Le ordenan a Ecopetrol y Petrobras suspender las actividades en Uchuva 2
La acción se logra mediante una acción de tutela instaurada por no haberse cumplido el proceso de consulta previa con la Comunidad indígena de Taganga.
El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta, mediante un fallo a una acción de tutela, le ordenó a Ecopetrol, Petrobras y a otras entidades (en las que también figura la ANLA, la ANH y el Ministerio de Minas y Energía) suspender todas las actividades relacionadas al proyecto de exploración y explotación en el área de interés de Perforación Exploratoria Tayrona, en el pozo Uchuva 2.
Esta orden se da luego de que la Comunidad indígena de Taganga presentara una acción de tutela en la que argumentó el no cumplimiento del proceso de consulta previa, lo que el Juzgado calificó como una violación a un derecho fundamental.
Lea también: Los niveles de los embalses energéticos han disminuido un 6 % en el último mes
Las actividades en la mencionada región se podrán retomar cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Ordenar al Ministerio del Interior que, en un plazo no mayor a un mes, revise y corrija la Resolución ST -1630 del 2 de noviembre de 2023, en el sentido de reconocer explícitamente la presencia del Cabildo Indígena de Taganga en el Área de Explotación y Desarrollo Tayrona.
- Expedida la resolución corregida, se deberá autorizar en un plazo no menor a 30 días la realización inmediata de la consulta previa, libre e informada con el Cabildo Indígena de Taganga respecto al proyecto de exploración y explotación en el Área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona. Esta consulta deberá llevarse a cabo de conformidad con los estándares internacionales y constitucionales, garantizando la participación efectiva de la comunidad Cabildo Indígena de Taganga en todas las etapas del proceso.
- Ordenar a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que realice un nuevo estudio de impacto ambiental y sociocultural que incluya específicamente los efectos del proyecto sobre el Cabildo Indígena de Taganga y su relación con el entorno marítimo, en un plazo no mayor a cuatro meses.
La autoridad también le ordenó a la Presidencia de la República desarrollar un protocolo interinstitucional para la identificación, consulta y protección de las comunidades ancestrales del agua en futuros proyectos.
También se sugirió la creación de un comité de supervisión conformado por los representantes del mencionado cabildo, así como la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público. Este vigilaría el cumplimiento de estas órdenes y el respeto a los derechos de la comunidad.
Al Ministerio de Cultura se le pidió desarrollar un plan de salvaguardia de las prácticas culturales y conocimientos tradicionales relacionados con el entorno marítimo de la comunidad; a Ecopetrol y Petrobras se le prohibió utilizar nombres o símbolos culturales de la comunidad de Taganga o de otros pueblos indígenas en sus proyectos, sin el consentimiento expreso de las comunidades. Por eso, tendrán que retirar la denominación “Uchuva” y “área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona”.
A la ANH y a la ANLA se les ordenó implementar un proceso de verificación independiente de la presencia de comunidades tradicionales en las áreas de futuros proyectos, no limitándose a la certificación del Ministerio del Interior.
Al Ministerio del Interior y a la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) el diseño e implementación de un programa de capacitación para funcionarios públicos sobre los derechos de las comunidades ancestrales del agua, así como los procedimientos adecuados de consulta previa en las regiones costeras.
A la Defensoría del Pueblo se le ordenó la divulgación e implementación de medidas pedagógicas para poner en conocimiento a todos los pueblos étnicos costeros del
Atlántico, Pacífico, San Andrés y Providencia, la presente tutela para que los mismos tengan conocimiento de sus derechos.
Sobre este caso hay que tener en cuenta que Ecopetrol y Petrobras son socios en el Bloque Tayrona, con una participación del 55,6% y del 44,4 %, respectivamente.
El pozo Uchuva 2 está ubicado en el mencionado bloque, aproximadamente a 31 kilómetros de la costa, con una perforación que comenzó el 19 de junio del año pasado.
Según lo explicado por Ecopetrol, Uchuva 2 representa una importante oportunidad para abastecer las reservas de gas natural en Colombia.
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El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta, mediante un fallo a una acción de tutela, le ordenó a Ecopetrol, Petrobras y a otras entidades (en las que también figura la ANLA, la ANH y el Ministerio de Minas y Energía) suspender todas las actividades relacionadas al proyecto de exploración y explotación en el área de interés de Perforación Exploratoria Tayrona, en el pozo Uchuva 2.
Esta orden se da luego de que la Comunidad indígena de Taganga presentara una acción de tutela en la que argumentó el no cumplimiento del proceso de consulta previa, lo que el Juzgado calificó como una violación a un derecho fundamental.
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Las actividades en la mencionada región se podrán retomar cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Ordenar al Ministerio del Interior que, en un plazo no mayor a un mes, revise y corrija la Resolución ST -1630 del 2 de noviembre de 2023, en el sentido de reconocer explícitamente la presencia del Cabildo Indígena de Taganga en el Área de Explotación y Desarrollo Tayrona.
- Expedida la resolución corregida, se deberá autorizar en un plazo no menor a 30 días la realización inmediata de la consulta previa, libre e informada con el Cabildo Indígena de Taganga respecto al proyecto de exploración y explotación en el Área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona. Esta consulta deberá llevarse a cabo de conformidad con los estándares internacionales y constitucionales, garantizando la participación efectiva de la comunidad Cabildo Indígena de Taganga en todas las etapas del proceso.
- Ordenar a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que realice un nuevo estudio de impacto ambiental y sociocultural que incluya específicamente los efectos del proyecto sobre el Cabildo Indígena de Taganga y su relación con el entorno marítimo, en un plazo no mayor a cuatro meses.
La autoridad también le ordenó a la Presidencia de la República desarrollar un protocolo interinstitucional para la identificación, consulta y protección de las comunidades ancestrales del agua en futuros proyectos.
También se sugirió la creación de un comité de supervisión conformado por los representantes del mencionado cabildo, así como la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público. Este vigilaría el cumplimiento de estas órdenes y el respeto a los derechos de la comunidad.
Al Ministerio de Cultura se le pidió desarrollar un plan de salvaguardia de las prácticas culturales y conocimientos tradicionales relacionados con el entorno marítimo de la comunidad; a Ecopetrol y Petrobras se le prohibió utilizar nombres o símbolos culturales de la comunidad de Taganga o de otros pueblos indígenas en sus proyectos, sin el consentimiento expreso de las comunidades. Por eso, tendrán que retirar la denominación “Uchuva” y “área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona”.
A la ANH y a la ANLA se les ordenó implementar un proceso de verificación independiente de la presencia de comunidades tradicionales en las áreas de futuros proyectos, no limitándose a la certificación del Ministerio del Interior.
Al Ministerio del Interior y a la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) el diseño e implementación de un programa de capacitación para funcionarios públicos sobre los derechos de las comunidades ancestrales del agua, así como los procedimientos adecuados de consulta previa en las regiones costeras.
A la Defensoría del Pueblo se le ordenó la divulgación e implementación de medidas pedagógicas para poner en conocimiento a todos los pueblos étnicos costeros del
Atlántico, Pacífico, San Andrés y Providencia, la presente tutela para que los mismos tengan conocimiento de sus derechos.
Sobre este caso hay que tener en cuenta que Ecopetrol y Petrobras son socios en el Bloque Tayrona, con una participación del 55,6% y del 44,4 %, respectivamente.
El pozo Uchuva 2 está ubicado en el mencionado bloque, aproximadamente a 31 kilómetros de la costa, con una perforación que comenzó el 19 de junio del año pasado.
Según lo explicado por Ecopetrol, Uchuva 2 representa una importante oportunidad para abastecer las reservas de gas natural en Colombia.
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