¿En qué quedó el caso de despido colectivo de Coltejer?
La compañía, alegando el impacto económico de la pandemia, solicitó al Ministerio de Trabajo la autorización para adelantar un despido colectivo. ¿Cómo avanza este trámite?
Hace dos semanas la empresa textilera más antigua de Colombia, Coltejer, comunicó que solicitó al Ministerio del Trabajo la autorización para adelantar un despido colectivo al interior de su compañía.
En una carta enviada a la Superintendencia Financiera, la empresa explicó los motivos por los cuales necesita prescindir de parte de sus colaboradores. “La solicitud de despido colectivo radicada ante el Ministerio del Trabajo, se presentó teniendo en cuenta que la empresa lleva más de 120 días con suspensión de actividades. Como se ha informado con anterioridad, luego del confinamiento consecuencia de la pandemia denominada COVID-19, COLTEJER no reanudó su operación productiva por lo que no genera ingresos que permitan sustentar los costos de una reactivación”, se lee en la misiva.
Lea también: Las razones por las que Coltejer adelantaría un despido masivo
En la misma comunicación, Coltejer precisa que espera despedir a 54 trabajadores, para quienes, asegura, ya tiene lista todos los recursos que establece la ley para cumplir con las liquidaciones. De igual forma, asegura que a pesar de su inoperancia ha mantenido los esfuerzos para pagar las obligaciones pensionales, laborales, fiscales y civiles de la compañía. Con esto al día, buscan generar un espacio que les permita tomar decisiones sobre el futuro operativo de la empresa.
Sobre el trámite que ha tenido esta solicitud en el Ministerio del Trabajo, El Espectador conoció el 12 de mayo que la solicitud le había sido devuelta a Coltejer por no cumplir con los requisitos del trámite. Este jueves se registraron novedades, pues la empresa comunicó que la cartera le solicitó información adicional, como es el envío de la plantilla de personal actualizada y datos relacionados con los ingresos, costos y gastos de los últimos tres años, detallando el pasivo laboral.
Se espera que con el suministro de esta información, el ministerio pueda evaluar enteramente la solicitud de autorización de despido colectivo y, eventualmente, dar su luz verde.
Hay que tener en cuenta que el marco normativo colombiano protege a los trabajadores ante escenarios donde los empleadores consideran oportuno adelantar un despido colectivo.
En entrevista con El Espectador, el abogado laboralista y rector del Colegio Colombiano de Derecho Social (Coldesocial), Víctor Julio Díaz, explicó que en el país las empresas tienen ciertos umbrales que deben respetar al momento de adelantar una serie de despidos. Cuando estos se superan, se habla de despido colectivo.
Le puede interesar: Mintrabajo le devuelve a Coltejer la solicitud de despido colectivo
Para las compañías de hasta diez trabajadores, se pueden despedir a todos sin que se incurra en un despido colectivo; las que tienen más de diez y menos de cincuenta no pueden despedir más del 30%; las que tienen más de cincuenta y menos de 100, el tope máximo es el 20 %; para las de más de 100 y menos de 200 es el 15%; para las de más de 200 y menos de 500 es el 10 %; para las de más 500 y menos de 1.000 es el 7 %; y para las de más de 1.000 es el 5 %.
Según el experto en derecho laboral, sin la luz verde de esta cartera los despidos serían nulos y el trabajador tendría derecho al reintegro y pago de sus salarios y prestaciones que haya dejado de recibir. “No producen efecto alguno los despidos, así se hayan pagado las indemnizaciones”, detalla.
También precisó que si la empresa tiene un capital de más de 1.000 salarios mínimos, la indemnización podría reducirse a la mitad y quedar a paz y salvo con el empleado. Si los despidos son válidos, de todas formas se deben pagar los salarios pendientes, las prestaciones y la indemnización.
Otro recurso que podría emplear Coltejer es dilatar los despidos en un plazo mayor a seis meses, ya que en ese escenario no se incurriría en un despido masivo.
Díaz también precisa que, Coltejer no necesitaría la autorización de despedir empleados con justa causa (por vencimientos de contrato o incumplimientos del mismo), si estos por alguna razón entran a engrosar la lista de la nómina saliente, no podrían ser tenidos en cuentas al momento de señalar un despido colectivo.
La historia de Coltejer
El 22 de octubre de 1907 fue constituida la Compañía Colombiana de Tejidos (Coltejer) con las firmas de Alejandro Echavarría e Hijo y R. Echavarría & Cia. La empresa comenzó con $1.000 de oro inglés de capital, 12 trabajadores y 4 telares, de acuerdo con su página web. Es una de las compañías más antiguas de Latinoamérica.
En 1909 se inauguró oficialmente la empresa, cuando el presidente General Rafael Reyes oprimió un switch desde el Palacio de la Carrera en Bogotá que puso en movimiento las máquinas en Medellín. El primer producto de Coltejer fue una camisa de franela con la frase: “tan fuerte y de boca tan grande como la ruana”.
El 20 de febrero de 2001, “como consecuencia de la liberación de las importaciones, la revaluación de la moneda colombiana y el contrabando textil, nos acogemos a la ley 550/99 con el fin de renegociar las acreencias y así seguir siendo viables”, dice la compañía.
En 2006, pusieron en funcionamiento una planta de producción de índigo con capacidad para hacer un millón de metros mensuales.
Desde 2008 el Grupo Kaltex de México tiene la mayoría de las acciones de Coltejer, tras un acuerdo de salvamento de la compañía.
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Hace dos semanas la empresa textilera más antigua de Colombia, Coltejer, comunicó que solicitó al Ministerio del Trabajo la autorización para adelantar un despido colectivo al interior de su compañía.
En una carta enviada a la Superintendencia Financiera, la empresa explicó los motivos por los cuales necesita prescindir de parte de sus colaboradores. “La solicitud de despido colectivo radicada ante el Ministerio del Trabajo, se presentó teniendo en cuenta que la empresa lleva más de 120 días con suspensión de actividades. Como se ha informado con anterioridad, luego del confinamiento consecuencia de la pandemia denominada COVID-19, COLTEJER no reanudó su operación productiva por lo que no genera ingresos que permitan sustentar los costos de una reactivación”, se lee en la misiva.
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En la misma comunicación, Coltejer precisa que espera despedir a 54 trabajadores, para quienes, asegura, ya tiene lista todos los recursos que establece la ley para cumplir con las liquidaciones. De igual forma, asegura que a pesar de su inoperancia ha mantenido los esfuerzos para pagar las obligaciones pensionales, laborales, fiscales y civiles de la compañía. Con esto al día, buscan generar un espacio que les permita tomar decisiones sobre el futuro operativo de la empresa.
Sobre el trámite que ha tenido esta solicitud en el Ministerio del Trabajo, El Espectador conoció el 12 de mayo que la solicitud le había sido devuelta a Coltejer por no cumplir con los requisitos del trámite. Este jueves se registraron novedades, pues la empresa comunicó que la cartera le solicitó información adicional, como es el envío de la plantilla de personal actualizada y datos relacionados con los ingresos, costos y gastos de los últimos tres años, detallando el pasivo laboral.
Se espera que con el suministro de esta información, el ministerio pueda evaluar enteramente la solicitud de autorización de despido colectivo y, eventualmente, dar su luz verde.
Hay que tener en cuenta que el marco normativo colombiano protege a los trabajadores ante escenarios donde los empleadores consideran oportuno adelantar un despido colectivo.
En entrevista con El Espectador, el abogado laboralista y rector del Colegio Colombiano de Derecho Social (Coldesocial), Víctor Julio Díaz, explicó que en el país las empresas tienen ciertos umbrales que deben respetar al momento de adelantar una serie de despidos. Cuando estos se superan, se habla de despido colectivo.
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Para las compañías de hasta diez trabajadores, se pueden despedir a todos sin que se incurra en un despido colectivo; las que tienen más de diez y menos de cincuenta no pueden despedir más del 30%; las que tienen más de cincuenta y menos de 100, el tope máximo es el 20 %; para las de más de 100 y menos de 200 es el 15%; para las de más de 200 y menos de 500 es el 10 %; para las de más 500 y menos de 1.000 es el 7 %; y para las de más de 1.000 es el 5 %.
Según el experto en derecho laboral, sin la luz verde de esta cartera los despidos serían nulos y el trabajador tendría derecho al reintegro y pago de sus salarios y prestaciones que haya dejado de recibir. “No producen efecto alguno los despidos, así se hayan pagado las indemnizaciones”, detalla.
También precisó que si la empresa tiene un capital de más de 1.000 salarios mínimos, la indemnización podría reducirse a la mitad y quedar a paz y salvo con el empleado. Si los despidos son válidos, de todas formas se deben pagar los salarios pendientes, las prestaciones y la indemnización.
Otro recurso que podría emplear Coltejer es dilatar los despidos en un plazo mayor a seis meses, ya que en ese escenario no se incurriría en un despido masivo.
Díaz también precisa que, Coltejer no necesitaría la autorización de despedir empleados con justa causa (por vencimientos de contrato o incumplimientos del mismo), si estos por alguna razón entran a engrosar la lista de la nómina saliente, no podrían ser tenidos en cuentas al momento de señalar un despido colectivo.
La historia de Coltejer
El 22 de octubre de 1907 fue constituida la Compañía Colombiana de Tejidos (Coltejer) con las firmas de Alejandro Echavarría e Hijo y R. Echavarría & Cia. La empresa comenzó con $1.000 de oro inglés de capital, 12 trabajadores y 4 telares, de acuerdo con su página web. Es una de las compañías más antiguas de Latinoamérica.
En 1909 se inauguró oficialmente la empresa, cuando el presidente General Rafael Reyes oprimió un switch desde el Palacio de la Carrera en Bogotá que puso en movimiento las máquinas en Medellín. El primer producto de Coltejer fue una camisa de franela con la frase: “tan fuerte y de boca tan grande como la ruana”.
El 20 de febrero de 2001, “como consecuencia de la liberación de las importaciones, la revaluación de la moneda colombiana y el contrabando textil, nos acogemos a la ley 550/99 con el fin de renegociar las acreencias y así seguir siendo viables”, dice la compañía.
En 2006, pusieron en funcionamiento una planta de producción de índigo con capacidad para hacer un millón de metros mensuales.
Desde 2008 el Grupo Kaltex de México tiene la mayoría de las acciones de Coltejer, tras un acuerdo de salvamento de la compañía.
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