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Desde el próximo sábado 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reducirá una hora y, por tanto, los empleados pasarán de trabajar 48 a 47 horas semanales. Según la Ley 2101 de 2021, el propósito es reducir la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales de manera paulatina y tiene, como uno de sus puntos clave, la garantía de que los trabajadores recibirán la misma remuneración.
Este ajuste tiene como finalidad alcanzar la duración máxima establecida en la normativa, la cual se fijó en 42 horas. Es decir, desde este año y hasta el 2026 se aplicará una reducción en las horas de trabajo, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores.
Es así que, transcurridos dos años a partir de la entrada en vigor de la ley (2023), se reducirá una hora de la jornada laboral semanal. De esta forma, quedaría en 47 horas semanales desde este 2023, después de tres años se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales y, a partir del cuarto año de la entrada en vigor de la ley, se reducirán dos horas cada año hasta llegar a las 42 horas semanales pero: ¿cuáles son las empresas que acogerán esta medida?
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¿A qué tipo de empresas aplica la nueva jornada laboral en Colombia?
Esta nueva normativa será aplicable tanto a empresas privadas como estatales.
- Trabajadores del sector público: la reducción de la jornada laboral puede aplicar a los empleados del sector público, dependiendo de las políticas y acuerdos establecidos por las entidades gubernamentales.
- Trabajadores del sector privado: en el sector privado, la reducción de la jornada laboral puede aplicar a través de acuerdos o convenios colectivos establecidos entre los empleadores y los sindicatos. Estos pueden variar según la industria y las condiciones específicas de cada empresa.
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¿Qué pasa si una empresa no reduce la jornada laboral en julio?
Dicha ley no debe desconocerse por parte de los empleadores, quienes tendrán la obligación de disminuir la jornada laboral semanal, en un caso contrario estas organizaciones deberán exponerse a las sanciones que prevé la ley laboral.
Si una empresa o empleador no aplica la medida, podría dar lugar a una justa causa para que el trabajador de manera unilateral termine el contrato de trabajo (despido indirecto) y exija el pago de las correspondientes indemnizaciones según la parte “B” del numeral 6 del artículo 62 del CST.
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