Empresas podrán postularse a ayuda económica para contratar a jóvenes
El Gobierno otorgará mensualmente el 25 % de un salario mínimo por joven adicional contratado hasta por 12 meses. La iniciativa busca incentivar la creación de empleos para personas entre 18 y 28 años.
Este viernes, el presidente Iván Duque presentó el programa “Sacúdete: camello sí hay”, una iniciativa que pretende incentivar la contratación de jóvenes entre 18 y 28 años de edad.
El proyecto pone en marcha el decreto 688 de 2021, que establece un apoyo económico para empleadores (personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas) que contraten o vinculen formalmente a personas en dicho rango de edad a partir del mes de julio y durante el resto de la vigencia 2021.
La norma establece que el apoyo consistirá en 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente (cerca de $220.000) para nuevas contrataciones. Esto significa que el aportante debe presentar un incremento en sus empleados, por lo tanto, no se permite la sustitución de trabajadores mayores por jóvenes.
Lea también: Listo el decreto para apoyar con el 25 % de un salario la contratación de jóvenes
Este beneficio aplica para todos los sectores o actividades económicas de cualquier lugar del país. Podrán ser beneficiarios todos aquellos que demuestren su calidad de empleadores mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
También podrán aplicar las Cooperativas de Trabajo Asociado, siempre y cuando demuestren el pago de los aportes de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad Social Integral y se encuentren debidamente registradas ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
El Gobierno detalló que en el mes de postulación se identificará el número de trabajadores adicionales con un Ingreso Base de Cotización de al menos un salario mínimo y que estén afiliados al Sistema General de Seguridad Social en todos los subsistemas que le correspondan.
El Gobierno informó que este programa se financiará con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación en la sección presupuestal del Ministerio del Trabajo y “hasta donde la disponibilidad presupuestal lo permita”. Para esto se han destinado $44.000 millones en el segundo semestre del 2021 y $160.000 millones para el primer semestre de 2022.
Puede consultar el decreto en este enlace.
¿Cómo postularse?
Los interesados podrán aspirar en el mes de agosto de 2021, cuando serán validados los registros de jóvenes identificados como nuevos o adicionales en la PILA del mes de julio de 2021. En caso de cumplir con los requisitos, el beneficiario recibirá por cada uno de los jóvenes contratados o vinculados un apoyo estatal de $227.131 mensuales, que podrá solicitar hasta por 12 meses.
Personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:
1. Solicitud firmada por el representante legal, persona natural empleadora o por el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del apoyo.
2. Certificación firmada por el representante legal, la persona natural empleadora o el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
- Que los empleados jóvenes sobre los cuales se otorgue el apoyo efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior. En el caso de trabajadores asociados, corresponderá al pago de las compensaciones del mes inmediatamente anterior.
- En los casos a que haya lugar, certificar que se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador en los términos de los artículos 67 y 68 del Código Sustantivo del Trabajo, cuando dicha sustitución haya ocurrido después del mes de marzo de 2021.
- Que, al momento de la postulación, los pagos de seguridad social para el mes de marzo de 2021 se encuentren al día para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
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¿Quiénes no pueden ser beneficiarios?
Las entidades o sociedades cuya participación de la Nación o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50 % de su capital. Tampoco podrán acceder al beneficio los patrimonios autónomos que no declaren impuesto de renta y complementarios, las personas naturales expuestas políticamente (PEP) y quienes no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos por el Decreto 688 de 2021.
¿El monto tendrá algún descuento por impuestos o gravámenes?
Sí. El apoyo del 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente será afectado por los impuestos, gravámenes y tasas establecidos por Ley.
“Por ejemplo, tendrá el descuento del 4 por 1.000 que se paga por los movimientos financieros. Es importante informar que el Decreto 688 de 2021 no tiene el alcance legal de exonerar este apoyo económico de la aplicación de impuestos, gravámenes y tasas”, señaló el Gobierno en un comunicado.
Las ayudas de Estado Joven
El Gobierno también recordó que logró una asignación de $6.000 millones para el año 2021 provenientes del Presupuesto General de la Nación para dar vida a una nueva versión del programa Estado Joven.
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El proyecto ofrece a estudiantes entre los 18 y 28 años de edad la posibilidad de adquirir experiencia profesional certificada desde su etapa de formación, contribuyendo a reducir brechas para el acceso al empleo de los jóvenes.
Los estudiantes que sean seleccionados recibirán un auxilio equivalente a 1 SMMLV, durante los 5 meses que dura la práctica.
Según el Gobierno, durante la etapa de postulación llegaron solicitudes de casi 8.000 jóvenes a nivel nacional otorgadas por cerca de 388 entidades. En esta primera etapa se lograron financiar cerca de 1.300 plazas.
Este viernes, el presidente Iván Duque presentó el programa “Sacúdete: camello sí hay”, una iniciativa que pretende incentivar la contratación de jóvenes entre 18 y 28 años de edad.
El proyecto pone en marcha el decreto 688 de 2021, que establece un apoyo económico para empleadores (personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas) que contraten o vinculen formalmente a personas en dicho rango de edad a partir del mes de julio y durante el resto de la vigencia 2021.
La norma establece que el apoyo consistirá en 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente (cerca de $220.000) para nuevas contrataciones. Esto significa que el aportante debe presentar un incremento en sus empleados, por lo tanto, no se permite la sustitución de trabajadores mayores por jóvenes.
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Este beneficio aplica para todos los sectores o actividades económicas de cualquier lugar del país. Podrán ser beneficiarios todos aquellos que demuestren su calidad de empleadores mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
También podrán aplicar las Cooperativas de Trabajo Asociado, siempre y cuando demuestren el pago de los aportes de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad Social Integral y se encuentren debidamente registradas ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
El Gobierno detalló que en el mes de postulación se identificará el número de trabajadores adicionales con un Ingreso Base de Cotización de al menos un salario mínimo y que estén afiliados al Sistema General de Seguridad Social en todos los subsistemas que le correspondan.
El Gobierno informó que este programa se financiará con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación en la sección presupuestal del Ministerio del Trabajo y “hasta donde la disponibilidad presupuestal lo permita”. Para esto se han destinado $44.000 millones en el segundo semestre del 2021 y $160.000 millones para el primer semestre de 2022.
Puede consultar el decreto en este enlace.
¿Cómo postularse?
Los interesados podrán aspirar en el mes de agosto de 2021, cuando serán validados los registros de jóvenes identificados como nuevos o adicionales en la PILA del mes de julio de 2021. En caso de cumplir con los requisitos, el beneficiario recibirá por cada uno de los jóvenes contratados o vinculados un apoyo estatal de $227.131 mensuales, que podrá solicitar hasta por 12 meses.
Personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:
1. Solicitud firmada por el representante legal, persona natural empleadora o por el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del apoyo.
2. Certificación firmada por el representante legal, la persona natural empleadora o el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
- Que los empleados jóvenes sobre los cuales se otorgue el apoyo efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior. En el caso de trabajadores asociados, corresponderá al pago de las compensaciones del mes inmediatamente anterior.
- En los casos a que haya lugar, certificar que se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador en los términos de los artículos 67 y 68 del Código Sustantivo del Trabajo, cuando dicha sustitución haya ocurrido después del mes de marzo de 2021.
- Que, al momento de la postulación, los pagos de seguridad social para el mes de marzo de 2021 se encuentren al día para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
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¿Quiénes no pueden ser beneficiarios?
Las entidades o sociedades cuya participación de la Nación o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50 % de su capital. Tampoco podrán acceder al beneficio los patrimonios autónomos que no declaren impuesto de renta y complementarios, las personas naturales expuestas políticamente (PEP) y quienes no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos por el Decreto 688 de 2021.
¿El monto tendrá algún descuento por impuestos o gravámenes?
Sí. El apoyo del 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente será afectado por los impuestos, gravámenes y tasas establecidos por Ley.
“Por ejemplo, tendrá el descuento del 4 por 1.000 que se paga por los movimientos financieros. Es importante informar que el Decreto 688 de 2021 no tiene el alcance legal de exonerar este apoyo económico de la aplicación de impuestos, gravámenes y tasas”, señaló el Gobierno en un comunicado.
Las ayudas de Estado Joven
El Gobierno también recordó que logró una asignación de $6.000 millones para el año 2021 provenientes del Presupuesto General de la Nación para dar vida a una nueva versión del programa Estado Joven.
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El proyecto ofrece a estudiantes entre los 18 y 28 años de edad la posibilidad de adquirir experiencia profesional certificada desde su etapa de formación, contribuyendo a reducir brechas para el acceso al empleo de los jóvenes.
Los estudiantes que sean seleccionados recibirán un auxilio equivalente a 1 SMMLV, durante los 5 meses que dura la práctica.
Según el Gobierno, durante la etapa de postulación llegaron solicitudes de casi 8.000 jóvenes a nivel nacional otorgadas por cerca de 388 entidades. En esta primera etapa se lograron financiar cerca de 1.300 plazas.