Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
En cumplimiento de sus funciones, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso la sanción más alta a Comcel S.A. (Claro) por no implementar “medidas adecuadas y suficientes” para obtener de sus clientes números telefónicos de referidos.
La sanción es por más de $1.306 millones, y se impone por la actuación de la empresa de telefonía móvil en su campaña “Amigos que te premian” en donde pedían a sus usuarios números de teléfono de amigos o familiares a quienes pudiera interesar sus servicios.
Esta práctica se considera contraria al responsable tratamiento de los datos personales, pues hay que tener en cuenta que el mecanismo que se emplea para obtenerlos no tiene la autorización previa, expresa e informada del titular del plan. En otras palabras, no está bien que se pidan números de teléfono de otros con fines comerciales.
Lea también: No hay competencia ni portabilidad en las telecomunicaciones
“La sanción impuesta por la Superindustria, se acompañó de un conjunto de órdenes dentro de las cuales se destacan las de (i) abstenerse de continuar utilizando las bases de datos recolectadas con ocasión de la campaña “Amigos que te premian”, (ii) proceder con la eliminación de las bases de datos asociadas a esta campaña, (iii) cesar todo tipo de actividad en la que recolecten datos personales, sin la autorización de su titular, a través de este tipo de estrategias comerciales, en donde se utilizan a terceros para la recolección de datos personales con fines comerciales”, precisó la SIC.
La autoridad señaló que se le impuso la sanción más alta a Claro debido a “la reincidencia de la compañía, toda vez que la citada sociedad ya había sido multada antes por la misma situación”.
La respuesta de Claro
Horas más tarde de comunicarse la sanción, Claro emitió un comunicado en el que dijo que todas sus actuaciones están apegadas al cumplimiento de la ley, y a la normatividad vigente sobre la protección de los datos de os usuarios.
“Los hechos a los que se refiere la investigación y la decisión adoptada por la SIC, se relacionan específicamente con una campaña publicitaria denominada “Amigos que te Premian”, que tenía duración determinada y no se encuentra vigente, por lo que independientemente de que la decisión aún no está en firme, será objeto de la interposición oportuna de los recursos que proceden contra esta. Adicionalmente, la compañía no afectó ningún derecho de los titulares de datos personales con ocasión de esa campaña”, concluyó la empresa.
💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.