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Hacia la 1:00 p.m. de este miércoles fue radicada la ponencia de la reforma laboral del Gobierno Petro ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. De ahí en adelante, al proyecto (que contempla 82 artículos) le espera un largo camino por el legislativo que empezará en los próximos días con los debates en las comisiones económicas.
“Es un proyecto que se está mejorando y esa mejora se debe a los debates que hemos tenido con los ponentes en las más de 11 reuniones de manera conjunta con los equipos de trabajo, y donde hemos hecho unas precisiones importantes al proyecto de reforma laboral y apenas estamos empezando”, manifestó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
La reforma se ha propuesto “modificar parcialmente” (como se indica en el documento) el Código Sustantivo del Trabajo, sin cambios desde hace más de 60 años, de tal manera que contemple y regule las nuevas formas de trabajo que han surgido en todo este tiempo, incluidas las dinámicas en plataformas digitales.
Precisamente, se estima que existen cerca de 120.000 repartidores de plataformas digitales y su actividad representa el 0,2 % del PIB, según datos de Alianza IN.
Hasta ahora, el trabajo de estas personas ha transcurrido en una clase de “zona gris”: se les ha catalogado como independientes, es decir, sin subordinación, puesto que las aplicaciones son solo un intermediador de cara al cliente; de ahí que se prescinda del pago de seguridad social y otras prestaciones. Por otro lado, existe la visión de que en este tipo de trabajo hay una relación laboral derivada de una subordinación a la plataforma a través de su algoritmo.
La reforma laboral radicada ante la Cámara de Representantes da luz sobre este y más asuntos.
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Trabajadores deberán ser contratados
El Gobierno Petro ha insistido en la necesidad de avanzar en la formalización de los trabajadores de plataformas digitales (repartidores de Rappi o conductores de Uber, entre muchos otros ejemplos). En consonancia, la reforma reconoce que existe una relación laboral entre las plataformas y estos colaboradores.
Así las cosas, estos empleadores ahora tendrán la obligación de vincular a estos trabajadores, reconociéndoles sus derechos y garantías laborales, como el pago de seguridad social. Para ello, contempla la creación de un contrato laboral especial para ellos.
El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Trabajo, expedirá la reglamentación de este contrato especial o alternativo en un término de 12 meses, indica el documento de la ponencia de la reforma.
En últimas, los trabajadores de este rubro ganan en beneficios sociales, como aseguramiento a salud y cotización a pensiones, como el resto de los empleados formales en Colombia.
Otras disposiciones
Un punto para destacar de este contrato es que prohibirá el pacto de exclusividad, es decir, les permitiría a estos trabajadores seguir aceptando las solicitudes de varias plataformas. Se presume entonces que estas personas podrían firmar varios de estos contratos laborales especiales.
Así mismo, el artículo 26 de la reforma estipula que el trabajador no podrá ser suspendido, restringido o cancelado de la plataforma o retenida su remuneración injustificadamente. Los trabajadores tendrán acceso a una persona de contacto designada por la plataforma para conocer y aclarar hechos que hayan conducido a una decisión que impacte sus condiciones de trabajo.
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¿Qué dicen las plataformas?
Desde la presentación del borrador de la reforma, las plataformas y agremiaciones se han opuesto a la vinculación directa de repartidores.
José Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, el gremio de las plataformas, le explicó a El Espectador a finales de marzo que el grueso de los repartidores labora en estas empresas por las facilidades que permiten, como lo es conectarse en cualquier momento y lugar.
“Con un contrato de trabajo esto no sería posible, pues los repartidores se verían obligados a cumplir jornadas de ocho horas al día”, argumentó López.
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