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Subsidio para empresas por creación de empleos: así puede aplicar a los incentivo

Pueden aplicar los empleadores que hayan generado nuevos empleos formales por un tiempo mínimo de seis meses, a partir de mayo de 2023.

09 de octubre de 2023 - 10:15 p. m.
Los incentivos a la generación de empleo se extenderá hasta agosto del 2026. Imagen de referencia.
Los incentivos a la generación de empleo se extenderá hasta agosto del 2026. Imagen de referencia.
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El Gobierno creó la estrategia “Empleo para la vida”, para darle incentivos a los empleadores que generen nuevos puestos de trabajo.

Esta estrategia que se extenderá hasta agosto del 2026 busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómina por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres.

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El incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

  • Jóvenes entre 18 y 28 años el 25 %: $290.000
  • Mujeres mayores de 28 años el 15 %: $174.000
  • Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000.

💰 ¿Cómo aplicar al incentivo?

“Este incentivo tiene una aplicación muy fácil, unos requisitos mínimos de documentación muy flexibles y podrán postularse a finales de noviembre para un único pago en el mes de diciembre de 2023″, explicó la directora de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Mónica Naranjo Londoño.

Darle oportunidad a los jóvenes de tener una experiencia mínima laboral y sobre todo el fomento del empleo y la formalización laboral “que es núcleo central de nuestra reforma laboral”, añadió Londoño.

Los interesados en aplicar a los incentivos económicos otorgados por el Ministerio del Trabajo con la estrategia ‘Empleo para la Vida’, recibirán orientación para la postulación a través del formulario https://acortar.link/3vUQMq o a través de la página web www.mintrabajo.gov.co.

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📄 Documentos a presentar

Estos son los documentos requeridos para que el empleador pueda acceder al beneficio:

  1. Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
  2. Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
  3. RUT.
  4. Contrato laboral mínimo de 6 meses.

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