfoques

Los Distritos van a abordar diferentes situaciones. De una parte, hay Distritos Mineros para la Vida y la Paz en zonas de alta presencia de la minería informal, con un enfoque hacia la formalización minera junto al desarrollo de una actividad minera sustentable y la rehabilitación de los territorios.

Del otro lado, se establecen los Distritos Mineros para la Transición Energética Justa, con un enfoque hacia la descarbonización y la reconversión productiva.

“El Gobierno del Cambio avanza así en la transformación del sector minero de la mano de las comunidades, consolidando la participación y el poder constituyente en un camino hacia la Minería para la vida, que tiene en cuenta lo ambiental, lo social, lo productivo y lo laboral como pilares de la transformación de este sector en el país”, destaca Minminas.

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