Van Camp’s denunció a trabajadora que reveló condiciones laborales: esto se sabe
Según dio a conocer Blu Radio, la compañía había denunciado, hace unos meses, ante la justicia a la vicepresidenta del sindicato por injuria.
Hace un par de semanas se conocieron las denuncias de la ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez sobre una inspección en la que se encontró que en las plantas de Seatech International Inc. (compañía detrás de la marca de atún Van Camp´s en Colombia), algunas trabajadoras utilizan pañal ante la negativa de usar el baño por parte de su empleador.
Lea: Empresas estarían obligando a sus trabajadores a usar pañales: Mintrabajo
Aunque la noticia se viralizó por las declaraciones de la ministra de Trabajo, las denuncias fueron realizadas hace algunos meses. Según reveló este martes Blu Radio, la compañía denunció ante la justicia a Alicia Cardiles, la vicepresidenta del sindicato por acusaciones falsas y por falta de pruebas.
De acuerdo con los documentos que tiene Blu Radio, “Seatech denunció a Alicia Cardiles por concurso homogéneo sucesivo de los delitos de injurias agravadas a raíz de una serie de publicaciones en distintos perfiles de redes sociales entre marzo y mayo del año pasado”.
Lea también: Caso Van Camp’s: ¿qué dice la ley en Colombia sobre ir al baño en horas laborales?
Cardiles denunció, en nombre de su cargo como vicepresidenta del sindicato, el tema de los pañales así como que la empresa despedía a trabajadores enfermos. Según la emisora, la denuncia se realizó cuando las publicaciones en redes sociales tenían poca interacción.
“El sindicato envió en su defensa copias de notas en distintos medios de comunicación con denuncias del sindicato sobre distintas actuaciones de la empresa desde por lo menos el año 2015 varias sentencias de la Corte Suprema de Justicia en donde se confirman decisiones contra la compañía en materia laboral”, dijo Blu Radio.
¿Qué dijo la ministra?
“Las inspectoras que han ido a la parte de las flores, a la parte de los atunes, Van Camp´s, por ejemplo, se han encontrado que las condiciones en las que estas mujeres ejercen sus labores no son las mejores. Por ejemplo, no tienen el tiempo para ir al baño, que es algo tan propio del ser humano, de la máquina que somos. Estamos trabajando para que estas condiciones de ejercicio de las labores y de los oficios tengan dignidad humana. Hemos encontrado a algunas trabajadoras que tienen que usar pañal porque no tienen tiempo de ir al baño, estas son las sistematizaciones que estamos haciendo para hacer un plan de choque y corrección de estos exabruptos que se presentan en muchas mujeres que laboran en los campos de Colombia, y también en muchas ciudades”, manifestó Ramírez.
El Ministerio del Trabajo precisó que estas acusaciones obedecen a una visita realizada el 19 de octubre, a las nueve de la mañana, en las instalaciones de Satech International Inc., en Cartagena. En esta inspección se encontraron 26 hallazgos, siendo uno de estos el “descuento ilegal en salario por control del tiempo en las necesidades fisiológicas”.
“Frente a este hallazgo el equipo de inspectores dejo anotación en el acta mencionada sobre una queja de las trabajadoras: “En lo concerniente para la equidad de género en el ámbito laboral las trabajadoras manifestaron su inconformidad con respecto a presuntos descuentos ilegales, al momento de utilizar los baños, de igual forma en el momento que les llega el periodo, según manifiestan que deben usar paños desechables para no generar descuentos en nómina por ausencia en el puesto de trabajo, a falta de desarrollo de la actividad”, precisa la cartera laboral.
Según lo informado en medios de comunicación por los representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario (Sinaltrainal), las irregularidades denunciadas en estos espacios laborales hacen referencia a descuentos en los salarios que devengan los colaboradores por cada vez que hacen uso del baño. En suma, no es que les pidan u obliguen a usar pañal, sino que muchos deciden hacer uso del mencionado elemento para evitar estas afectaciones en sus ingresos.
📄 La respuesta de Seatech International Inc.
Vale la pena recordar que tras las declaraciones de la ministra de Trabajo, la compañía acusada negó lo dicho por Ramírez, y anunció que adelantará acciones legales en contra de lo que califica como unas declaraciones sin fundamento y malintencionadas, mediante las cuales se busca estigmatizar a la marca en el país.
“No se puede atacar y estigmatizar a una compañía de esta manera. Esto atenta contra los más de 35 años de labores, de aporte al país y de generación digna de empleo”, añade Seatech International Inc.
¿Qué dice la ley sobre este tipo de abusos?
En entrevista con El Espectador, el abogado laboralista Víctor Julio Díaz, detalló que por ley la jornada de trabajo debe dividirse en mínimo dos partes para que el trabajador tome un descanso. En este tiempo el colaborador puede comer, ir al baño, tomar agua, café…
Sin embargo, el experto laboralista detalla que la normativa no establece con certeza el tiempo que puede demorar entre cada sección, pero se considera que este debe darse en un término razonable para que el trabajador pueda hacer todo lo que necesita.
Sobre el uso del baño, el abogado asegura que todo trabajador tiene el derecho de hacerlo, sin que se le apliquen sanciones (como descuentos en su salario) por lo mismo.
De nuevo, la ley no es explícita en decir cuál sería un uso exagerado del derecho de ir al baño, por lo que el abogado detalla que esto entraría más en lo que se considere razonable, ya que una persona podría ir, por ejemplo, cada dos o tres horas, mientras que otra que tenga problemas de salud (como una afectación en la próstata) podría ir con una mayor periodicidad.
Ante eventuales casos, como los que denuncia el Ministerio del Trabajo, se podría considerar que el empleador esta incurriendo en un acto abusivo al violar la dignidad del trabajador, por lo que podría someterse a una multa de entre 1 y 5.000 salarios mínimos, dependiendo la gravedad, regularidad, periodicidad y razones que llevaron al empleador a tomar esa decisión.
En la Ley 1562 de 2012 también se establece que es deber de los empleadores promover y mantener el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todas las ocupaciones.
Esto incluye la disposición de áreas destinadas para las necesidades fisiológicas e higiene de los colaboradores, así como la no imposición de impedimentos contrarios a estas necesidades propias del funcionamiento del cuerpo humano.
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Hace un par de semanas se conocieron las denuncias de la ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez sobre una inspección en la que se encontró que en las plantas de Seatech International Inc. (compañía detrás de la marca de atún Van Camp´s en Colombia), algunas trabajadoras utilizan pañal ante la negativa de usar el baño por parte de su empleador.
Lea: Empresas estarían obligando a sus trabajadores a usar pañales: Mintrabajo
Aunque la noticia se viralizó por las declaraciones de la ministra de Trabajo, las denuncias fueron realizadas hace algunos meses. Según reveló este martes Blu Radio, la compañía denunció ante la justicia a Alicia Cardiles, la vicepresidenta del sindicato por acusaciones falsas y por falta de pruebas.
De acuerdo con los documentos que tiene Blu Radio, “Seatech denunció a Alicia Cardiles por concurso homogéneo sucesivo de los delitos de injurias agravadas a raíz de una serie de publicaciones en distintos perfiles de redes sociales entre marzo y mayo del año pasado”.
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Cardiles denunció, en nombre de su cargo como vicepresidenta del sindicato, el tema de los pañales así como que la empresa despedía a trabajadores enfermos. Según la emisora, la denuncia se realizó cuando las publicaciones en redes sociales tenían poca interacción.
“El sindicato envió en su defensa copias de notas en distintos medios de comunicación con denuncias del sindicato sobre distintas actuaciones de la empresa desde por lo menos el año 2015 varias sentencias de la Corte Suprema de Justicia en donde se confirman decisiones contra la compañía en materia laboral”, dijo Blu Radio.
¿Qué dijo la ministra?
“Las inspectoras que han ido a la parte de las flores, a la parte de los atunes, Van Camp´s, por ejemplo, se han encontrado que las condiciones en las que estas mujeres ejercen sus labores no son las mejores. Por ejemplo, no tienen el tiempo para ir al baño, que es algo tan propio del ser humano, de la máquina que somos. Estamos trabajando para que estas condiciones de ejercicio de las labores y de los oficios tengan dignidad humana. Hemos encontrado a algunas trabajadoras que tienen que usar pañal porque no tienen tiempo de ir al baño, estas son las sistematizaciones que estamos haciendo para hacer un plan de choque y corrección de estos exabruptos que se presentan en muchas mujeres que laboran en los campos de Colombia, y también en muchas ciudades”, manifestó Ramírez.
El Ministerio del Trabajo precisó que estas acusaciones obedecen a una visita realizada el 19 de octubre, a las nueve de la mañana, en las instalaciones de Satech International Inc., en Cartagena. En esta inspección se encontraron 26 hallazgos, siendo uno de estos el “descuento ilegal en salario por control del tiempo en las necesidades fisiológicas”.
“Frente a este hallazgo el equipo de inspectores dejo anotación en el acta mencionada sobre una queja de las trabajadoras: “En lo concerniente para la equidad de género en el ámbito laboral las trabajadoras manifestaron su inconformidad con respecto a presuntos descuentos ilegales, al momento de utilizar los baños, de igual forma en el momento que les llega el periodo, según manifiestan que deben usar paños desechables para no generar descuentos en nómina por ausencia en el puesto de trabajo, a falta de desarrollo de la actividad”, precisa la cartera laboral.
Según lo informado en medios de comunicación por los representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario (Sinaltrainal), las irregularidades denunciadas en estos espacios laborales hacen referencia a descuentos en los salarios que devengan los colaboradores por cada vez que hacen uso del baño. En suma, no es que les pidan u obliguen a usar pañal, sino que muchos deciden hacer uso del mencionado elemento para evitar estas afectaciones en sus ingresos.
📄 La respuesta de Seatech International Inc.
Vale la pena recordar que tras las declaraciones de la ministra de Trabajo, la compañía acusada negó lo dicho por Ramírez, y anunció que adelantará acciones legales en contra de lo que califica como unas declaraciones sin fundamento y malintencionadas, mediante las cuales se busca estigmatizar a la marca en el país.
“No se puede atacar y estigmatizar a una compañía de esta manera. Esto atenta contra los más de 35 años de labores, de aporte al país y de generación digna de empleo”, añade Seatech International Inc.
¿Qué dice la ley sobre este tipo de abusos?
En entrevista con El Espectador, el abogado laboralista Víctor Julio Díaz, detalló que por ley la jornada de trabajo debe dividirse en mínimo dos partes para que el trabajador tome un descanso. En este tiempo el colaborador puede comer, ir al baño, tomar agua, café…
Sin embargo, el experto laboralista detalla que la normativa no establece con certeza el tiempo que puede demorar entre cada sección, pero se considera que este debe darse en un término razonable para que el trabajador pueda hacer todo lo que necesita.
Sobre el uso del baño, el abogado asegura que todo trabajador tiene el derecho de hacerlo, sin que se le apliquen sanciones (como descuentos en su salario) por lo mismo.
De nuevo, la ley no es explícita en decir cuál sería un uso exagerado del derecho de ir al baño, por lo que el abogado detalla que esto entraría más en lo que se considere razonable, ya que una persona podría ir, por ejemplo, cada dos o tres horas, mientras que otra que tenga problemas de salud (como una afectación en la próstata) podría ir con una mayor periodicidad.
Ante eventuales casos, como los que denuncia el Ministerio del Trabajo, se podría considerar que el empleador esta incurriendo en un acto abusivo al violar la dignidad del trabajador, por lo que podría someterse a una multa de entre 1 y 5.000 salarios mínimos, dependiendo la gravedad, regularidad, periodicidad y razones que llevaron al empleador a tomar esa decisión.
En la Ley 1562 de 2012 también se establece que es deber de los empleadores promover y mantener el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todas las ocupaciones.
Esto incluye la disposición de áreas destinadas para las necesidades fisiológicas e higiene de los colaboradores, así como la no imposición de impedimentos contrarios a estas necesidades propias del funcionamiento del cuerpo humano.
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